Villa Dolores: realizaron una audiencia civil en la vivienda de una testigo que no podía trasladarse hasta Tribunales
El titular del Juzgado Civil, Comercial y de Familia de Segunda Nominación de la ciudad de Villa Dolores, Marcelo Ramiro Durán Lobato (foto), se trasladó hasta el domicilio de una mujer de 94 años que había sido citada como testigo en una acción posesoria.
Por su avanzada edad y por estar físicamente imposibilitada, la testigo no podía trasladarse hasta el despacho del magistrado, en la sede de los Tribunales.
La parte demandada, que la había ofrecido, manifestó dicha imposibilidad de la testigo de movilizarse y frente a tal presentación, el magistrado, amparado en el artículo 307 del Código Procesal Civil de la Provincia de Córdoba, tomó la decisión de ir a su domicilio y receptar la declaración testimonial, lo que así aconteció.
La norma procesal concretamente dice que podrán ser examinados en sus domicilios los testigos “que, por su edad u otras circunstancias, merezcan estas consideraciones, a criterio del tribunal”.
Además del magistrado, participaron de la audiencia el prosecretario del Juzgado y los letrados apoderados de las partes. Si bien el hecho de acudir personalmente al domicilio de un testigo se encuentra previsto en el ordenamiento procesal, dicha circunstancia es de carácter excepcional.
En este caso, ante la edad avanzada de la mujer y la imposibilidad física de trasladarse, a pedido de la parte, el juez Durán Lobato decidió autorizar que la audiencia se celebre en el domicilio de la testigo.
