Cámara del Crimen de Villa María - Tres años de prisión por “comercialización de estupefacientes”

Pena en suspenso y libertad para un vendedor de drogas

Se trata de Fernando Ledesma, un albañil que fue detenido hace exactamente un año en barrio La Calera. Además, tendrá que pagar una multa que supera el millón de pesos y deberá cumplir estrictas reglas de conducta
jueves, 5 de septiembre de 2024 · 08:35

Un villamariense que se ganaba la vida trabajando como albañil, y en los “ratos libres” vendía cocaína y marihuana en su casa y con la modalidad “delivery”, recibió ayer una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y pudo recuperar la libertad un día antes de cumplir exactamente un año de detención.

Fernando Miguel Ledesma (33) fue declarado autor penalmente responsable de “comercialización de estupefacientes” y, además de la condena, tendrá que pagar una multa de 1.102.500 pesos y las costas del proceso, además de tener que cumplir a rajatabla una serie de reglas de conducta si no quiere volver a la cárcel.

La audiencia de debate se realizó por videoconferencia (Ledesma desde el Establecimiento Penitenciario Nº 5), fue presidida por la camarista Eve Flores y contó con la participación del fiscal Francisco Márquez, del abogado defensor Pablo Maccarini y del prosecretario Gastón Beltrán.

 

Posturas diferentes

Al momento de pronunciar sus alegatos, el titular del Ministerio Público pidió una condena de cuatro años de prisión, es decir el mínimo establecido por la Ley 23.737, mientras que el defensor invocó un fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Provincia, dictado en 2016, que declaró inconstitucional la sanción prevista para el último eslabón del comercio de estupefacientes y sostuvo que el mínimo legal “viola el principio de proporcionalidad de las penas y de igualdad ante la ley”.

En ocasión de resolver un recurso de casación en la causa “Loyola, Sergio Alejandro, por supuesto autor de comercialización de estupefacientes”, el TSJ cordobés sentó jurisprudencia en la materia y, cada vez que una persona es juzgada por ese delito, la Defensa alude a dicho fallo y solicita que la condena sea de tres años.

Al dictar sentencia, la magistrada hizo lugar al planeo de Maccarini y declaró la inconstitucionalidad de la escala penal establecida por el artículo 5º, inciso “c”, de la Ley de Estupefacientes Nº 23.737, y fijó el mínimo de tres años de prisión.

Como Ledesma es un convicto primario, la pena aplicada fue en suspenso, lo que le permitió ser excarcelado ni bien concluyó el debate oral en la Cámara del Crimen de Villa María.

 

Vendía en su casa

Los hechos por los cuales el trabajador de la construcción fue detenido, juzgado y condenado se produjeron en fechas no precisadas con exactitud, pero ubicadas entre el 27 de julio y el 5 de septiembre de 2023.

En ese lapso, Ledesma vendía cocaína y marihuana a distintas personas que iban a su vivienda particular, ubicada en barrio La Calera, o bajo la modalidad “delivery”, es decir entregando las sustancias a domicilio.

El albañil y narcomenudista fue detenido el 5 de septiembre del año pasado, en el marco de un operativo realizado por la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) y supervisado por el fiscal villamariense Walter Gesino.

En su veredicto, la jueza Flores dispuso el decomiso de toda la droga incautada durante el operativo de detención, además de dos teléfonos celulares, 35.000 pesos y 100 dólares que fueron hallados en la vivienda ubicada en inmediaciones de las calles Marcos Juárez y José Rucci.

Además, estableció las siguientes reglas de conducta: por el mismo tiempo de la condena, Ledesma tendrá que fijar domicilio (no podrá mudarse sin autorización judicial), deberá abstenerse de consumir estupefacientes, no podrá concurrir a lugares donde se expenda y/o consuman sustancias prohibidas y tendrá que someterse a un tratamiento médico y/o psicológico por su problemática de adicción.