Por la alta ocupación de camas - Hasta el 18 de junio rigen nuevas restricciones
Habilitaron el “Código Rojo” para atención domiciliaria de casos
Código Rojo implica adecuar un módulo especial para atención domiciliaria de pacientes con coronavirus positivos y post coronavirus, incluso con provisión de oxígenoEl Ministerio de Salud de Córdoba emitió ayer una resolución que habilita la implementación del denominado ‘Código Rojo’, que implica adecuar un módulo especial para atención domiciliaria de pacientes con coronavirus positivos y post coronavirus, incluso con provisión de oxígeno, debido al aumento en el nivel de ocupación de camas críticas, hoy en el 83,4%. La resolución ministerial Nº 1.135, que se publicó ayer en el Boletín Oficial local, fundamenta la decisión a partir de la “evolución de la situación epidemiológica”.
Esa situación “indica la necesidad de sumar acciones pertinentes a las medidas ya adoptadas, a fin de atender las urgencias producidas con el objetivo de evitar impactos más gravosos para la población y lograr adoptar medidas rápidas, eficaces y urgentes en pos de dar adecuada respuesta”, según añade.
En ese sentido, el instrumento legal indica que “resulta necesaria la creación de un módulo especial de Atención Domiciliaria para pacientes con Covid-19 positivo y pacientes post Covid-19 y la provisión de oxígeno de uso domiciliario, en caso de corresponder”.
La resolución se respalda en lo ya dispuesto en el Decreto provincial N° 156/2020, mediante el cual se declaró el Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria, ante la detección de casos de dengue, coronavirus, sarampión y cualquier otra enfermedad de alto impacto sanitario y social que puedan causar brotes y epidemias que afecten o puedan afectar a la provincia de Córdoba.
“Créase el Módulo Especial, el cual se denominará Código Rojo”, sostiene la Resolución de la cartera de Salud y delega a la Secretaría de Coordinación y Gestión Administrativa para suscribir con las empresas de servicios de emergencia, de traslados e internación domiciliaria, un convenio en virtud de lo establecido en el presente instrumento legal.
El último informe oficial, detalla que son 2.757 las personas internadas en camas críticas de unidades para adultos Covid-19, lo que representa el 83,4% del total disponible en la provincia de Córdoba, de los cuales 593 se encuentran con asistencia respiratoria mecánica, el 21,5% del total.
La provincia lleva acumulado 341.385 casos positivos desde el inicio de la pandemia y 4.167 fallecimientos por esa patología.
Debido el crítico cuadro epidemiológico, desde el lunes y hasta el 18 de junio rige en la provincia nuevas restricciones con la suspensión de clases presenciales, prohibición de reuniones familiares y sociales, además de otras actividades compatibles con el estatus sanitario de fase 1.
Ayudas para actividades restringidas
Desde ayer, más sectores con actividad restringida por la actual pandemia de Covid-19 pueden inscribirse para recibir las ayudas económicas que lanzó el Gobierno provincial. Los nuevos beneficiarios que tendrán acceso a la asistencia no reintegrable son personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en Córdoba que desarrollen actividades en los siguientes rubros: transporte escolar, cantinas dentro de establecimientos educativos, guarderías y jardines maternales, producción de espectáculos teatrales y musicales, composición y representación de obras teatrales y musicales, servicios conexos a la producción de espectáculos teatrales y musicales, peluquerías, centros de estética, spa y similares, servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos y servicios de entretenimiento.
Los interesados tienen tiempo de inscribirse hasta el 30 de junio, a través de la página web de la provincia.
Ayudas no reintegrables
Según la condición fiscal, los montos de las ayudas no reintegrables son: monotributo: categorías A, B y C, 30 mil pesos; categorías D, E, F y G, 40 mil pesos; categorías H, I, J y K, 45 mil pesos. Responsable inscripto: Declaración Jurada de Ingresos Brutos promedio del primer trimestre de 2021 que no supere los 250 mil pesos, ayuda de 45 mil pesos; Declaración Jurada de Ingresos Brutos promedio del primer trimestre de 2021 superior a 250 mil pesos, ayuda de 70 mil pesos. Por último, todos los rubros se encuentran eximidos del pago del mínimo del Impuesto a los Ingresos Brutos para todo el año 2021.
