Cámara del Crimen local - Uno, por delitos contra la propiedad; otro, por narcomenudeo

Penas de cárcel efectiva a convictos reincidentes

Juan Vega recibió una condena de dos años y tres meses, mientras que Ángel “Kiko” Romero fue sentenciado a tres años y multa de casi 800.000 pesos. Las dos audiencias se realizaron por videoconferencia y con los mismos actores judiciales
viernes, 28 de junio de 2024 · 08:40

Dos hombres domiciliados en Villa María, ambos con antecedentes penales, fueron condenados ayer en los Tribunales de esta ciudad en sendos juicios orales y públicos que fueron presididos por el camarista Félix Martínez.

Se trata de Juan Marcelo Vega (41) y Ángel Darío Romero (39), quienes comparecieron por videoconferencia desde el Establecimiento Penitenciario Nº 5 de barrio Belgrano, donde continuarán alojados hasta cumplir las sentencias recibidas.

Vega, nacido en Ushuaia, Tierra del Fuego, el 20 de diciembre de 1982, recibió una pena de dos años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia, por “robo reiterado” (dos hechos), “violación de domicilio”, “daño”, “amenazas” y “hurto”.

Romero, en tanto, fue sancionado con tres años de cárcel y multa de 787.500 pesos por “comercialización de estupefacientes”, e incluso deberá realizar un tratamiento psicológico acorde a la problemática de consumo de drogas que padece.

Además del juez Martínez, las dos audiencias tuvieron a los mismos actores judiciales: el fiscal de la Cámara del Crimen, Francisco Márquez; la asesora letrada del Tercer Turno, Ivana Castoldi (defensora oficial), y la secretaria Gabriela Sanz.

 

Confesión y condena

En el primero de los juicios, Vega admitió su culpabilidad en todos los hechos que se le atribuían, lo que posibilitó que el debate se abreviara y pudiera plasmarse en la sala un acuerdo previo al que habían arribado el fiscal Márquez y la defensora Castoldi.

La serie de delitos por los que fue condenado es la siguiente:

El 5 de febrero de 2015, alrededor de las 21, el acusado ingresó al predio del Hipódromo villamariense y sustrajo el motor de un aire acondicionado que se encontraba instalado en el edificio donde funciona la “agencia de apuestas”.

Para ello, cortó los cables de alimentación eléctrica y rompió los tornillos de sujeción del motor, tras lo cual se dio a la fuga con el botín a cuestas, a bordo de una bicicleta playera, aunque fue aprehendido minutos más tarde por la Policía.

En tanto, el 25 de junio de 2016, a eso de las 21.30, Vega se llegó hasta un galpón ubicado en bulevar Colón sin número, entre Juan Müller y Bruno Ceballos y, previo a forzar la persiana de ingreso, que se encontraba cerrada con todas las medidas de seguridad (llave y candado), ingresó al interior y se apoderó de una caja de cartón que contenía seis botellas de vino.

Por otra parte, el 2 de noviembre de 2022, al mediodía, el convicto fueguino se hizo presente en el domicilio de una persona de su entorno (no se trata de una pareja o expareja), incumpliendo una orden de restricción de acercamiento dispuesta por el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil de Villa María, en el marco de una causa por un hecho de violencia familiar.

Desde la vereda y entre insultos, Vega exigió que le abrieran la puerta: “Esta es mi casa y vengo a sacar las pertenencias de…”, ante lo cual la empleada doméstica le respondió: “No voy a abrir porque tengo directivas de la propietaria de la vivienda de no atender a nadie”. No obstante, Vega ingresó ilegalmente a la casa, para lo cual forzó la cerradura de una puerta con una espada o facón de hierro, tipo cuchilla, con una hoja metálica de 28 centímetros de largo.

Una vez en el interior y utilizando esa misma arma, destruyó un televisor tipo Smart de 55 pulgadas, ubicado sobre un mueble de madera, y lo tiró al piso; seguidamente, aplicó varios golpes contra unos estantes de vidrio y unas copas que se encontraban sobre el mismo mueble, además de partir en dos pedazos un teléfono de línea fija.

En ese contexto de violencia y dirigiéndose a la empleada, le advirtió: “Vos también vas a quedar pegada, te voy a matar”. Luego de eso, salió corriendo de la vivienda hacia la esquina de los bulevares Vélez Sarsfield y Argentino, donde se deshizo del arma utilizada, que dejó en un canasto de basura.

Finalmente, ese mismo día, pero en las primeras horas de la tarde, Vega se hizo presente en el hotel “Residencial Alvear”, ubicado en bulevar Alvear 574, y rentó una habitación. Mientras se encontraba en el patio del establecimiento y aprovechando un descuido de la empleada del lugar, ingreso al lavadero y se apoderó de un teléfono celular Samsung Galaxy 01 que se encontraba sobre una repisa.

Al declarar sobre condiciones personales, Vega dijo que no completó sus estudios secundarios, que se ganaba la vida como instalador de sanitarios y que no consume drogas.

En materia de antecedentes penales, registra una condena dictada en 2018 por el Juzgado de Garantías de la ciudad entrerriana de Victoria, donde le impusieron una pena de tres años y seis meses de prisión efectiva por los delitos de “lesiones graves calificadas” por violencia de género y “amenazas”.

Ángel “Kiko” Romero fue condenado por un hecho de narcomenudeo registrado el 11 de mayo de 2023 en esta ciudad. Además, fue declarado reincidente porque es la segunda vez que le imponen una pena de prisión efectiva (foto: Prensa de Tribunales)

Vendedor de drogas

En el otro juicio de la jornada, Kiko Romero fue sentenciado por un hecho de narcomenudeo que lo dejó entre rejas el 11 de mayo de 2023, luego que la Policía lo detuviera en la plazoleta ubicada en la intersección de los bulevares España y Argentino, donde está emplazado el Monumento a los Héroes de Malvinas.

El hombre fue aprehendido en el preciso momento que le vendía a un circunstancial cliente una dosis de cocaína por 3.000 pesos, y al ser requisado, en el interior de una riñonera guardaba 10 envoltorios termosellados que contenían un total de 16,2 gramos del mismo estupefaciente. Por ese hecho, Romero fue sentenciado a tres años de prisión efectiva y, además, deberá pagar una multa de 787.500 pesos. Previo a imponerle esa sanción, el juez Martínez hizo lugar a un planteo de la Defensa y declaró inconstitucional la escala penal prevista por el artículo 5, inciso “c”, de la Ley 23.737 (de cuatro a 15 años), estableciéndola en tres a 10 años para el presente caso.

Al comparecer sobre condiciones personales, Romero dijo que nació en Villa María el 16 de febrero de 1985, que tiene estudios secundarios completos, que cuando estaba en libertad trabajaba como cadete por su cuenta, que consume drogas y que registra una condena anterior, dictada por la Cámara del Crimen local.

En efecto, en diciembre de 2017 fue sentenciado a cinco años de prisión por “coacción calificada por uso de arma”, “robo calificado por uso de arma cuya operatividad no se pudo acreditar”, “encubrimiento” y “tenencia ilegal de arma de guerra”.

Poco después, su defensor interpuso recurso de casación y el 9 de abril del 2020 el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia le redujo la condena a tres años de cárcel, por lo que pudo recuperar la libertad por el tiempo que llevaba detenido.