“El tiempo es mi mayor enemigo...”, le dice la firmante a la Justicia

Conmovedor pedido: la encerraron en un geriátrico y le robaron todo

Pide nada menos que “tener la expectativa de obtener un resultado en un plazo prudencial de tiempo y, en mi caso particular, antes de mi fallecimiento”
sábado, 13 de agosto de 2022 · 08:28

A las 9.41 del 27 de julio último, Clara Zárate, DNI 3.713.903, ingresó un escrito al Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y Penal. Lo firmó junto a su abogada, Laura Beatriz Maciel Medina, matrícula profesional 4-442. Y lo hizo tan solo para pedir que se haga justicia en el marco del expediente que lleva el número 10.082.304.

¿De qué se trata? Clara fue enviada a un geriátrico por una nieta y mientras estaba en ese lugar descubrió que le habían robado todo lo que tenía en su casa. Hizo la denuncia correspondiente y el caso fue caratulado como “Avellini, Eliana Sabrina y otros - Denuncia por Violencia Familiar”.

Transcurrió un año y medio desde aquellos penosos sucesos y todavía está esperando que le devuelvan sus pertenencias. 

“Comparezco respetuosamente atento el tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos que motivaron estos obrados y de los que fui víctima, sin que se hayan producido avances que permitan la elevación a juicio o no, de las personas imputadas”, dice inicialmente la nota sellada en la barandilla del citado Juzgado.

 Clara manifiesta en el siguiente párrafo que, en virtud de ello, siente que sus derechos “están siendo vulnerados por la morosidad del procedimiento, porque soy una persona de edad avanzada y el tiempo es mi mayor enemigo”.

Señala que esas son manifestaciones que ya hizo “verbalmente en los estrados del tribunal sin obtener resultados”.

“Por ello, me veo obligada a recordarles la existencia de numerosas convenciones internacionales a las que el país ha adherido, que hablan de los derechos de las personas mayores y las obligaciones de los Estados firmantes...

Me siento maltratada por el sistema judicial. Porque ‘Maltrato’ es definido en el preámbulo de la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos de las Personas Mayores, como la acción u omisión, única o repetida, contra una persona mayor que produce daño a su integridad física, psíquica y moral y que vulnera el goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales, independientemente de que ocurra en una relación de confianza. Porque la omisión en atender mis ruegos respecto a la rápida resolución de esta acción produce daño en mi psiquis y en mi moral y vulnera mis derechos más elementales, como lo es el acceso a la Justicia. No solo implica acceder a un proceso judicial, sino también tener la expectativa de obtener un resultado en un plazo prudencial de tiempo y en mi caso particular, antes de mi fallecimiento”, escribió la mujer.

Y agregó: “También me siento abandonada. Porque ‘Abandono’ es definido en la Convención ya citada, como la falta de acción deliberada o no para atender de manera integral las necesidades de una persona mayor que ponga en peligro su vida o su integridad física, psíquica o moral. Y claro que mi integridad psíquica y moral se encuentra afectada desde el momento que no puedo obtener una pronta respuesta a un justo reclamo”.

“Estas acciones me han impedido acceder a mis legítimos derechos. La atención preferencial y el enfoque diferencial hubiera hecho la diferencia, para el goce efectivo de mis derechos, que como persona mayor me corresponden... Es obligación del Estado y de sus funcionarios: adoptar medidas legislativas, administrativas y de otra índole para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los actos de violencia contra la persona mayor, así como aquellas que propicien la reparación de los daños ocasionados por estos actos. Obligación que es incumplida en mi caso particular, argumentando ante mis reclamos que la prioridad la tienen las personas privadas de libertad. Nada de lo que he planteado verbalmente ha sido escuchado, sigo sin tener respuesta sobre los objetos que me fueron sustraídos o de la compensación económica que pedí en su remplazo”, dijo.

Clara le recordó, además, a los funcionarios intervinientes que “también están obligados a ‘garantizar la debida diligencia y el preferencial a la persona mayor para la tramitación, resolución y ejecución de los procesos administrativos y judiciales’ dentro de ‘plazos razonables’ y no esperar que el transcurso del tiempo los libere de tener que resolver esta causa”.

“Todo esto lo expreso en el marco del derecho a la libertad de expresión y opinión que me corresponde y ejerzo en pleno uso de mis facultades mentales. Por lo expresado pido la aplicación efectiva de toda la normativa con raigambre constitucional que protege los derechos de las personas mayores, para una pronta resolución” de la causa, concluyó Clara en el escrito que hizo llegar a nuestra Redacción con pedido de publicación.

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