Pampero Barrera y Verónica Vivó fueron sentenciados a cumplir 12 y 6 años de prisión, respectivamente
Además de la condena, la pareja será investigada por delitos contra el Estado
El exfuncionario municipal y la concejal fueron encontrados culpables de delitos contra la integridad sexual, aunque ella no cumplirá la sentencia en la cárcel hasta que el fallo quede firme. La jueza pidió que investigaran a Barrera por usar a su beneficio fondos de la Administración PúblicaPoco después de las 13, la secretaria Gabriela Sanz leyó la sentencia que puso punto final al juicio que se realizó contra Jorge “Pampero” Barrera y Verónica Vivó.
En el primer punto, declara al exdirector de Participación Vecinal autor penalmente responsable de “abuso sexual simple reiterado”, “abuso sexual con acceso carnal reiterado”, “abuso sexual con acceso carnal continuado” y “abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa” en perjuicio de dos víctimas. Por esos hechos, le impusieron una pena de 12 años de prisión. Cabe señalar que Barrera está detenido desde el 15 de diciembre del año 2021, hace casi dos años.
Por otra parte, condenaron a Verónica Vivó, concejal en funciones, como “partícipe necesaria del delito de abuso sexual con acceso carnal continuado”, en perjuicio de una de las víctimas, a seis años de prisión.
Eve Flores, la magistrada que presidió la audiencia, dispuso que la edil no cumpla la pena de cárcel hasta que el fallo quede firme, tal como lo había solicitado el fiscal. En consecuencia, es de rigor que los abogados de Vivó van a casar la sentencia una vez que se conozcan los fundamentos (será el 26 de diciembre), por lo que pueden pasar varios años hasta que haya una resolución judicial definitiva.
Mientras esté en libertad, la edil deberá cumplir una serie de requisitos, como el de no cambiar de domicilio ni salir del país sin autorización judicial y no mantener contacto directo ni a través de terceros con la denunciante.
Después de esos puntos centrales de la sentencia, la magistrada fue por más.
En primer término, dispuso remitir los antecedentes a la Fiscalía de Turno para que investigue la supuesta comisión de delitos contra la administración pública, tanto por parte de Barrera como de Vivó. Esto es porque, durante el juicio, quedó corroborado que las víctimas eran empleadas municipales, pero en lugar de cumplir funciones para el Estado lo hacían para las necesidades personales de los acusados que, en definitiva, eran sus jefes.
En este punto, cabe remarcar que hay otra causa abierta por delitos económicos contra Pampero, aunque no tiene nada que ver con lo que pidieron investigar ahora.
En el caso que está en proceso, Barrera está imputado por negocios incompatibles con la función pública, dado que se sospecha que era dueño de una empresa que estaba a nombre de un tercero y que tenía la concesión municipal para el mantenimiento de espacios verdes, lo que era incompatible con su rol de funcionario.
En otro punto de la sentencia, Flores solicitó a la Fiscalía de Tercer Turno que le dé “pronta conclusión” a la investigación por delitos de abuso sexual contra una tercera víctima.
Jueza y partes
El juicio estuvo presidido, como dijimos, por la vocal de la Cámara del Crimen, Eve Flores, Secretaría de Gabriela Sanz.
Como fiscal de?Cámara participó René Bosio con el secretario Pedro Diana.
Una de las víctimas fue querellante, asesorada por Alexis Andrada Beilmann, acompañado por Ariel Escandriolo.
La defensa de Vivó fue ejercida por Darío Vezzaro, con la asistencia de Leonardo Monti; mientras que Barrera designó a Luciana Laguzzi y Facundo Rodríguez de la Torre.
La investigación de la causa que ayer tuvo sentencia fue iniciada por la fiscal de Instrucción, Juliana Companys, y cerrada, tras su apartamiento, por Bosio.
