Lo diferente, hoy, que propone el cooperativismo

Democracia económica para sostener el desarrollo

Así como desde fines del siglo XIX se iniciaron movimientos para democratizar la política; así como durante el siglo XX las mujeres lucharon por ganar un espacio en la participación política, de igual manera, en estos días, el cooperativismo se esfuerza por alcanzar la democratización de la economía para sobreponerse a la desigualdad social

 

La democracia política no se discute en nuestro continente. Sin embargo, no fue siempre así. Los años 60´y 70´ fueron pródigos en dictaduras y gobiernos militares de distinto tipo, aunque hoy la democracia política es un valor compartido.

Aun en estos tiempos -donde el ejercicio de la democracia política parece jaqueado por el poder económico y los medios de comunicación asociados- todas las expresiones políticas, con mayor o menor sinceridad, hacen votos de sus convicciones democráticas.

Sin embargo, no ocurre lo mismo respecto a la democracia económica.

Todavía hay amplios sectores de la sociedad y de la clase dirigente que confían en las grandes empresas multinacionales o en los grandes fondos de inversión como motores del desarrollo.

Incluso, si se realiza una lectura atenta de los objetivos de desarrollo sostenible, se descubre un tratamiento equivalente a todos los tipos  empresarios.

 

Frente a la concentración

Multinacionales, cooperativas o productores familiares, son todos emprendedores que pueden contribuir al desarrollo sostenible.

Esto se condice con una interpretación difundida de la economía social y solidaria, y del cooperativismo, como for1mas empresarias destinadas dar respuestas en los márgenes del sistema, para atender a aquellos que no pueden ser atendidos por las formas empresarias de carácter lucrativo.

Desde Cooperar, por el contrario, se propugna una visión que se ha compartido con la mayoría de los miembros de la Alianza Cooperativa, donde se valora el rol del cooperativismo para enfrentar el problema de la concentración del poder económico, explicativo del modelo que hoy reproduce degradación del ambiente y desigualdad social.

 

Participación para todos

El cooperativismo es, en este sentido, no solo un modelo empresario, sino un movimiento para la transformación social.

Las cooperativas contribuyen a que los hombres y mujeres, en su calidad de productores, consumidores o trabajadores, participen democráticamente en las decisiones de qué y cómo se produce y de cómo se distribuye.

En dicho sentido,œ hay una enorme batalla cultural, que requiere que sea asumida como parte de los ejes de la integración cooperativa.

No se trata solo de mostrar las ventajas y aportes del cooperativismo.

Resulta necesario que el valor de la democracia en la economía adquiera el mismo peso y consenso que tiene la democracia en la política.

Democracia para acceder a los bienes y servicios, democracia para gestionar las empresas, democracia para posibilitar los emprendimientos de todas las mujeres y los hombres, sin verse restringidos por la presencia hoy dominante de los monopolios y oligopolios en la mayoría de los sectores de la economía.

 

Proyectos

En dicho camino, resulta necesario articular los esfuerzos de educación cooperativa y comunicación de cada uno de los miembros de Cooperativas de las Américas, incluyendo una visión compartida sobre la democracia en economía como aporte central y diferencial del modelo empresario cooperativo al desarrollo sostenible.

Este es el fundamento para promover proyectos de cooperación interamericana en clave de promoción del modelo cooperativo: su aporte a la democracia económica como condición necesaria del desarrollo sostenible.

 

¿Qué es el INAES?

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) es la autoridad de aplicación del régimen legal cooperativo y mutual que tiene bajo su órbita facultades y atribuciones institucionales-corporativas exclusivas e intransferibles en materia de cooperativas y mutuales en todo el país, siendo su fin principal y superior una adecuada y oportuna promoción, desarrollo, fiscalización, y sanción de las mismas.

En la Argentina, las mutuales se rigen por la Ley Nº 20.321 y por diversas resoluciones que dicta el órgano competente en la materia: el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, INAES.

El artículo 115 de la ley de cooperativas Nº 20.337/73 prescribe clara y explícitamente los parámetros cooperativos y supletoriamente para mutuales respecto de los préstamos de dinero que efectúen a sus asociados.

Concretamente, en estos casos el interés o costo financiero total no deberá exceder en más de un punto la tasa de interés del Banco de la Nación Argentina y, en todos los casos, dichos préstamos deberán contar con la autorización administrativa correspondiente la que, obviamente, está sujeta y subordinada siempre a los dispositivos legales relacionados como a los límites constitucionalmente prefijados para toda reglamentación de principios, garantías y derechos inherentes a los mismos.