Ya lo había pedido la fiscal local y ahora lo hizo la IGJ

Zoe: intervención e inhibición de fondos

sábado, 12 de marzo de 2022 · 08:04

El juez nacional en lo Comercial, Pablo Frick dispuso este viernes la intervención judicial por seis meses de las firmas Generación Zoe SA y Zoe Capital SA y decretó la inhibición general de bienes de sus titulares Leonardo Cositorto y Maximiliano Batista, medida esta última que había sido solicitada por la fiscal villamariense Juliana Companys, aunque en este caso el magistrado atendió un pedido en idéntico sentido de parte de la Inspección General de Justicia (IGJ).

Las medidas dispuestas por la Justicia Comercial se dictaron en el marco de expedientes iniciados a partir de presentaciones realizadas hace una semana por la Inspección General de Justicia (IGJ).

El juez Frick dispuso que la inhibición general de bienes de Cositorto y de su socio Batista sea, en principio, por el período de dos años, medida que ordenó inscribir de inmediato en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y en los Registros de la Propiedad Inmueble de esta ciudad y de la Provincia de Buenos Aires.

Como venimos informando, ambos inhibidos se encuentran prófugos y con pedido de captura internacional librado, precisamente, por Companys en el marco de la causa que se sustancia en esta ciudad por “asociación ilícita” y “estafa”, en la cual otras 18 personas ya se encuentran detenidas.

“No puede pasar desapercibida la trascendencia pública del caso analizado y la naturaleza de las denuncias efectuadas. Parece hallarse en juego la confianza de los inversores particulares (por poco o mucho dinero que hubiesen invertido) y, por lo tanto, el interés general derivado de la captación espuria del ahorro de los ciudadanos”, sostuvo el juez en su resolución.

El magistrado también tuvo en cuenta que la Comisión Nacional de Valores (CNV) había intimado en octubre de 2021 a Generación Zoe SA al cese de actividades de captación de ahorro público y asesoramiento en materia de mercado de capitales, toda vez que la firma no tenía autorización para ello.

“Creo conveniente señalar que la inobservancia de la decisión administrativa de la CNV podría hacer presumir que, de no adoptarse en lo inminente una medida como la requerida, se continuará con la actividad ilícita denunciada”, sostuvo.

“Si bien Generación Zoe SA no se encuentra inscripta como sociedad de capitalización y ahorro, se le atribuye precisamente haber desarrollado esa intermediación o captación (acaso escudada en supuestos servicios “educativos” o afines) sin la debida autorización; cuestión que prima facie afectaría gravemente el interés público”, señaló el juez.

“Finalmente, tampoco escapa a mi conocimiento el hecho de que, conforme a lo informado por la IGJ, los únicos socios de Generación Zoe serían el director titular Leonardo Cositorto y el suplente Maximiliano Batista, quienes, según trascendió públicamente, estarían en el exterior y respecto de quienes se habrían emitido órdenes de captura internacional en el marco de causas criminales en curso”, concluyó.

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