Para adultos mayores y población vulnerable
Exenciones del Impuesto Inmobiliario
Todos los detalles para acceder y para saber si se le ha adjudicado de manera automática, por cumplir con los requisitos estipuladosRentas de la Provincia de Córdoba dio a conocer ayer 147 mil exenciones automáticas del Impuesto Inmobiliario 2022, destinadas a personas adultas mayores y población vulnerable. De ellas, el 42% alcanzó a contribuyentes adultos mayores, el 32% a personas en situación de vulnerabilidad social con una exención total, y el 26% con una exención al 50%.
¿Quiénes obtienen la exención en 2022? Personas adultas mayores que cumplan con las siguientes condiciones:
Adultos mayores
-Tener 65 años o más, al 31 de diciembre de 2021.
-Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible para la anualidad 2022, menor o igual a $8.100.000.
-Percibir ingresos netos totales inferiores a $76.200, al mes de noviembre de 2021.
-No tener más de dos automotores y su base imponible 2021, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000.
-No tener más de una embarcación, con una base imponible 2021 menor o igual a $2.100.000.
-Personas en situación
de vulnerabilidad social
Para el Impuesto Inmobiliario Urbano al 100%:
-Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2021.
-Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible menor o igual a $2.700.000.
-Percibir ingresos netos menores a $32.500, al mes de noviembre de 2021.
-No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000.
No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $2.100.000.
Para la exención en el Impuesto Inmobiliario Urbano al 50%:
-Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2021.
-Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible menor o igual a $4.100.000.
-Percibir ingresos netos menores a $76.200, al mes de noviembre de 2021.
-No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000.
-No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $2.100.000.
Es importante tener en cuenta lo siguiente: en caso de ser titular registral o poseedor, condominos, cónyuge o herederos, todos deberán cumplir las condiciones detalladas anteriormente, para acceder a la exención.
Para más información sobre las condiciones, ingresar a la página de exenciones de la web Rentas Córdoba.
Asimismo, se hizo saber que Rentas continúa su atención online en:
RentasCordoba.gob.ar.
También comunicándose a través de la línea 0800-4444-8008.
Mediante un chat en línea, ingresando a:
RentasCordoba.gob.ar.
A través de Facebook,
ingresando a RentasCba.
Y por medio de Rentas Te Llama, solicitando turno al 0800.444.8008, opción 4.
