Disposiciones provinciales

Se habilitan danzas y canchas de fútbol 5 y 7

Se informaron nuevas ampliaciones hasta el 25 de julio inclusive. El municipio villamariense acató el decreto provincial

El Gobierno de la Provincia de Córdoba recordó las disposiciones provinciales en el marco de la pandemia del coronavirus, desde las 0 horas del 9 de julio y hasta el día 25 de julio, inclusive.

Tal como se informó oportunamente, desde el 12 y hasta el 25 de julio inclusive regirá el receso escolar de invierno.

El reinicio de la actividad educativa será el lunes 26 de julio, bajo el sistema de presencialidad con alternancia en Nivel Inicial, Primario y Secundario, en toda la provincia. A su vez, se sumará una hora más de clases por día a las 4 actuales, haciendo 5 horas de clases diarias en Primaria y Secundaria.

 

Circulación y comercios

La restricción de circulación será de 0 a 6 horas, excepto para actividades esenciales. Para circular se deberá descargar el formulario correspondiente, a través de la APP Cuidar con la respectiva Declaración Jurada.

El comercio no esencial, podrá funcionar entre las 9 y hasta las 20. Igual horario regirá para los shoppings, las galerías comerciales y otras actividades comerciales.

Asimismo, se habilita el traslado interdepartamental y la actividad turística en hoteles y alojamientos turísticos, se admitirá el alojamiento individual y de grupo familiar. Dentro de la instalación rigen los protocolos vigentes.

 

Gastronómicos 

Los locales gastronómicos (bares y restaurantes) podrán permanecer abiertos hasta las 23 horas con atención al aire libre, y en el interior con aforo del 30% con un máximo de cuatro personas por mesas. Donde el espacio lo permitiera, podrá haber actividad cultural, música, monólogos, stand up, etc, siempre con una separación del primer grupo de mesas de cuatro metros. La medida rige igual para actividad al aire libre.

 

Cines y teatros

En tanto que cines y teatros estarán habilitados con un aforo del 40%, con los requisitos de distanciamiento. El uso de barbijo o mascarilla que tape boca y nariz será obligatorio durante todo el espectáculo, así como las demás condiciones vigentes en el protocolo correspondiente.

 

Museos

Los museos deberán regular el ingreso de visitantes para que en todo momento no se supere un aforo del 50% de espacio destinado a exhibición de la muestra.

 

Deportes

Las actividades deportivas continúan habilitadas. Las actividades deportivo/recreativas grupales, al aire libre, estarán permitidas con un máximo de 14 personas.

El fútbol 5/7, al aire libre, podrá practicarse, pero los espacios comunes: vestuarios, salones y otra infraestructura permanecerán cerrados.

Continúan prohibidas todas las actividades competitivas de cualquier naturaleza y de todo tipo de actividad deportiva. El entrenamiento deportivo y de atletas, se regirá por las disposiciones del protocolo que establecerá la Agencia Córdoba Deportes.

 

Actividades religiosas 

Las actividades religiosas y de fe, estarán permitidas, con un aforo del 40 %. En el caso que la actividad es al aire libre, se permite un máximo de 80 personas, mientras dure la actividad litúrgica programada.

 

Danzas

Las academias de danza podrán funcionar con un número de alumnos que no ocupen más de un 30% de la superficie destinada a esta actividad y siempre manteniendo el distanciamiento mínimo de 2 metros.

 

Bingos, casinos y reuniones prohibidas 

Los bingos y casinos permanecerán cerrados y las reuniones sociales y familiares continúan suspendidas tanto en ambientes públicos como privados.

Otras actividades tales como gimnasios, natatorios, peluquerías, salones de belleza continúan con los protocolos vigentes.

Fuente: Gobierno de Córdoba 

 

Villa María adhirió al decreto

Mediante un decreto del Departamento Ejecutivo Municipal, Villa María adhirió a las nuevas medidas dispuestas por el Gobierno de Córdoba para el período que se inicia esta medianoche (0 hora del viernes 9 de julio) y que, en el caso local, se extenderá hasta el domingo 25 de este mes inclusive.

Durante este período, la restricción de circulación será de 0 a 6 horas, excepto para actividades esenciales. Para circular deberán descargar, el formulario correspondiente, la APP Cuidar con la respectiva declaración jurada.

