Está acusado de cinco hechos de abuso sexual contra dos víctimas y tenencia de pornografía con niños

Elevan a juicio la causa contra el exbombero Rodrigo Santi

La fiscal Juliana Companys concluyó la investigación por abuso sexual y presentó el requerimiento de elevación a juicio. Hay disidencias por la calificación de uno de los delitos
domingo, 12 de julio de 2026 · 11:52

Uno de los casos judiciales más polémicos de Villa María es el que tiene como acusado por distintos hechos de abuso sexual a Rodrigo Santi (34), un exbombero de La Playosa dedicado, -mientras estaba en actividad-, a formar a aspirantes que deseaban ingresar a la institución.

Antes del inicio del receso de invierno en el Poder Judicial, la fiscal Juliana Companys dio por terminada la investigación Penal Preparatoria y requirió ante el Juzgado de Control la elevación a juicio, para que en la Cámara del Crimen determinen si es inocente o culpable de los delitos por los que está acusado.

Concretamente, la funcionaria pidió que lo juzguen por cinco hechos de abuso sexual cometidos contra dos víctimas; además de tenencia de pornografía con imágenes de niños como involuntarios protagonistas de videos sexuales.

Esos hechos fueron calificados como “abuso sexual simple”, en un caso considerado “gravemente ultrajante” y en otro con “corrupción de menores”.

Esa calificación no está exenta de polémica, debido a que, cuando se conoció que la fiscal cambió el criterio y quitó de la acusación “acceso carnal” en un hecho en el que hubo sexo oral con un menor, -esto, siempre siguiendo la acusación-, se alzaron voces en disidencia.

 

¿Cuándo es acceso carnal?

El abuso sexual simple, según el Código Penal, es fundamentalmente cuando hay manoseo. Pareciera que para definir “acceso carnal”, no haría falta mayores explicaciones. Pero para el mundo jurídico, sí.

En el caso que nos ocupa, hubo –repetimos, según la acusación-, sexo oral. ¿Eso se considera o no acceso carnal?

Según fuentes de la Fiscalía, los defensores de Santi, Teodora Perassi y Adrián Brochero, hicieron notar que la fecha en la que habría ocurrido ese encuentro sexual con un menor, fue antes que cambiara la normativa vigente. Es decir, antes que se considerara el sexo oral como “acceso carnal”.

Sin embargo, desde la defensa explicaron que “hace pocos meses”, el Tribunal Superior de Justicia confirmó un fallo de abuso sexual con acceso carnal contra un hombre que nunca había visto personalmente a la víctima, sino que por medios digitales y a través de amenazas la obligaba a realizar actos sexuales.

“Con más razón este caso”, indicaron desde la defensa.

De estas apreciaciones se puede deducir que la elevación a juicio no pondrá punto final al caso hasta que sea el momento de la audiencia, sino que se espera un debate jurídico en torno a esta situación que conmovió a la comunidad de La Playosa, donde hicieron marchas numerosas para pedir Justicia y que, además, hizo que se cuestionara a la Justicia por permitir que Santi cumpliera prisión domiciliaria, la que finalmente fue revocada porque el exbombero no cumplió con las condiciones para mantenerla.

También el hermano

En el requerimiento de elevación a juicio también piden juzgar al hermano de Rodrigo Santi, Luis Matías. Él se desempeñaba como jefe del cuerpo activo del Cuartel de Bomberos de La Playosa y en ese carácter, fue notificado de la inconducta sexual de Rodrigo. Sin embargo, no tomó ninguna medida para evitar que siguieran sucediendo los hechos ni activó protocolo alguno para preservar a las víctimas. Por esa razón, está acusado de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

Más de