BELL VILLE - El juez federal Sergio Pinto declaró inconstitucionales dos artículos de una ley
Fallo a favor de una yerbatera
La decisión del magistrado trajo alivio al molino yerbatero radicado en Bell Ville. De no mediar la declaración de inconstitucionalidad, Bonafé debía trasladarse en diciembre de este año a Misiones o a CorrientesEl juez federal de Bell Ville, Sergio Pinto, falló a favor de la empresa Bonafé, procesadora de yerba mate. Declaró inconstitucionales dos artículos de la ley sancionada en diciembre de 2014, que estableció que la yerba mate debe ser envasada en origen. Esa misma normativa fijó un plazo de cinco años -que vencía en diciembre de este año- para que molineros foráneos, como el caso de la firma bellvillense, se radiquen en territorio correntino o misionero.
Ese nuevo panorama legal complicó a Bonafé, que trabaja desde 1961 en esa ciudad, procesando y envasando yerba que comercializa con distintas marcas. Debían trasladarse y dejar sin trabajo a los empleados del lugar, o bien, disponer su traslado con el desarraigo que eso implica.
Fue así que acudieron a la Justicia, argumentando que la normativa avasalla sus derechos adquiridos y considerando hay una discriminación entre provincias. También plantearon en el recurso que la ley “afecta la libertad de circulación de bienes, instaura una aduana interna y vulnera el derecho a trabajar”, entre otros puntos.
A través de su gerente Omar Profini y con la representación legal de los abogados Antonio María Hernández, Walter Lancioni y Antonio Hernández (hijo), la firma promovió una acción declarativa contra el Estado nacional para que se declaren inconstitucionales los artículos 3 y 9 de la Ley 27.114, sancionada el 17 de diciembre de 2014.
El abogado Ignacio Soria se presentó en representación del Estado nacional contestando la demanda de la empresa yerbatera. Sostuvo que la ley busca fortalecer las economías regionales, fomentar la creación de empleo en las zonas de origen y bajar los costos de la cadena de intermediarios.
Para el juez federal de Bell Ville, si bien la ley podría estar promoviendo el empleo en las zonas yerbateras, al mudarse la planta provocaría el efecto contrario en la ciudad cordobesa, generando desempleo y atentando contra el desarrollo local.
Por eso consideró que los artículos 3 y 9 de la Ley 27.114 restringen los niveles de desarrollo y producción de la empresa Bonafé y “deben ser declarados inconstitucionales por atentar contra los principios básicos de trabajar y ejercer industria lícita, comerciar libremente y gozar de la propiedad así adquirida”.
