Juicio por el crimen del niño pampeano de 5 años
La Fiscalía dio por probado que madre y pareja golpearon a Lucio
Recién se conocerá la sentencia el 2 de febrero del año próximo(Edición impresa). Después de 18 audiencias, concluyó ayer el juicio oral por el homicidio de Lucio Abel Dupuy, el niño de 5 años que murió el 26 de noviembre del año pasado. Durante los alegatos finales, que se extendieron durante casi seis horas, el Ministerio Público Fiscal acusó a Magdalena Espósito Valenti, la madre del pequeño, y su pareja, Abigail Páez, por “homicidio calificado y abuso sexual gravemente ultrajante”. Sin embargo, no pidió penas porque previamente habrá un juicio de cesura. La sentencia sobre la autoría y responsabilidad penal recién se conocerá el 2 de febrero al mediodía.
Las acusaciones
En su alegato de cierre, la fiscal Verónica Ferrero -que estuvo acompañada por el fiscal general Máximo Paulucci y por su par Mónica Rivero- dio por probado que aquel día las acusadas “agredieron físicamente, en forma conjunta”, a Lucio entre las 17.30 y las 19.40 ocasionándole múltiples lesiones; y agregó que esas lesiones le provocaron la muerte luego de un período de agonía.
Ferrero, basándose en la autopsia, habló de un maltrato físico continuo y consideró que también quedaron acreditados los abusos sexuales en reiteradas ocasiones.
Por ello, acusó a Espósito Valenti, la madre, de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la ascendiente (progenitora), con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía.
A Páez, pareja de la madre, le imputó abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía
Teniendo en cuenta esas calificaciones legales, si el Tribunal de Audiencia diera por cierta la versión de los hechos del Ministerio Público Fiscal, a las acusadas les correspondería la pena de prisión perpetua. Por esa razón, Ferrero solicitó que se deje sin efecto la audiencia de imposición de pena (juicio de cesura) y directamente se dicte la sentencia.
Querellante
El apoderado de la querella particular, José Mario Aguerrido -que representa al padre de Lucio, Christian Dupuy-, adhirió a esas calificaciones legales y agregó la agravante de “odio de género” para el homicidio. Sostuvo que esa fue la motivación para matar a Lucio y que ello quedó probado a partir del nivel de “violencia continua” que existió hacia el niño.
El querellante avaló la teoría de la Fiscalía de que Espósito Valenti y Páez estaban en el departamento de la calle Allan Kardec cuando Lucio recibió la golpiza. Dijo que “ambas lo atacaron o la atacó una y la otra no hizo nada para evitarlo”. Por eso afirmó que las dos fueron responsables por acción u omisión.
Defensas
Por su parte, Blanca Gómez, defensora oficial de Páez, afirmó que no existió un homicidio agravado, sino un homicidio preterintencional, es decir, que no existió dolo (intencionalidad) y que la imputada -que admitió haberle pegado a Lucio- no buscó el resultado muerte. Por eso enumeró siete conductas que la imputada ejecutó para evitar el deceso del niño. Entre ellas mencionó la práctica de RCP para reanimarlo, su traslado a la posta sanitaria del barrio Atuel, la búsqueda de ayuda en la Policía y el llevarlo al Hospital Evita. “Son conductas que deben ser valoradas de que no quiso matar”, le manifestó a la jueza Alejandra Ongaro y a los jueces Daniel Sáez Zamora y Andrés Olié. A su vez, cuestionó las conclusiones de la autopsia.
La defensa aseveró que “ninguna de las tres agravantes” planteadas por el Ministerio Público Fiscal para el homicidio quedaron probadas, agregando que en el peor escenario pudo existir un homicidio simple con dolo eventual. Con respecto a la acusación de abuso sexual, pidió la absolución de Páez por el beneficio de la duda. Y aseveró que la mediatización del caso provocó un “estado de indefensión” en la imputada.
A su turno, el defensor oficial Pablo De Biasi pidió la absolución de Espósito Valenti por ambos delitos. Aseguró que “en el lugar de los hechos hubo una persona y no dos” y descartó la coautoría del homicidio. “La única testigo fue Abigail”, acotó. También descartó cualquier responsabilidad de la madre por omisión. En forma subsidiaria planteó que, si fuera hallada culpable, solo podría imputársele una conducta preterintencional.
