Aborto - La Justicia de Río Cuarto se declaró incompetente
El amparo del Portal de Belén contra la IVE se tratará en Córdoba
El Juzgado Federal de la ciudad del sur adujo su incompetencia territorial para tramitar la acción presentada por la Asociación Civil Portal de Belén contra la ley de aborto legal y ordenó remitir la causa al Tribunal Federal en turno en la capital cordobesaEl Juzgado Federal de Río Cuarto declaró su incompetencia territorial para tramitar la acción de amparo iniciada días atrás por la Asociación Civil Portal de Belén contra la aplicación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
Según informaron ayer a través del fallo, el juez federal Carlos Ochoa resolvió declarar la competencia del fuero federal en razón de las personas (en tanto es demandado el Estado nacional), pero declaró la incompetencia territorial del Juzgado riocuartense.
De esta forma, la acción de amparo será remitida al Tribunal Federal de Córdoba.
La Asociación Civil Portal de Belén insiste en la “inconstitucionalidad” de la norma y, puntualmente, solicita que se declaren “nulos e inaplicables los artículos 1, 2, 4, 5, 16 y 21 de la Ley 27.610 ss y cc en cuanto coordinadamente establecen como “derecho” de la persona gestante, la posibilidad de eliminar la vida de sus hijos concebidos, acción de destruir una vida, que ahora pasa a llamarse eufemísticamente Interrupción Voluntaria del Embarazo”.
El Portal de Belén es la misma organización que en el año 2002 había presentado una demanda ante la Corte Suprema de Justicia en contra de la vigencia de la creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; en 2012 había interpuesto un recurso contra la aplicación de los protocolos para la interrupción legal del embarazo (que frenó la aplicación en Córdoba por casi siete años); y que también había presentado un amparo que había suspendido la venta del misoprostol, en el año 2019.
Ayer, desde el Juzgado de Río Cuarto afirmaron que “no se advierten elementos que justifiquen la competencia territorial del Juzgado Federal de Río Cuarto como capital alterna de la provincia”.
De esta manera, determinaron en la resolución formal desde dicho Juzgado. En ese mismo documento justifican que “la Asociación Portal de Belén no posee domicilio en esta ciudad (Río Cuarto)”, sino en Córdoba capital.
