Cámara del Crimen - Concluyó el juicio por el homicidio de Emiliano Messa
Penas de 10 y 23 años de cárcel para la madre y el padrastro
Concluyó el juicio por la muerte de Emiliano Messa. Ambos acusados fueron condenados: uno, por el homicidio, y la madre, por las lesiones previas que sufrió el pequeño. La familia paterna del niño pedía perpetuaLa Justicia condenó ayer a Jonathan Fernández (28) a cumplir 23 años de prisión por el homicidio simple de Emiliano Messa, el niño de dos años que falleció a consecuencia de un golpe en la cabeza. Es decir, los jueces técnicos y el jurado popular, por mayoría, desestimaron los agravantes del crimen.
Cabe recordar que desde la acusación pública, el fiscal Francisco Márquez pidió perpetua por el homicidio por alevosía. Desde la querella -que representa a la familia paterna del niño- pidieron el agravamiento por el vínculo, porque, si bien no era el padre de la víctima, convivía con él y, al momento del hecho, estaba a su cuidado. Para este delito también se prevé como única pena la prisión perpetua.
Pero en la resolución consideraron que Fernández fue autor de homicidio simple. La pena para este delito va de los 8 a los 25 años. Casi como buscando un equilibrio entre las posiciones que confrontaron en la audiencia, lo condenaron casi a la máxima prevista en el Código Penal.
Fue la asesora letrada Ivana Castoldi, defensora del acusado, quien pidió en su alegato que se absolviera a su cliente y que, si consideraban que había sido responsable del homicidio, fuera por homicidio simple.
En diálogo con El Diario, explicó las razones por las que considera que no hubo agravantes. “A mi modo de ver, si existió el hecho del homicidio, no creo que pueda sostenerse el agravante del vínculo, porque el Código Penal es taxativo, habla del que matare al ascendiente o descendiente”, dijo.
“Coincido con el fiscal de Cámara cuando explicó que la madre no estuvo presente en el momento del hecho y, por lo tanto, tampoco puede acusarse a mi cliente por la comunicabilidad del vínculo que ella sí tiene como ascendiente del niño”, expresó.
En lo que hace a la alevosía, señaló que es un concepto subjetivo porque no está descripto en la ley y, por lo tanto, se basan en diferentes autores y a resoluciones judiciales. “Como todo en Derecho, hay autores que dicen que por el solo hecho de ser un niño corresponde el calificante y otros no”.
Finalmente, dijo que por respeto a todas las familias involucradas no opinará de la sentencia.
Al ser consultada sobre si iba a cuestionar el fallo presentándose en Casación, dijo que, “por regla”, no cuestiona las resoluciones de la Cámara, “salvo que mi cliente lo pida. Pero eso se verá después de los fundamentos”, concluyó.
La condena a la madre
Por otra parte, a Ana Yael Piedra, madre de Emiliano, la absolvieron por el homicidio, pero la condenaron por las lesiones gravísimas que sufrió el niño antes de que lo mataran. Por ese hecho deberá purgar 10 años de prisión.
El Código Penal prevé una pena de 3 a 15 años de prisión por esas lesiones calificadas por el vínculo. El fiscal, quien fue el que introdujo esa acusación, argumentando que no le correspondía purgar pena por un homicidio ocurrido a cuatro kilómetros de donde ella estaba, había pedido nueve años de cárcel para la mujer por considerarla la causante de las graves lesiones que constataron en el cuerpo de Emiliano.
Por su parte, Jorge Bustos, defensor de Piedra, anticipó que después de conocer los fundamentos del fallo va a casar la sentencia porque entiende que, al ser una persona sin antecedentes, corresponde una pena menor que la impuesta.
Messa cuestionó el fallo
Al conocerse la sentencia, familiares y amigos de la familia Messa cuestionaron la resolución judicial.
José Luis, padre de Emiliano, dijo que “no se hizo justicia”.
“Mi hijo está en el cementerio y los asesinos no pagaron con la prisión perpetua, como tenía que ser”, agregó. “Estoy muy desconforme de la Justicia”, concluyó.
A su turno, el abogado Gonzalo Ferreras, que ejerció la representación de los Messa junto a Carla De Falco, dijo que una vez que conozcan los fundamentos de la sentencia -que se difundirán el 18 de marzo- van a analizar el recurso de Casación. “No es la resolución que esperábamos para el caso”, expresó.
Igual, valoró que “un primer objetivo fue que se reconozca que Emiliano no murió por un accidente y esto se ha conseguido”. “No estamos conformes en cuanto a la calificación que le han dado a este caso, porque la Cámara ha entendido que se trató de un homicidio simple y para nosotros era un homicidio agravado. Pero aguardaremos a conocer los fundamentos”, señaló.
