Operativo conjunto - Intervinieron la Policía, el Ministerio de Bioagroindustria y Senasa

Clausuraron un matadero clandestino en Villa Nueva

Se decomisaron cinco medias reses de carne bovina, dos medias reses de carne porcina, dos cuchillos, un malacate y dos chairas. El dueño del predio fue notificado por infringir el Código de Convivencia Ciudadana y otras leyes provinciales
viernes, 13 de junio de 2025 · 09:34

Efectivos policiales de la Patrulla Rural Sur allanaron un matadero clandestino ubicado en las afueras de Villa Nueva y decomisaron varias medias reses bovinas y porcinas, además de otros elementos utilizados para el faenamiento ilegal.

El procedimiento, realizado en horas de la mañana de ayer, fue supervisado por inspectores de la Dirección General de Fiscalización y Control, perteneciente al Ministerio de Bioagroindustria de la Provincia, y del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

El predio donde se realizaba las actividades ilegales está ubicado a un costado de la ruta provincial 4, entre el ex-Matadero villanovense y el loteo conocido como Villa Tranquila, sobre la salida de la vecina ciudad hacia la localidad de Ausonia.

La Policía de Córdoba informó que el propietario del lugar, un hombre mayor de edad cuyos datos filiatorios no se dieron a conocer, fue notificado por infracción al Código de Convivencia Ciudadana (CCC) de la Provincia, Ley Nº 10.326 (ver “Qué dice la ley”); a la Ley Provincial Nº 6.974, que aplica a la Ley Nacional Nº 22.375 sobre faenamiento e industrialización de carnes en todo el territorio cordobés, y a la Ley Provincial Nº 5.542 de Marcas y Señales.

Los funcionarios del Ministerio procedieron a la clausura el lugar y al decomiso de cinco medias reses de carne bovina, dos cortes de carne “pistola” y dos medias reses de carne porcina, además de un par de cuchillas, dos chairas y un malacate.

En el predio también se constató la existencia de una sala de desposte y una cámara frigorífica.

 

Qué dice la ley

El artículo 115 del CCC, referido al “faenamiento y transporte ilegal de animales”, establece que “serán sancionados con hasta 10 días de trabajo comunitario, multa (...) o arresto de hasta tres días los que faenen, faciliten muebles o inmuebles o de cualquier manera colaboren a esos fines, o transporten animales faenados o sus distintas partes con ánimo de lucro, sin la autorización legal y el control sanitario correspondiente”.

En tanto, el artículo 116 de la misma norma legal, que alude a la “comercialización de animales faenados ilegalmente”, señala que “serán sancionados con hasta 10 días de trabajo comunitario, multa (...) o arresto de hasta tres días los que adquirieren, recibieren u ocultaren, o de cualquier manera comercializaren animales faenados o sus distintas partes, conociendo o debiendo conocer que los mismos fueron faenados o transportados en las condiciones enunciadas en el artículo 115 de este Código”.