Una condena anunciada - La Justicia no hizo lugar al agravante del “odio de género”
Era una fija: prisión “de por vida” para las asesinas de Lucio Dupuy
Por la gravedad del delito que se les atribuía, la madre del niño y su pareja no podrán acceder al beneficio de la “libertad condicional” cuando completen 35 años entre rejas. Dicho de otro modo... morirán en la cárcel(Edición impresa). Magdalena Espósito Valenti (25), la madre de Lucio Dupuy (5), y Abigail Páez (28), su pareja, fueron condenadas a la pena de prisión perpetua por haber asesinado al niño en la ciudad pampeana de Santa Rosa, en noviembre de 2021.

Ambas mujeres ya habían sido declaradas culpables del homicidio, pero el Tribunal de Audiencia de la ciudad de Santa Rosa, integrado por los jueces Alejandra Ongaro, Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora, en el fallo de ayer, no hizo lugar al pedido de la familia de la víctima, que había solicitado que se les aplique el “odio de género” como agravante en la sentencia.
Tal como ocurrió en la audiencia anterior, en la que se leyó el veredicto condenatorio, Espósito Valenti y Páez no estuvieron presentes en la sala del Centro Judicial Santa Rosa y ni siquiera escucharon la lectura del fallo de manera virtual en el Centro de Detención de la provincia de San Luis.
Minutos después del mediodía y con la presencia del padre y el abuelo de Lucio, Christian y Ramón Dupuy, los jueces iniciaron la lectura de la sentencia en la que se dio a conocer el monto de la pena.
Planteo rechazado
En primer término, los jueces rechazaron el planteo de inconstitucionalidad de la prisión perpetua que habían planteado las Defensas de Espósito Valenti y de Páez. Luego condenaron a Espósito Valenti a la pena máxima por el delito de “homicidio triplemente calificado, por el vínculo, por ensañamiento y por alevosía”, mientras que a Páez le aplicaron la misma condena por prácticamente el mismo delito (en su caso, no se incluyó el agravante del vínculo), aunque le agregó el “abuso sexual gravemente ultrajante” de Lucio.
Además, los magistrados consideraron la accesoria del artículo 12, relacionada con la administración de los bienes, pero no tuvieron en cuenta los otros planteos de la Querella, vinculados al “tiempo indeterminado” de la reclusión y al “odio de género” planteado como agravante.
Abogado contrariado
Apenas finalizó la audiencia, el abogado que representa al padre y al abuelo del niño, José Mario Aguerrido, se mostró contrariado, aunque un par de horas después, en una conferencia de prensa, dijo que estaba conforme.
“Expresamente (la sentencia), dice que nunca el condenado a prisión perpetua por el delito de ‘homicidio agravado’ agotará su cumplimiento. O sea, perpetua literal”, afirmó el letrado, quien agregó que apelará la decisión de los jueces de no haber aplicado el “odio de género”.
En el mismo sentido, el abuelo de Lucio afirmó que el de ayer fue “un día de mucho sufrimiento” y que “lamentablemente no se logró” que el tribunal incluyera el agravante del “odio por género”, como pretendían.
“La verdad es que hoy ha sido un día de mucho sufrimiento, o bien eran las ansias que teníamos de escuchar que realmente se las juzgara (a Espósito Valenti y a Páez) como se debería juzgar a estas asesinas”, sostuvo Ramón Dupuy.
La fiscal, satisfecha
Por su parte, la fiscal Verónica Ferrero también se mostró satisfecha con la resolución del juicio y consideró que la perpetua dispuesta por la Justicia es “de por vida”.
Ferrero aclaró que, por más que el tribunal no haya dispuesto la accesoria de “reclusión por tiempo indeterminado”, la condena impuesta a Espósito Valenti y Páez “es una pena de por vida” porque, por la gravedad del delito cometido, “no tendrán la posibilidad de pedir la libertad condicional”.
La lectura de la sentencia fue acompañada en los accesos de la Ciudad Judicial de Santa Rosa por cerca de 200 vecinos que reclamaban “justicia por Lucio”.
En las vallas de contención, que se colocaron en noviembre del año pasado por el inicio del juicio, colgaron banderas que rezaban “Justicia para Lucio Dupuy”, “Ley Lucio ya”, “Justicia para Maximiliano Villegas”, “las sentencias tienen que ser fundadas con pruebas, no con miedo al escrache”, entre otras.
Una feroz golpiza: patadas, puñetazos y hasta palazos
Lucio fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en la casa de calle Allan Kardec al 2300, de Santa Rosa, donde vivía con la madre y su pareja.
La Justicia pudo establecer que a las 17.32 de ese día se lo vio a Lucio vivo por última vez y que entre esa hora y las 19.40, cuando ambas imputadas salieron solas del departamento, el niño fue golpeado brutalmente.
A su vez, Páez llevó en moto a su novia al trabajo de moza en el restaurante de un hotel de la capital pampeana y volvió sola a las 20.49, cuando intentó reanimar al niño (ya gravemente herido) y lo metió bajó la ducha.
A las 21.30, Páez salió con Lucio en brazos para el centro asistencial del barrio Río Atuel, anexo al departamento, pero estaba cerrado. En ese momento, el niño fue asistido por vecinos y finalmente lo trasladaron al Hospital Evita, donde a las 21.45 se constató que estaba muerto.
Según determinó el tribunal, las dos mujeres participaron de la golpiza mortal y el nene recibió puñetazos, patadas y palazos, además de un pisotón en la espalda por parte de Páez (que se pudo determinar por la marca que dejó su zapatilla), el cual le provocó lesiones internas.
De acuerdo con los peritos, la causa de la muerte fue un edema cerebral como consecuencia de politraumatismos.
?Qué dice la ley
?El artículo 13 del Código Penal de la Nación establece que “el condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido 35 años de condena; el condenado a reclusión o a prisión por más de tres años que hubiere cumplido los dos tercios, y el condenado a reclusión o prisión por tres años o menos, que hubiere cumplido un año de reclusión u ocho meses de prisión, observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrá obtener la libertad (condicional) por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social”.
