Por hechos de abuso sexual
Pampero Barrera y la concejala Vivó, a juicio el martes 26 de septiembre
La Cámara del Crimen de Villa María fijó la fecha para el juicio al exfuncionario municipal Jorge “Pampero” Barrera y su esposa, la edil oficialista Verónica Vivó, en relación con la causa por presuntos hechos de abuso sexual ocurridos.
La audiencia de debate se realizará el próximo martes 26 de septiembre, oportunidad en la que el exdirector de Participación Vecinal y referente del barrio Mariano Moreno deberá responder en juicio oral, pero a puertas cerradas, por los delitos de “abuso sexual simple reiterado”, “abuso sexual con acceso carnal reiterado” y “abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa”.
Del mismo modo, la concejala Vivó comparecerá en libertad como supuesta “partícipe necesaria” en los delitos que se le atribuyen a su marido.
Barrera fue detenido el 16 de diciembre de 2021 por orden de la fiscal Juliana Companys, quien investigaba una denuncia penal formulada por una joven mujer, presunta víctima sexual del exfuncionario de la Municipalidad de Villa María.
Vivó fue imputada en febrero de 2022, aunque no quedó detenida.?A partir de ese hecho, la legisladora estuvo de licencia durante seis meses y retomó sus funciones en septiembre del año pasado.
Por cuestiones procesales, la fiscal Companys se apartó de la causa en el mes de julio y el expediente pasó a manos de su colega René Bosio, quien se encargó de finalizar la instrucción y solicitó la elevación a juicio el 27 de diciembre.
En esa oportunidad, El?Diario informó detalles de lo resuelto por el funcionario judicial y adelantó que el juicio a la pareja se iba a llevar a cabo durante el segundo semestre de 2023, en fecha a definir oportunamente por la Cámara del Crimen.
Finalmente, cabe añadir que Companys continúa llevando adelante una causa por presunta corrupción que se le atribuye a Pampero, que surgió poco después de ser detenido.
En ese caso, la Justicia trata de establecer la relación de Barrera con hechos calificados como “negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas”.
