Aquel sonado caso de la “Soja negra” y la evasión fiscal
En una de las dos causas, Cuello y compañía fueron absueltos
Los magistrados cordobeses aplicaron el principio que establece que no se puede juzgar a una persona dos veces por lo mismo. En el otro proceso aguardan una resolución similar luego de acogerse a los beneficios de las leyes de amnistía fiscal sancionadas en 2016 por el Gobierno anteriorEl Tribunal Oral Federal (TOF) Nº 2 de Córdoba, presidido por Carolina Prado, absolvió en una de las dos causas por evasión en las que estaban involucrados el riotercerense Fernando Cuello y otra decena personas de esa ciudad y localidades aledañas, las que se conocieron periodísticamente bajo el título de “Soja negra”.
“En la causa federal Fernando Cuello II y bajo un principio básico jurídico, ‘Non bis in idem: no juzgar a una persona dos veces por lo mismo’, el TOF decidió absolver a Cuello como supuesto autor del delito de lavado de activos de origen delictivo agravado por haberse realizado con habitualidad y en el marco de una asociación o banda”, explicó el abogado defensor José Cabanillas, quien llevó el caso junto a Leonardo Monti, ambos del estudio que encabeza el exfiscal general Darío Vezzaro.
El letrado indicó asimismo que, además de Cuello, el Tribunal absolvió a Sergio Luis Guevara, Rubén Omar Di Primo, Miguel Ángel Ortega, Diego Gastón Ludueña, Jorge Ricardo Ferrer, Rubén Ceva, Rolando Oscar Martín, Omar Cismondi, Walter Fabián Cabrera y Rafael Vega.
Un repaso
“La causa judicial contra Cuello y los demás comenzó en 2008 por una denuncia de violación de la Ley de Estupefacientes. Luego de no encontrar ningún motivo, desde la Fiscalía de Instrucción de la ciudad de Villa María, a cargo de María Schianni, bajo la tutela del juez Roque Rebak, se ordenó un megaoperativo que incluyó allanamientos a 21 personas, mucho de ellos oriundos de Río Tercero, todos acusados luego por evasión fiscal, apropiación indebida de tributos y lavados de activos”, repasó.
Cabanillas añadió que “esa causa se elevó a juicio y en junio de 2021 y se conocieron los fallos del TOF 2, que actualmente están en Casación para su revisión. Los condenados de la causa fueron un total de 21. A Luis Fernando Cuello lo condenaron por ser culpable de asociación ilícita tributaria, en calidad de jefe. Entre los acusados también estaba quien había sido pareja de Cuello, Natalia de los Ángeles Paulus, quién falleció durante el proceso”.
Blanqueo de capitales
En el año 2016, en la presidencia de Mauricio Macri se crearon las leyes 27.653 y 27.541 denominadas de Blanqueo de capitales o de Amnistía fiscal, sustentadas en una “reparación histórica” a jubilados.
Los beneficiarios de esa ley, podrían abonar ante AFIP y no solo licuar sus deudas, sino también quedar absueltos de las causas judiciales relacionadas con los delitos fiscales (a excepción de las que contaran con condena firme).
Según se pudo saber, Fernando Cuello y el contador Rubén Ceva se acogieron a la ley pagando la denominada deuda ante AFIP (más de 40 millones de pesos) y beneficiando a todos los involucrados en la causa.
Según su abogado, ahora esperan que la condena de la Causa Cuello I se deje sin efecto por tal proceder.
En esa causa de Cuello I, el contador riotercerense Rubén Rodolfo Ceva fue declarado culpable de ser coautor de los delitos de asociación ilícita tributaria, evasión agravada y apropiación indebida de tributos. Recibió una condena de cinco años y seis meses de prisión, inhabilitación por el mismo tiempo para ejercer como contador
En tanto, Jorge Ricardo Ferrer y Sergio Luis Guevara, conocidos comercializadores de granos, fueron condenados a cinco años de prisión por ser coautores del delito de asociación ilícita tributaria. Además, fueron inhabilitados por el mismo tiempo a comercializar granos y ambos deberán pagar una multa de 90 mil pesos.
Por otra parte, Julio Daniel Luján y Daniel Ramón Pelayes (agente de la Policía de la Provincia de Córdoba) fueron condenados a cuatro años de cárcel, también considerados coautores de los delitos de asociación ilícita tributaria.
En el caso de Félix Armando Cabral, Julio Omar González, Marcelo Alberto Sbagzdis, Pablo Martín Zotello, Juan José Ros y María Fernanda Farías, fueron absueltos de la causa. Y a Diego Gastón Ludueña, Rosendo César González, Néstor Rubén Beltrame, Rubén Omar Di Primio, Miguel Ángel Ortega, Matías Elvio Giuggioloni y Horacio Omar Cismondi se les impuso una pena de dos años y seis meses de prisión, de ejecución condicional por ser partícipes secundarios del delito de asociación ilícita tributaria.
