Juicio abreviado y de instancia privada en la Cámara del Crimen de Villa María
Violó, lo condenaron, salió y volvió a violar
En poco más de una década, Eduardo Bies recibió dos condenas por graves hechos de abuso sexual. En diciembre de 2013 le impusieron nueve años de cárcel por violar a una adolescente y ayer lo sentenciaron a 14 años de prisión por abusar de dos niñasEl 2 de diciembre de 2013 fue condenado a nueve años de prisión luego de confesar que había violado dos veces a una adolescente de su entorno familiar. Cumplió íntegramente aquella sanción y recuperó la libertad el 1 de agosto de 2021. Volvieron a detenerlo en diciembre de 2022 por otros hechos tan aberrantes como los primeros, pero cometidos en perjuicio de dos nenas de corta edad, también integrantes de su círculo más cercano. Y ahora recibió una pena de 14 años que lo dejará en la cárcel por el resto de su vida.
Se llama Eduardo Bautista Bies (60), le dicen “Negro” y entre aquella condena de 2013 y la que le impusieron en la víspera estuvo libre apenas 16 meses en los últimos 11 años y nueve meses.
Del mismo modo que en el primer juicio, Bies admitió haber abusado de dos criaturas de 7 y 5 años al momento de los hechos (ocurridos en Villa María en fechas no establecidas con precisión, pero ubicadas dentro de los meses de octubre y noviembre de 2022), por lo que fue hallado culpable de esos hechos.
Acuerdo de las partes
Luego de un acuerdo previo entre la Fiscalía de Cámara y la Defensa, el disoluto individuo fue declarado autor penalmente responsable de “abuso sexual gravemente ultrajante, doblemente calificado, por el vínculo y por la situación de convivencia preexistente”; “abuso sexual doblemente calificado, por el vínculo y por la situación de convivencia preexistente”, y “promoción a la corrupción de menores calificada, reiterada”.
Por esos delitos, la jueza Edith Lezama le impuso 14 años de prisión de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia, tal como lo habían solicitado en sus alegatos el fiscal Francisco Márquez y el defensor “ad hoc” Jorge Bustos.
Eduardo Bies nació en la capital provincial el 7 de septiembre de 1963 y al momento de ser detenido, el 4 de diciembre de 2022, estaba radicado en Villa María, donde se ganaba la vida realizando tareas de mantenimiento en un predio recreativo ubicado en las afueras de la ciudad.
La primera causa
A raíz de la primera causa, fue detenido a fines de 2012 y un año más tarde se sentó en el banquillo de los acusados de la Cámara del Crimen local, donde reconoció haber violado a una jovencita de solo 15 años, integrante de su ámbito familiar, circunstancia que agravó la calificación legal.
Bies admitió todos los hechos que se le atribuían y posibilitó que aquel primer juicio se realizara bajo la modalidad de trámite abreviado, es decir, omitiéndose la recepción de pruebas testimoniales en la sala de audiencias.
Concretamente, fue condenado por “abuso sexual con acceso carnal calificado”, aunque también lo hallaron culpable de “robo” y “violación de domicilio” por otros delitos incluidos en la misma causa judicial.
La condena fue aplicada por el entonces camarista René Gandarillas (ya jubilado) y Bies, quien trabajaba en el Mercado de Abasto villamariense, tuvo que pasar los nueve años tras las rejas, ya que no se le otorgó el beneficio de la “libertad condicional” que suele concedérsele a los convictos primarios cuando cumplen las dos terceras partes de la sanción (en este caso habrían sido seis años).
Fue excarcelado el 1 de agosto de 2021 y volvieron a detenerlo el 4 de diciembre de 2022 por los abusos que tuvieron como víctimas a un par de niñas, también de su entorno familiar, cometidos en los dos meses anteriores.
Ahora, como consecuencia de la condena dictada en la víspera por la jueza Lezama, Bies estará en la cárcel de barrio Belgrano hasta los primeros días de diciembre de 2036 y para entonces, de no mediar cuestiones graves de salud o por fallecimiento, tendrá 73 años de edad.
Sobre la escala penal
Cabe señalar que durante el debate (realizado por videoconferencia) y a raíz de un planteo de las partes a base de un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba que sentó jurisprudencia, la magistrada interviniente declaró inconstitucional la escala penal prevista por el Código Penal de la Nación para la pena privativa de la libertad del “abuso sexual gravemente ultrajante, doblemente calificado, por el vínculo y por la situación de convivencia preexistente”.
Dicha calificación legal, descripta en el artículo 119 (cuarto párrafo, en función del segundo, incisos “b” y “f”), prevé una condena que va de los ocho a los 20 años de prisión, por lo que para el caso que involucraba a Bies fue establecida en un mínimo de cinco años y cuatro meses, y un máximo de 13 años y cuatro meses de cárcel.
