Juicio abreviado por un hecho de violencia de género
Condena en suspenso y libertad para un playero
Agustín Nocetti estuvo cuatro meses entre rejas por haberle prendido fuego a la puerta de la casa de su expareja. Se declaró culpable, le impusieron un año de prisión y fue excarceladoComo consecuencia de un acuerdo previo entre la Fiscalía y la Defensa, el juez Félix Martínez le impuso ayer una condena de un año de prisión de ejecución condicional a un villamariense que le prendió fuego y pateó la puerta de la casa de su expareja, en un hecho de violencia de género por el que fue detenido hace cuatro meses.
Se trata de Agustín Nicolás Nocetti (25), un playero de una estación de servicio local que fue declarado autor penalmente responsable del delito de “daño”, en el marco de un juicio oral y público realizado por videoconferencia en la Cámara del Crimen de Villa María.
Nocetti llegó a juicio por un incidente ocurrido el 13 de noviembre del año pasado en la casa de una joven que había sido su pareja, cuando arrojó un líquido inflamable sobre la puerta de ingreso a la vivienda y le prendió fuego, tras lo cual le dio una patada, causando más daño en la abertura.
A raíz de ese episodio, la víctima formuló una denuncia en sede policial, que derivó en la detención del iracundo sujeto, dos días después, ordenada por la Justicia.
Cabe señalar que Nocetti no registra antecedentes penales, circunstancia que le permitió acceder a pena en suspenso, gracias a la cual obtuvo la libertad poco después de concluida la audiencia de debate.
Además del juez Martínez, participaron de las deliberaciones el fiscal Francisco Márquez, los abogados Rodrigo Hayas y Martina Roldán (codefensores de Nocetti) y la secretaria Gabriela Sanz.
Se declaró culpable
La confesión lisa y llana del hecho por parte del playero posibilitó que el juicio se abreviara, omitiéndose la recepción de testimonios en la sala, por lo que se incorporó “por lectura” toda la prueba colectada en el expediente y luego se pasó a la ronda de alegatos.
En esa instancia procesal, tanto el acusador público como los defensores solicitaron la condena finalmente impuesta por el magistrado, que ambas partes habían pactado previamente para el caso de que el acusado se declarara culpable.
En su veredicto, el juez Martínez dispuso que Nocetti deberá cumplir las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio (no podrá mudarse sin autorización judicial), abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima y denunciante, no consumir alcohol ni sustancias estupefacientes y realizar tratamiento psicológico o psiquiátrico acorde a su problemática de violencia.
En caso de incumplir alguna de esas disposiciones legales, quedará sin efecto la condicionalidad de la pena y volverá a la cárcel, donde completará la sanción impuesta.
