Según publicó la Dirección de Seguridad Náutica
Córdoba prohibió la navegación en todos los ríos y arroyos de la provincia
La resolución establece la restricción total para kayaks, canoas y todo tipo de embarcaciones; se exceptuarán eventos náuticos deportivos autorizados por el organismo reguladorLa Dirección de Seguridad Náutica de la Provincia de Córdoba oficializó la prohibición de navegación en ríos, arroyos y cursos de agua similares en todo el territorio provincial, tras la publicación de la Resolución N° 1.120 en el Boletín Oficial.
El documento establece la prohibición de navegar “en cualquier tipo de embarcación y/o dispositivo de flotación en los cauces de agua bajo jurisdicción de la provincia, a excepción de los eventos náuticos deportivos debidamente autorizados por el organismo competente”.
La decisión surge del análisis llevado a cabo por Seguridad Náutica, un organismo dependiente del Ministerio de Seguridad provincial, quien fundamentó la medida en la necesidad de “salvaguardar la vida y la integridad física de las personas, mediante la prevención de accidentes que pueden generarse en la actividad náutica que se desarrolla en los espejos y cauces de agua de jurisdicción provincial”.
Asimismo, el texto de la resolución cita la Ley 11.005 de Seguridad Náutica de la Provincia de Córdoba, que regula la actividad náutica y habilita a la Dirección de Seguridad Náutica “a establecer medidas de regulación y seguridad en las actividades que se desarrollan en los espejos de agua de Jurisdicción Provincial”.
Además, según lo dispuesto en el artículo 5°, incisos 3° y 4°, la autoridad puede limitar o prohibir la navegación cuando así lo requieran las condiciones de seguridad del lugar.
El organismo a su vez señala: “Que los ríos y arroyos de jurisdicción de la provincia de Córdoba, no poseen las características necesarias para desarrollar una navegación segura”. Y al respecto explican que esto se debe a “su régimen de caudal irregular y sujeto a abruptas crecidas y cambios de nivel, sumado a la presencia en su lecho de piedras irregulares y de posición cambiante, todo ello conforme las precipitaciones que se generan rio arriba”.
Adicionalmente, describe: “En muchos casos no presentan la profundidad suficiente y el despeje del lecho para navegar de manera segura y sin obstáculos, más la presencia de diques, presas, etcétera”.
Por otra parte, la resolución advierte sobre la temporada de verano, ya que aumenta el riesgo cuando coinciden embarcaciones y bañistas en un mismo espacio. “En los ríos y arroyos se torna extremadamente peligrosa la práctica de la navegación, pues además de las características peculiares de los ríos y arroyos, con crecientes frecuentes, especialmente en la temporada estival, se concentra la mayor concurrencia de turistas y bañistas, circunstancia que acrecienta considerablemente el riesgo de que una embarcación y/o persona sea arrastrada y asimismo embista o pueda lesionar algún bañista”, señala.
Por su parte, el director de Seguridad Náutica, Adrián Berelejis, aclaró a El Doce que la medida no alcanza a lagos, embalses ni diques de la provincia, donde se mantiene habilitada la navegación con embarcaciones a remo o a motor bajo el esquema tradicional.
Además, respecto a las excepciones, Berelejis precisó que la única posibilidad contemplada corresponde a “eventos náuticos deportivos en particular, que se realicen con la debida autorización de este organismo de Seguridad Náutica”.
