Río Tercero - Una resolución con distinta interpretación

La resolución dejó en libertad al policía Carnero, aunque discreparon los jueces

martes, 18 de junio de 2024 · 08:30

Se conocieron hace pocos días los fundamentos de la sentencia de la Cámara del Crimen de Río Tercero, mediante la cual fue absuelto el policía Luciano Emanuel Carnero (foto), quien el 14 de diciembre de 2012 abatió con su arma reglamentaria al joven Lucas Funes, durante una persecución tras un robo cometido en un inmueble de esa ciudad.

El uniformado llegó a juicio oral acusado de homicidio simple con exceso en el legítimo ejercicio del cargo, pero resultó absuelto, aunque con discrepancias entre los jueces integrantes de la Cámara: Marcelo Ramognino, José Arguello y Guarania Barbero. Dos de ellos fallaron a favor del policía y la restante vocal sostuvo que debía ser condenado por exceso en sus accionar.

 

“Fue desmedida”

En principio, Barbero cuestionó “las desprolijidades que se advierten en el proceso (...) que, ante la gravedad del hecho y las partes involucradas, no se convocó inmediatamente a Policía Científica-Judicial de Córdoba, especializada en croquis, planimetría, levantamiento de cadáveres, huellas, tomas de muestras para pericias químicas, fotografías, informes médicos, resguardo de elementos probatorios y debido respecto de la cadena de custodia”. 

La jueza subrayó que el médico policial que certificó las lesiones en “el cuerpo de Funes dejó constancia que presentaba múltiples heridas contuso-cortantes, pero llamativamente no dejó constancia que presentaba numerosas heridas de bala de goma y un disparo en el cráneo. Tampoco dónde lo revisó ni a qué hora”.

 “Tampoco se tomaron los recaudos para resguardar la cadena de custodia de la ropa y demás elementos extraídos al fallecido”, prosiguió Barbero. “De ello se deduce que se perdió material probatorio que podría mostrar que la ropa tenía abundante sangre y presentaba “agujeros” que coincidirían con las heridas de balas de goma en el cuerpo de Funes y determinar la presencia de restos de pólvora”.

Al momento del disparo mortal, “Funes estaba desarmado, había dejado su arma hacia tres cuadras”. 

“El imputado Carnero tuvo la posibilidad de verlo cruzar casi toda la calle, que iba herido y sin arma alguna. Así digo acción desmedida, o excesiva, ya que los tiros habían cesado tres cuadras antes. No fue disparo contra disparo que autorizaría esa reacción, acá fue persecución, y fue desmedida”, concluyó Barbero.

 

“No hubo fusilamiento”

A su turno, el vocal Ramognino consideró, al momento de valorar la prueba sobre la huida de Funes tras el robo, que Carnero no podía saber, al momento de efectuar el disparo mortal, que Funes estaba desarmado. “La respuesta es no, en forma categórica. No sabía ni podía saber, sin margen de duda alguna. No hay una sola prueba en la causa que permita afirmar -ni siquiera sospechar- que Carnero pudo saber que Funes estaba desarmado al momento de efectuar los disparos”.

Así, el juez falló por la inocencia del imputado, ya que actuó de acuerdo a su función. Arguello, por su parte, adhirió a ese razonamiento.

Para los dos jueces, no hubo “fusilamiento”, como lo plantearon testigos. “Para concluir, entiendo que el contexto vivenciado aquella mañana explica -bajo las circunstancias fácticas analizadas- que no hubo error por parte de Carnero en la apreciación de las circunstancias del acontecimiento que lo autorizaba a actuar como lo hizo y, por ende, considero que están reunidos todos los presupuestos objetivos, subjetivos y normativos requeridos por el ejercicio legítimo del cargo”, finalizó Ramognino.