Crece el escándalo - Por ahora, están acusadas de integrar una “asociación ilícita”
Ya son 21 los imputados por las estafas virtuales desde la cárcel
Además de las autoridades del Establecimiento Penitenciario Nº 5, el fiscal Enrique Gavier ordenó los arrestos de otras 12 personas, incluida una mujer que está con detención domiciliaria. Los seis restantes miembros de la “banda” son internos del penal de barrio BelgranoA medida que pasan las horas y se van conociendo detalles de la investigación, bien puede decirse que estamos ante un escándalo de proporciones, que involucra nada menos que a las máximas autoridades del Establecimiento Penitenciario Nº 5 (EP5).
En declaraciones periodísticas, el fiscal de Instrucción de Delitos Complejos de la provincia de Córdoba, Enrique Gavier, confirmó ayer que son 21 las personas imputadas por el delito de “asociación ilícita”, como presuntas integrantes de una organización que cometía estafas virtuales desde el interior de la cárcel de Villa María.
El funcionario judicial precisó que durante la jornada del jueves, por espacio de unas 14 horas (desde las 7 de la mañana hasta las 8 de la noche), se realizaron 38 allanamientos, algunos en dependencias carcelarias, como las oficinas de los responsables del EP5, y en las celdas donde están alojados los internos, como así también en al menos una docena de domicilios particulares en diferentes puntos de la ciudad.
A raíz de esos procedimientos, y tal como lo informó El Diario el mismo jueves por la noche en su página de Internet y ayer en la edición de papel, fueron detenidos Andrés Américo Aciar, Edgar Ezequiel Arroyo y Néstor Gómez, director, subjefe de Operaciones y jefe de Seguridad del penal de barrio Belgrano, respectivamente.
En tanto, otras 12 personas fueron arrestadas en distintas viviendas locales, entre ellas una mujer que quedó con detención domiciliaria porque es madre de hijos menores. Si bien no trascendieron las identidades de los acusados, se trataría de familiares de los reclusos investigados.
Los seis restantes miembros de la presunta “banda” son, precisamente, los internos que operaban desde el interior de la cárcel, acusados de estafar a numerosos particulares utilizando dispositivos electrónicos, como teléfonos celulares.
“En el marco de los allanamientos se ha secuestrado abundante cantidad de dinero en efectivo, armas, vehículos y otros elementos”, añadió el fiscal Gavier, sin precisar que se trata de 6.000.000 de pesos y de numerosos celulares y tabletas, elementos que están prohibidos en las cárceles de todo el país.
El funcionario aclaró que “hay abundante material probatorio, que por el momento no voy a detallar porque aún no le he recibido declaración a los acusados, pero de lo investigado hasta el momento surge que era habitual que los reclusos contaran con instrumentos tecnológicos para cometer los delitos desde el interior del penal”.
Consultado sobre la responsabilidad de las máximas autoridades del EP5 en los hechos, Gavier explicó que “la sospecha oficial es que ellos, de alguna manera, han tomado participación en esta asociación criminal de reclusos y de familiares y allegados a reclusos, que estafaban a distintas personas”.
El funcionario judicial no descarta que Aciar, Arroyo y Gómez “hayan sacado algún rédito económico de esas estafas”, además de sospechar que favorecían el ingreso de celulares y otros elementos a la cárcel.
Con respecto a la acusación que se les atribuye a todos los implicados, el fiscal señaló que, “por el momento, es la de ‘asociación ilícita’, más allá de las estafas y las omisiones que pudieran caberles a los funcionarios penitenciarios”.
Qué dice la ley
La “asociación ilícita” es una figura legislada por el artículo 210 del Código Penal de la Nación, en el capítulo referido a los “delitos contra el orden público”.
Dicha norma legal establece que “será reprimido con prisión o reclusión de tres a 10 años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas, destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación”. Y el segundo párrafo aclara que, “para los jefes u organizadores de la asociación, el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión”.
