Organizaron una fiesta electrónica en la que se produjo el deceso

Penas en suspenso para empresarios cordobeses por la muerte de una joven

sábado, 2 de noviembre de 2024 · 08:30

La Cámara del Crimen de Sexta Nominación de la ciudad de Córdoba condenó ayer a tres años de prisión en suspenso a los empresarios Iván Aballay y Héctor Oscar Baistrocchi por los delitos de “facilitación de lugar para consumo de estupefacientes, doblemente agravada”, y “homicidio culposo”.

Los dos reconocieron su responsabilidad en la muerte de la joven Tania Abrile, durante una fiesta electrónica que habían organizado en el Orfeo Superdomo de la capital provincial el 23 de julio de 2016.

El Tribunal también les impuso una inhabilitación por seis años para llevar a cabo “cualquier actividad relacionada, directa o indirectamente, con la organización, producción, promoción, supervisión, o administración de eventos de música electrónica”. Además, deberán realizar trabajos comunitarios durante tres horas semanales por dos años en la Fundación Moviendo Montañas.

La decisión fue adoptada durante un juicio abreviado. Previamente, la Fiscalía de Cámara había llegado a una conciliación con la Defensa de los imputados, con el representante legal de los padres de la víctima y con estos últimos, quienes también suscribieron el acuerdo.

Entre otras cosas, dicho acuerdo prevé que los condenados publiquen una solicitada en medios de comunicación y redes sociales en la que reconozcan públicamente su responsabilidad penal en el deceso de Tania, quien falleció luego de consumir éxtasis durante el evento.

Además, Aballay y Baistrocchi se comprometieron a renunciar al premio “Jerónimo Luis 2019”, otorgado por la Municipalidad de Córdoba como titulares de la firma Buenas Noches Producciones, como “expresión de arrepentimiento y gesto de pública disculpa” con la víctima y su familia.

 

Dura pena para un falso médico

En el mismo juicio, de trámite abreviado, también fue condenado Walter Fabián Barreto como autor de “homicidio simple” y le impuso la pena de ocho años de prisión efectiva. Barreto era la persona que había sido contratada por la empresa organizadora de la fiesta electrónica para brindar el servicio médico adicional, aunque no tenía título habilitante.

Además, fue condenado a tres años de prisión en suspenso el guardia de seguridad Mario Alfredo Novaro, como partícipe necesario del delito de “facilitación de lugar para consumo de estupefacientes, doblemente agravado”.

Se le impuso una inhabilitación especial por seis años para desarrollar cualquier actividad vinculada a tareas de organización, participación, supervisión, seguridad y control en fiestas electrónicas como así también una inhabilitación por nueve años para ejercer el comercio. Y, además, deberá realizar trabajo comunitario durante tres horas semanales en la Fundación Moviendo Montañas.