Juicios orales y públicos en la Cámara del Crimen de Villa María

Condenas y libertad para dos

Lucas “Gordo” Villafañe recibió una pena de 10 meses de prisión efectiva por delitos contra la propiedad, mientras que a Gustavo Rodríguez le impusieron tres años de cárcel en suspenso por un hecho de narcomenudeo
viernes, 17 de febrero de 2023 · 08:36

Un albañil de 28 años y un mecánico de 22 fueron condenados ayer en los Tribunales villamarienses en dos audiencias de debate presenciales que se realizaron en la Cámara en lo Criminal y Correccional de esta ciudad y que tuvieron a los mismos actores judiciales.

En el primero de los juicios, Lucas Alejandro Villafañe fue condenado a 10 meses de prisión de cumplimiento efectivo, luego de ser declarado autor de “violación de domicilio” y “robo en grado de tentativa”, y coautor de “violación de domicilio” y “hurto”, mientras que en el segundo proceso oral y público, Gustavo Javier Rodríguez fue sentenciado a tres años de cárcel de ejecución condicional (en suspenso) luego de ser hallado culpable de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.

En ambos casos, los condenados recuperaron la libertad ni bien concluyeron sus respectivos juicios.

Las audiencias fueron presididas por la camarista Edith Lezama y contaron con la participación del fiscal Francisco Márquez, de la abogada defensora Florencia Vottero y del secretario Walter Rodríguez.

Gustavo Rodríguez, flanqueado por personal del Servicio Penitenciario y junto a su defensora, la abogada Florencia Vottero, quien también intervino como tal en el juicio al “Gordo” Villafañe

 

Juicio abreviado

El primero en comparecer fue Lucas Villafañe, alias “Gordo”, nacido en Villa María el 19 de enero de 1995, quien registra antecedentes penales como consecuencia de haber sido juzgado y condenado en 2019.

Detenido desde el 14 de mayo de 2022, el trabajador de la construcción confesó los hechos delictivos que se le atribuían y posibilitó que el juicio se realizara bajo la modalidad de “trámite abreviado”, es decir, omitiéndose la recepción de testimonios en la sala e incorporando “por lectura” toda la prueba colectada en el expediente.

Previo a las deliberaciones, la Fiscalía y la Defensa habían acordado la pena finalmente impuesta por la magistrada si Villafañe admitía su culpabilidad, tal como ocurrió tras la lectura de la pieza acusatoria.

Los hechos delictivos que lo sentaron por tercera vez en el banquillo de los acusados los cometió los días 3 de abril y 14 de mayo del año pasado.

Por el tiempo que llevaba entre rejas (nueve meses desde la última detención, a lo que se sumó poco más de un mes por el primero de los ilícitos), se le dio por cumplida la pena y se ordenó su inmediata libertad, la que se efectivizó en la misma sala de audiencias ubicada en el quinto piso del Palacio de Justicia local.

 

Segunda audiencia

Posteriormente, compareció el mecánico automotor Gustavo Rodríguez, nacido en esta ciudad el 16 de septiembre de 2000, quien además dijo ser actor cuando declaró sobre sus condiciones personales.

Fue detenido poco antes del mediodía del domingo 5 de junio de 2022, durante un control policial. Rodríguez circulaba en una moto y llevaba una mochila, en cuyo interior, los efectivos encontraron un envoltorio con picadura de marihuana.

Por ese hecho fue procesado como presunto autor de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, delito que en la víspera terminó confesando.

En la etapa de alegatos, el fiscal de Cámara pidió cuatro años de prisión, la pena mínima prevista por el artículo 5º, inciso “c”, de la Ley de Estupefacientes Nº 23.737, mientras que la defensora planteó la inconstitucionalidad de la escala penal prevista en dicha norma legal (de cuatro a 15 años de cárcel), a tenor de un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba que sentó jurisprudencia en la materia, y solicitó una sanción de tres años en suspenso.

Al dictar sentencia, la magistrada hizo lugar al planteo de la Defensa y terminó condenando a Rodríguez a la pena requerida por Vottero, aunque también le aplicó una multa de 87.500 pesos y dispuso una serie de reglas de conducta que el joven convicto primario deberá cumplir rigurosamente durante el tiempo de la pena

En efecto, tendrá que fijar domicilio, no podrá mudarse sin autorización del tribunal, deberá abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y/o abusar de bebidas alcohólicas, está obligado a realizar tratamiento psicológico o psiquiátrico acorde a su problemática de adicción y deberá completar, sí o sí, los estudios secundarios.