La fiscal Maldonado imputó a una mujer de 73 años

Muerte de una ciclista: acusan de “homicidio culposo agravado” a la conductora del BMW

sábado, 30 de noviembre de 2024 · 11:08

La fiscal de Instrucción del Primer Turno, Silvia Maldonado, imputó ayer a Pierina Lucía Colombano (73) como presunta autora del delito de “homicidio culposo agravado” a raíz de un choque ocurrido el 12 de noviembre en las inmediaciones del Anfiteatro, que dos semanas después terminó costándole la vida a la ciclista Marta Verónica Altamirano (47).

En tanto, el abogado local Rodrigo Hayas, se constituyó en la causa penal como querellante particular, en representación del hijo y la pareja de la víctima, Carlos Supertino y Sandro Alejandro Álvarez, respectivamente.

Tal como lo informó elDiario en su edición del martes pasado, Altamirano falleció el domingo 24 alrededor de las 6 de la tarde, mientras permanecía internada en la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital Regional Pasteur.

A pesar de los esfuerzos médicos, la mujer no se pudo recuperar de las gravísimas lesiones que sufrió al ser embestida por la una camioneta BMW de color blanco que guiaba Colombano, quien tras el violento impacto se fue del lugar, aunque regresó minutos más tarde (llegó caminando), acompañada por uno de sus hijos y por un abogado.

En un primer momento, la fiscal Maldonado acusó a la septuagenaria por “lesiones graves culposas”, pero tras la muerte de Altamirano, cambió la calificación legal y se agravó la situación procesal de Colombano por haberse dado a la fuga.

El “homicidio culposo” es un delito legislado por el artículo 84 bis del Código Penal de la Nación y establece que “será reprimido con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial por cinco a 10 años, el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte”.

Sin embargo, el segundo párrafo precisa que “la pena será de prisión de tres a seis años si se diera alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima”.

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