Juicios abreviados - El primero fue declarado reincidente y continuará detenido

Condenaron a un peluquero y a un abusador de menores

Por un lado, Cristian “Chucky” Guillén recibió una pena de tres años y dos meses de prisión efectiva por un robo. En otra audiencia, le impusieron tres años de cárcel en suspenso a E.F.M. por haber manoseado a dos nenas
miércoles, 13 de noviembre de 2024 · 08:30

Un peluquero domiciliado en Oliva y un sexagenario radicado en Villa María fueron condenados ayer en dos juicios abreviados que se llevaron a cabo en la Cámara del Crimen de esta ciudad, en los que ambos sujetos admitieron su culpabilidad en los delitos que se les atribuían.

En una de las audiencias de debate, Cristian Adrián Guillén (29) recibió una sanción de tres años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia, luego que admitiera haber perpetrado un robo en un taller de electricidad.

Guillén compareció por videoconferencia desde el Establecimiento Penitenciario Nº 5, donde continuará alojado hasta cumplir íntegramente la pena aplicada.

En el otro proceso penal, realizado a puertas cerradas por tratarse de una causa de instancia privada, la magistrada le impuso tres años de prisión de ejecución condicional a E.F.M. (69) luego que confesara haber manoseado a dos menores de edad.

Ambos juicios fueron presididos por la vocal Edith Lezama y contaron con la participación del fiscal Francisco Márquez, la defensora oficial Ivana Castoldi (asistió a los dos imputados) y la secretaria Gabriela Sanz.

 

Por un robo en Oliva

Cristian Guillén, más conocido como Chucky, fue declarado autor penalmente responsable de los delitos de “robo calificado por escalamiento” y “violación de domicilio”, cometidos el 13 de noviembre del año pasado cuando, en las primeras horas de la tarde, sustrajo una suma de entre 20 mil y 25 mil pesos en un taller de electricidad de Oliva.

Para ello, ingresó al patio de una vivienda ubicada en bulevar Rodolfo Moyano al 100 luego de saltar un par de tapias y una reja metálica, todas de casi 2 metros de altura. Después subió al techo de un taller de electricidad, al que ingresó forzando un ventiluz metálico.

Una vez en el interior, de una caja registradora sacó la suma antes mencionada, mientras que en una bolsa puso cuatro rollos de cable (dos de 100 metros, uno de 80 y el restante de 50) y se dio a la fuga por el mismo lugar por el que había entrado.

Cuando huía, fue visto por un trabajador que estaba realizando tareas de pintura en el lugar. Guillén se deshizo de la bolsa con los rollos de cable, saltó otra tapia, entró ilegalmente a un domicilio contiguo y finalmente huyó con el dinero.

 

La cuarta condena

Nacido en Córdoba capital el 7 de abril de 1995, pero domiciliado en la vecina ciudad, donde se ganaba la vida trabajando como peluquero, fue detenido al día siguiente del robo y ahora deberá cumplir íntegramente la sanción que le impusieron por tratarse de un convicto reincidente.

En efecto, Guillén registra otras tres condenas, todas dictadas por la Justicia local en los últimos nueve años.

La primera sanción data del 16 de octubre de 2015 (tenía 20 años). Chucky fue sentenciado a tres años de prisión por dos “robos por escalamiento”, también cometidos en Oliva. El 16 de mayo de 2017 recibió una pena unificada de dos años de cárcel luego de ser hallado culpable de un hecho de “desobediencia a la autoridad” (violó una restricción de acercamiento a su expareja). Y el 4 de julio de 2019 le impusieron una sanción unificada de año y tres meses de prisión por “hurto”, “amenazas” y “lesiones leves”.

 

Manoseó a dos nenas

En la otra audiencia de la víspera, E. F. M. fue declarado culpable de “abuso sexual simple” y “abuso sexual agravado” y recibió una condena en suspenso que le permitió mantener la libertad, tal como había comparecido en la sala del quinto piso de Tribunales.

En su veredicto, la magistrada dispuso que, por el tiempo de la sanción, el disoluto sexagenario deberá cumplir estrictamente una serie de reglas de conducta si no quiere que quede sin efecto la condicionalidad de la pena.

Para ello, E. F. M. tendrá que fijar residencia (no podrá mudarse sin autorización judicial), no abusar de las bebidas alcohólicas y, fundamentalmente, abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto con las dos menores víctimas.

El condenado, cuya identidad se mantiene en reserva para resguardar a las víctimas, nació en Villa María el 18 de agosto de 1955, se domicilia en esta ciudad, no tiene instrucción, no consume drogas ni registra condenas anteriores.