En suspenso - Contra una medida cautelar
La Justicia habilitó la apelación de la Caja de Jubilaciones
La disposición precautoria frenaba la aplicación de las nuevas alícuotas de aportes personales a una jubilada beneficiaria del sistema. La Cámara Contencioso Administrativa de 3ª Nominación determinó que la cautelar no podrá ejecutarse y quedó en suspensoLa Cámara Contencioso Administrativa de 3ª Nominación resolvió conceder el recurso de apelación presentado por la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba contra una medida cautelar que impedía aplicar las nuevas alícuotas de aportes personales a una beneficiaria del sistema previsional provincial.
El tribunal revisó el Auto Nº 278 del 30 de diciembre, que había hecho lugar a la medida de no innovar solicitada por la amparista, ordenando a la Caja abstenerse de aplicar el artículo 2 de la Resolución Nº 496 Letra D/2025 del Ministerio de Economía y Gestión Pública sobre los haberes de la demandante, hasta la resolución definitiva del amparo.
Al conceder la apelación con efecto suspensivo, la Cámara determinó que la cautelar no podrá ejecutarse mientras el Tribunal Superior de Justicia analiza y resuelve el recurso. Es decir, la orden que impedía aplicar la normativa cuestionada queda momentáneamente sin efecto hasta que exista un pronunciamiento definitivo.
