Análisis - Por el Día Mundial de los Derechos del Consumidor

Mercado Libre, pero dentro de la ley

El abogado Maximiliano Machuca analiza, a partir de fallos recientes, los derechos que tienen los consumidores a la hora de adquirir productos en plataformas de comercio electrónico

Escribe: Maximiliano Machuca
Abogado, adscripto a la Cátedra de Derecho Civil y Comercial II de la UNVM

El 15 de marzo de 1963, el entonces presidente de los Estados Unidos, John F. Kennedy, pronunció un discurso ante el Congreso de su país, en el que se refirió a los derechos de los consumidores.  El movimiento de consumidores, años más tarde, comenzó a celebrar cada 15 de marzo como el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, para aumentar la conciencia mundial sobre sus derechos.

La ley de defensa del consumidor regula ampliamente estos derechos en nuestro país y ha tenido buena recepción en los tribunales. En términos generales, el consumidor tiene derecho a la información, a la organización, derecho a la salud, derecho a la participación, derecho de acceso a la justicia, libertad de elección de productos, derecho a la educación para el consumo y derecho a la protección de sus intereses económicos.

En este marco, nos parece importante resaltar que, recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de nuestra provincia multó a Mercado Libre por considerar que infringió la ley de Defensa del Consumidor, en el juicio “Mercado Libre SRL c/ Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial ”, y como conclusión del procedimiento, le ordenó publicar un edicto judicial a su costa, donde reconocía que había sido sancionado por una denuncia de  “ … una usuaria que había adquirido a otro usuario del sitio web unas zapatillas ‘nuevas’, según indicaba la publicación, recibiendo unas ‘usadas’ en caja de otra marca a la elegida….”, que se pudo leer días pasados en un matutino capitalino.

Pongámonos en la siguiente situación, supuestamente factible: durante la pandemia que atravesamos, las autoridades adelantan que la semana siguiente se podrá salir a caminar y /o trotar por las zonas cercanas a nuestro domicilio. Advertimos un detalle, las zapatillas que tenemos están rotas y viejas. De inmediato, entramos a Mercado Libre y buscamos unas nuevas acordes a nuestro gusto y alcance en la publicación, “Zapatillas Nike para Running, talle 40 y color negro”. Sin otras precisiones, elegimos y compramos a través de Mercado Pago. A los pocos días, recibimos el envío.

Pequeña sorpresa nos llevamos: las zapatillas que llegaron son usadas, la caja pertenece a una marca distinta a la elegida, están todas marcadas y rotas en la punta por dentro y los cordones no son originales. Eso le ocurrió a una ciudadana cordobesa que compró ese producto específico en Mercado Libre.  La plataforma de ventas, luego de intentar una básica mediación entre las partes, dio por concluido el reclamo sin ninguna respuesta satisfactoria.

A fin de corregir estas irregularidades y dar un marco de certidumbre a un canal de comercialización de suma importancia en la actualidad, como es el comercio electrónico, el Tribunal Superior de Justicia, el 19 de mayo de 2020, en el juicio “Mercado Libre SRL c/Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial” Expte. 6765134, ratificó una multa impuesta a la empresa por la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial Provincial, que había sancionado a la plataforma en el año 2014, con una multa de $20 mil, por considerar que infringió los arts. 4, 9, 11, 13 y 34 de la Ley de Defensa del Consumidor, en una situación como la descripta.

Es decir, la empresa no informó a la compradora la posibilidad de dar marcha atrás a la compra durante el plazo de diez días de recibido el producto, ni respecto de la garantía legal que tiene vigencia por tres meses si son bienes muebles usados y seis meses en los demás casos. Además, no se brindó el trato digno que la ley exige al considerar que el reclamo estaba resuelto, pese a la evidente ausencia de una respuesta satisfactoria al reclamo de la compradora.

En su defensa, Mercado Libre manifestó que poner en su cabeza una responsabilidad gravosa como la reclamada derivaría en la inviabilidad de su actividad y sería una “invitación” para que los usuarios demanden con el objeto de obtener indemnizaciones económicas, sin que Mercado Libre pueda defenderse. Que el caso reviste trascendencia social y gravedad institucional, proyectando su efecto nocivo al resto de la sociedad y autonomía, el rol económico y social que cumple como supuesto agente generador de puestos de trabajo, oportunidades de negocios, igualdad y democratización del comercio, en Argentina y Latinoamérica.

El Tribunal Superior, con absoluta razonabilidad y sentido común, describe que Mercado Libre tiene la posibilidad de intervenir en las publicaciones que realizan los oferentes y que cuenta con los medios para que la información cumpla con los requisitos legales (Por ejemplo: campos de llenado obligatorio en donde se consignen los datos esenciales del bien, el estado real del mismo, etc.), y a pesar de eso no lo hizo. La damnificada abonó las zapatillas utilizando Mercado Pago, es decir, el sistema de pago electrónico ofrecido y gestionado por Mercado Libre. Ya tenemos un servicio adicional que evidencia que el rol asumido es claramente diferente al de un “periódico o boletín electrónico”.

El comercio electrónico representa un fenómeno que se ha multiplicado exponencialmente en vastos sectores sociales, más aún en estos tiempos de pandemia, que si bien estamos superando, es un fenómeno que llegó para quedarse. Precisamente, por eso, Mercado Libre, o cualquier otra plataforma, tiene que desarrollar su actividad en el marco de la legalidad, cumpliendo los deberes que emanan de la ley como cualquier otro proveedor de servicios, y así, los que frecuentan la plataforma, también podrán comprar tranquilos.

En este sentido, el consumidor tiene todos los derechos descriptos, y en su defensa, en caso de sentirse defraudado por una compra, puede acudir a la recientemente creada oficina de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial en el edificio del ex-Hospital Pasteur o también la Defensoría del Pueblo de Villa María suele atender este tipo de reclamos e intenta solucionar problemas.

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