Fue condenado por abuso sexual - Como la pena fue en suspenso, continuará en libertad

Inhabilitación perpetua para ejercer la profesión a médico cirujano cordobés

domingo, 1 de septiembre de 2024 · 08:35

La Cámara del Crimen de Cuarta Nominación de la ciudad de Córdoba le impuso una inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la profesión a un médico condenado por “abuso sexual simple” en perjuicio de una paciente de solo 15 años de edad.

Se trata del cirujano Hugo Balac (54), quien además recibió una pena de un año de prisión en suspenso, en el marco de un juicio abreviado durante el cual reconoció haber cometido el abuso.

El lamentable episodio ocurrió el 28 de septiembre de 2020 en el Hospital Misericordia de la capital provincial. En una consulta, el profesional sorpresivamente le acarició las manos, le sujetó los brazos y la besó, al tiempo que le propuso mantener relaciones sexuales con él.

 

Propuesta indecente

Entre otras expresiones, Balac le dijo: “Sos muy linda, si querés podemos ser más que amigos” (mientras le guiñaba un ojo); “podemos tener algo, sin contarle a nadie y vernos a escondidas”; “podemos tener una relación seria, te busco cerca de tu casa y te llevo a donde quieras, no se va a enterar nadie” y, finalmente, “si no querés nada serio, mientras sea nuestro secreto podemos coger”.

La joven víctima comunicó los detalles de la situación inmediatamente a sus adultos referentes, quienes denunciaron lo sucedido en sede policial y luego ante la Justicia.

El juez Enrique Berger destacó en su sentencia que el condenado se valió de la ausencia de otras personas en el consultorio, ya que, en ese momento (plena pandemia), los protocolos vigentes impedían que otras personas acompañaran a la adolescente en ese recinto.

El magistrado sostuvo que el médico desplegó su poder de predominio sobre la paciente para menoscabar su integridad sexual. “Se trató de actos intrusivos en la sexualidad de la adolescente, invasivos de su corporalidad, no acordes a ninguna práctica médica”, apuntó.

La sentencia también destaca que el hecho fue perpetrado en el ámbito de la actividad profesional del traído a proceso, más precisamente en el consultorio médico en el que prestaba servicio, “donde luce evidente la asimetría de la relación médico paciente y la diferencia etaria de la víctima con el acusado”.

Respecto a la inhabilitación perpetua para el ejercicio profesional, Berger sostuvo que “cualquier persona deposita una confianza por demás extrema en los médicos, ya que están destinados a cuidar nada más y nada menos que la vida de las personas, por lo que el acatamiento en este sentido de los pacientes a lo que el médico les indica es total, justamente porque gozan de una confianza que lleve implícita su digna función”.

En otra parte del veredicto, el magistrado afirmó que la pena de inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la medicina impuesta “no solamente es legalmente válida, sino que resulta una consecuencia necesaria para limitar las actividades del médico que ha delinquido en tal carácter, actuando claramente esta pena como una medida de seguridad para el futuro”.