El decreto que ordena la actividad en Villa María estipula el siguiente detalle:

• Supermercados, grandes supermercados, hipermercados, grandes superficies y mayoristas: Podrán funcionar entre las 6:00 y las 20:00 horas con atención al público. Una hora antes y una hora después del horario indicado podrá permanecer en el interior el personal que desarrolla tareas internas de administración y limpieza.

• Lugares de abastecimiento de cercanía no contemplados en el inciso anterior (carnicerías, pescaderías, verdulerías, panaderías, venta de productos de limpieza, despensas, almacenes, minimercados, supermercados, kioscos y todo otro que implique el suministro de elementos esenciales): Estarán habilitados a funcionar entre 6 y 20 horas con atención al público. Desde las 20 y hasta las 23, exclusivamente bajo modalidad delivery y/o take away. 

• Actividades comerciales no esenciales y profesiones liberales: Entre las 6:00 y las 20:00 horas, bajo los protocolos autorizados para cada actividad, reduciendo al 30 por ciento el factor ocupación habilitado cuando la actividad se desarrolle en espacios cerrados.

• Bares, cafés, restobar, comedores y restaurantes: Entre las 6 y las 23 horas, aplicando los protocolos vigentes, en espacios al aire libre, con un máximo de cuatro personas por mesa, con atención al público. En espacios cerrados se habilita la actividad hasta un 30 por ciento del factor de ocupación autorizado. Solo se podrá superar el número de cuatro personas por mesa cuando se trate de un grupo de personas convivientes, debidamente acreditado, y bajo la exclusiva responsabilidad del propietario y/o responsable del comercio. Cuando la superficie lo permitiera, se podrá solicitar aprobación de protocolo especial para actividad cultural, musical, monólogos, stand up, o similares. La medida rige igual para actividad al aire libre. 

• Jardines Maternales y guarderías: Podrán funcionar conforme protocolos vigentes, en el horario de 7 a 20 horas. 

• Salones de estética y peluquerías: Podrán funcionar de 7 a 20 horas con estricto cumplimiento de protocolos establecidos para la actividad. 

• Cementerio municipal: Permanecerá abierto de 8 a 20 horas con estricto cumplimiento de protocolo establecido para la actividad.

• Gimnasios, actividades deportivas y recreativas: Entre las 7 y las 23, con estricto cumplimiento de protocolo establecido para la actividad. 

• Complejos deportivos: Aquellos con espacios al aire libre (fútbol 5, 7 y 11; paddle, handball, basquetbol, etc.) están autorizadas a funcionar con actividades no competitivas en el horario de 7 a 23 horas, y con una asistencia de hasta 14 personas, con estricto cumplimiento del protocolo establecido para la actividad, encontrándose expresamente prohibido el uso de vestuarios, cantina y/o bar y/o fogones. 

• Cines, teatros y museos: Están autorizadas a funcionar con un factor ocupacional del 40 por ciento del habilitado en el horario de 7 a 23, con estricto cumplimiento del protocolo establecido para la actividad. 

• Academias de danza: Podrán funcionar con un número de alumnos que no ocupen más de un 30 por ciento de la superficie destinada a la actividad y siempre manteniendo el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los asistentes. 

• Salones de fiestas, bingos y casinos: Permanecerán cerrados. 

• Reuniones sociales y/o familiares: Suspendidas en ámbitos públicos y privados, a excepción de aquellas permitidas en locales gastronómicos.

• Caminata, ciclismo y running: Habilitadas, siempre que se desarrollen en cercanías al domicilio de las personas y en el horario de circulación permitido. 

• Obras privadas: Habilitadas en viviendas habitadas sólo en el exterior. En viviendas sin habitar, podrán desarrollarse trabajos dentro de los horarios dispuestos para las actividades no esenciales.

• Actividades religiosas: Continúan habilitadas en los horarios en que se permite la circulación, debiendo realizarse con hasta el 30 por ciento. 

Por otro lado, es importante destacar que la Provincia decretó la habilitación del traslado interdepartamental y la actividad turística en hoteles y alojamientos turísticos, por lo que se admitirá el alojamiento individual y de grupo familiar.

 

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