Historias del Bicentenario - Diciembre de 1973

Controlando a los lecheros

Durante la primera Intendencia de Navarro se remarcó la importancia de controlar la calidad de la leche
viernes, 2 de octubre de 2026 · 08:30

Había un tiempo donde la leche se vendía “puerta a puerta”. Una época donde “el lechero”, figura hoy en extinción, llevaba un carro tirado por caballos y en el interior del carro estaban los tachos de aluminio grandotes -enormes-, donde la bebida se ofrecía.

Mujeres con ollas salían a su encuentro, comprando un litro, dos, tres. Inmediatamente después ponían la leche a hervir, porque “el fuego mata todo”. Vieja frase que hacía alusión a la eliminación de las bacterias y demás.

En ese panorama, durante 1973, más precisamente en diciembre, el Concejo Deliberante de Villa Nueva, durante la Intendencia de Reinaldo Navarro, sancionó la Ordenanza 1.259/73, donde se destacó la necesidad de fortalecer controles.

La ordenanza, que lleva la firma del intendente Navarro –y fue elevada al recinto– y el secretario de Gobierno, Alberto Freytes, destaca “la imperiosa necesidad de velar por la salud de la población, y dado el máximo consumo, por ser la leche un alimento de mayor importancia, es por ello que solicito a la Presidencia del H.C.D. (Honorable Concejo Deliberante) al que pertenezco, se sirva solicitar al D.E. (Departamento Ejecutivo) que se ordene al Inspector de Sanidad, (que) se realice semanalmente el contralor de la leche que se vende en la vía pública, de encontrarse apta para el consumo. (Después del control) podrá seguir con su expendio el repartidor, (en el otro caso) proceda la infracción, que caducará su expendio, y se hará sanciones definitivas”.

“Ahora bien, en el último caso, solicitamos al D.E. se publique al público consumidor, que la leche puede ser expendida hervida y embotellada, siempre que esté en condiciones”.

Así, el Concejo resolvió: 1º) Controlarse semanalmente el estado de la leche fluida, que se expende en la vía pública, de encontrarse apta para el consumo, se permitirá la venta;  2º) Probada la segunda infracción, será sancionado el expendedor y privada su venta y 3º) Se permitirá el expendio de leche, ya sea fluida y embotellada, siempre que esté en condiciones.