Para adultos mayores y población vulnerable

Exenciones del Impuesto Inmobiliario

Todos los detalles para acceder y para saber si se le ha adjudicado de manera automática, por cumplir con los requisitos estipulados

Rentas de la Provincia de Córdoba dio a conocer ayer 147 mil  exenciones automáticas del Impuesto Inmobiliario 2022, destinadas a personas adultas mayores y población vulnerable. De ellas, el 42% alcanzó a contribuyentes adultos mayores, el 32% a personas en situación de vulnerabilidad social con una exención total, y el 26% con una exención al 50%.

¿Quiénes obtienen la exención en 2022? Personas adultas mayores que cumplan con las siguientes condiciones:

Adultos mayores

-Tener 65 años o más, al 31 de diciembre de 2021.

-Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible para la anualidad 2022, menor o igual a $8.100.000.

-Percibir ingresos netos totales inferiores a $76.200, al mes de noviembre de 2021.

-No tener más de dos automotores y su base imponible 2021, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000.

-No tener más de una embarcación, con una base imponible 2021 menor o igual a $2.100.000.

-Personas en situación

de vulnerabilidad social

Para el Impuesto Inmobiliario Urbano al 100%:

-Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2021.

-Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible menor o igual a $2.700.000.

-Percibir ingresos netos menores a $32.500, al mes de noviembre de 2021.

-No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000.

No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $2.100.000.

Para la exención en el Impuesto Inmobiliario Urbano al 50%:

-Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2021.

-Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible menor o igual a $4.100.000.

-Percibir ingresos netos menores a $76.200, al mes de noviembre de 2021.

-No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000.

-No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $2.100.000.

Es importante tener en cuenta lo siguiente: en caso de ser titular registral o poseedor, condominos, cónyuge o herederos, todos deberán cumplir las condiciones detalladas anteriormente, para acceder a la exención.

Para más información sobre las condiciones, ingresar a la página de exenciones de la web Rentas Córdoba.

Asimismo, se hizo saber que Rentas continúa su atención online en:

RentasCordoba.gob.ar.

También comunicándose a través de la línea 0800-4444-8008.

Mediante un chat en línea, ingresando a:

RentasCordoba.gob.ar.

A través de Facebook,

ingresando a RentasCba.

Y por medio de Rentas Te Llama, solicitando turno al 0800.444.8008, opción 4.

14%
Satisfacción
0%
Esperanza
85%
Bronca
0%
Tristeza
0%
Incertidumbre
0%
Indiferencia