Cámara del Crimen de Villa María - Fue condenado por el delito de “homicidio simple”

Diez años de prisión para Bianchi por el asesinato de Agustín Racca

Admitió haber apuñalado al joven de 20 años, pero dijo que no lo quiso matar. “Estoy arrepentido por lo que hice y le pido perdón a su familia”, declaró el agresor. El trágico suceso ocurrió hace un año y medio detrás del barrio Barrancas del Río
sábado, 30 de mayo de 2026 · 08:27

Enzo Sebastián Bianchi (30) fue declarado autor penalmente responsable de la muerte de Agustín Ezequiel Racca Ferreyra (20) como consecuencia de una pelea que ambos mantuvieron en la costanera villamariense y que terminó cuando el primero le asestó dos puñaladas en zonas vitales de la región torácica, que poco después le provocaron un shock hipovolémico, por lo que falleció desangrado.

Al cabo de un juicio oral y público realizado ayer en la sala de audiencias de la Cámara del Crimen local, el juez Félix Martínez le impuso una pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de “homicidio simple”, luego de que el fiscal Francisco Márquez y la abogada Florencia Vottero solicitaran una sanción de 12 años de cárcel, a tenor de lo establecido por el artículo 79 del Código Penal de la Nación, que establece una escala que va de ocho a 25 años de encierro.

A su turno, la asesora letrada Ivana Castoldi pidió que su defendido fuera declarado culpable de “homicidio preterintencional” y que se le impusiera un castigo de tres años de prisión, ya que se trataba de un convicto que no registraba antecedentes penales de ningún tipo, ni entradas a la Policía.

 

Confesó todo, pero...

El planteo de la defensora oficial se basó en la propia confesión de Bianchi, quien, al prestar declaración a poco de comenzado el debate, ­­­­aseguró que no había querido darle muerte a Racca, e incluso le pidió perdón a la familia de la vícima, cuya madre,  Paola Ferreyra de Racca, estaba presente en la sala, ya que se constituyó en la causa como querellante particular con el patrocinio de la abogada Vottero.

El “homicidio preterintencional” se produce cuando una persona causa la muerte de otra actuando con la intención de causarle únicamente lesiones o daños físicos, pero sin el propósito de matarla y utilizando un medio que razonablemente no debía ser mortal.

Esta figura penal combina una acción dolosa inicial (querer golpear o lastimar) con un resultado fatal no deseado ni previsto (la muerte), y es castigado con prisión de tres a seis años.

 

“No lo quise matar”

Luego de comparecer sobre condiciones personales (algo que es habitual ni bien empieza un juicio), Bianchi admitió ser el responsable del hecho que terminó con la vida de Racca.

“No lo quise matar; estoy arrepentido por lo que hice y quiero pedirle perdón a la familia”, señaló el hombre que, empuñando un cuchillo con mango de color blanco, presumiblemente de armado casero, con una hoja de 2 cm de ancho y 12 cm de largo, arrojó varios puntazos, logrando impactar en la víctima dos de ellos: uno en la unión de la línea media axilar izquierda y el otro en la zona abdominal del mismo lado.

Tras la declaración de Bianchi, la Fiscalía, la Querella y la Defensa acordaron incorporar “por lectura” toda la prueba colectada en el expediente, por lo que no se receptaron testimonios en la sala de audiencias ubicada en el quinto piso de Tribunales.

De ese modo, el juez Martínez dispuso que las partes emitieran sus conclusiones, y en esa instancia procesal Márquez afirmó que el homicida persiguió a Racca en una moto con el cuchillo en sus manos con el objetivo de tomar venganza, ya que minutos antes el segundo le había propinado un par de golpes de puño en el rostro durante una discusión.

 

Hace un año y medio

El incidente que derivó en la muerte del joven se produjo alrededor de las 7 de la mañana del sábado 23 de noviembre de 2024, a la vera del río Ctalamochita, en la intersección de las calles Pehuelches y República de Siria (en la zona de “El Desagüe”, detrás de la fábrica de gas carbónico Chiantore), donde víctima y victimario se encontraban junto a otras personas pasando momentos de ocio e ingiriendo bebidas alcohólicas.

En esas circunstancias se produjo una discusión con Bianchi, al parecer motivada por bromas que se proferían uno a otro respecto de sus familiares. Racca se acercó ­­­­y le asestó dos golpes de puño en el rostro, los cuales impactaron en la boca, generando que cayera al suelo.

Pasados unos minutos, Racca y un amigo se subieron a una moto y se dirigieron hacia la esquina mencionada con la finalidad de orinar. Y cuando Bianchi advirtió que su adversario se iba, le pidió a otro joven que estaba con él que lo siguiera “para poder cagarlo a trompadas”, según consta en el expediente judicial.

En términos similares a los utilizados por el fiscal, la letrada querellante mantuvo la acusación y solicitó la misma pena que el acusador público.

Vottero refirió que, tras la discusión que derivó en la pelea entre ambos, el hijo de su clienta se retiró del lugar y Bianchi decidió perseguirlo en otro rodado con el objetivo de vengarse de los golpes que había recibido y apuñalarlo, a tal punto que llevaba el cuchillo en una mano.

 

El veredicto final

Alrededor de las 13, luego de escuchar los alegatos, el juez Martínez se reunió en privado con su secretario para redactar la parte resolutiva de la sentencia, que se dio a conocer apenas media hora más tarde.

Como se trata de un convicto primario, Enzo Bianchi podría acceder al beneficio de la “libertad condicional” cuando complete las dos terceras partes de la condena recibida, es decir seis años y ocho meses.

Si se observa buena conducta durante todo el período de detención y una pericia psicológica favorable (que se realizará oportunamente) acredita que está apto para reinsertarse en la sociedad, y podrá salir de la cárcel a mediados de julio de 2031.

 

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