El hecho
Emiliano Messa tenía apenas dos años. En diciembre de 2021 -concretamente, el 21- el niño recibió un fuerte golpe en la cabeza y quedó inconsciente en el suelo.
Estaba al cuidado de Jonathan Fernández, la pareja de Ana Yael Piedra, en el domicilio que los tres compartían en un departamento de la calle Colombia al 924.
El joven, según quedó probado, llamó a la mujer, que a esa hora estaba trabajando en un autoservicio del barrio San Martín, para decirle que Emiliano sufrió un accidente.
También llamó a la ambulancia del servicio de emergencias 107, que asistió rápidamente al niño porque se trataba de un “Código Rojo”, es decir, que estaba en riesgo la vida.
Yael llegó a tiempo para subirse a la ambulancia que trasladó a Emiliano hacia el Pasteur. También iba en el mismo vehículo Fernández.
Al llegar al centro de salud, ella se encargó de dar una versión de los hechos que no se correspondía a la realidad. Dijo que Emiliano estaba con ella en el baño y cuando se dio vuelta para buscar una toalla, Emiliano se cayó y quedó inconsciente.
Los primeros estudios daban cuenta que el daño del pequeño no se correspondía a una caída simple: tenía una fractura en el hueso occipital con edema y, además, convulsionaba.
Pero ella y él repetían la versión ante el insistente cuestionamiento de los médicos.
Por la gravedad en el estado de Emiliano, desde el Pasteur lo trasladaron al Hospital de Niños de Córdoba, donde hay un área que analiza el maltrato infantil, y al comprobar que Emiliano fue víctima decidieron denunciar. Entre otros puntos, descubrieron que, además de la lesión que le causó la muerte, tenía moretones en todo el cuerpo, y al realizarle un fondo de ojo descubrieron que el niño tenía hemorragia bilateral en los vasos de la retina, una lesión que es un signo inequívoco de maltrato infantil y que se condice con el “síndrome del niño sacudido”.
Fue allí, en el Hospital de Niños, cuando la madre de Emiliano dijo por primera vez que no había estado con su hijo al momento del golpe fatal. Se lo comunicó a su padre, quien decidió, a través de un hermano, denunciar el hecho en la Justicia de Villa María.
Así comenzó la investigación que en la Instrucción acusó a los dos de “homicidio calificado por el vínculo”.
Ayer, ambos fueron condenados por delitos con penas de cárcel menos graves que los que contempló la acusación original.
La última palabra de Jonathan Fernández
“Me quiero ir a casa”, dijo el imputado
La última audiencia inició ayer apenas pasadas las 9 de la mañana. El presidente del Tribunal, Félix Martínez, les dijo a los acusados que tenían el derecho a expresar, si así lo deseaban, una última palabra antes de pasar a deliberar con los jurados populares. Ana Yael Piedra declinó el ofrecimiento y Jonathan Fernández habló. “Yo no cometí lo que me están acusando. Fue un accidente, Emiliano se cayó en el baño y yo no sería capaz de hacer una cosa así”, dijo.
“Yo tengo tres hijos”, expresó. “Nunca les pegué ni a ellos, ni a Yael, ni al hijo de Yael. Nunca le pegué a nadie. Solamente tuve la mala suerte de que me pasó lo que le pasó a Emiliano. Pero yo nunca le pegué”, aseguró.
“Me quiero ir a mi casa, nada más”, concluyó.
Luego, los jurados populares comenzaron a deliberar y, pasadas las 13.30, convocaron a las partes para volver a la sala, donde la secretaria Gabriela Sanz leyó la sentencia que condenó a él por homicidio y a ella por lesiones gravísimas.
Marcha
A los pocos minutos de difundirse la sentencia, un grupo de amigos de la familia Messa comenzó a convocar a una marcha por Emiliano a través de las redes sociales. Consultada la familia, nos indicó que aún no hay definiciones de día y hora de la movilización, pero que acompañarán cuando se realice la protesta.
El llamado a la movilización a través de Instagram es mediante @marchemos_por_emiliano. “Si la Justicia no los condenó, que la sociedad los condene”, dice el texto de la convocatoria.
Una jurado menos
Durante todas las audiencias del juicio por Emiliano participaron los 12 jurados (ocho titulares y cuatro suplentes). En el momento de la sentencia había 11. Trascendió que una jurado suplente fue apartada de la deliberación -no afecta el resultado, precisamente, porque era suplente-, por haber difundido en redes sociales imágenes de la tarea como juzgadora.
Inconformidad
El fallo dejó inconforme a la querella que representó a la familia Messa y al defensor de Ana Yael Piedra, que anticipó que casará la decisión de la Cámara. El motivo: para los primeros, porque esperaba una condena a prisión perpetua para ambos acusados, y para el segundo, porque entiende que es excesivo 10 años de cárcel.
