Seguirán detenidos - Así lo dispuso el fiscal del Tercer Turno, René Bosio

Preventiva para los gendarmes acusados de violar a una menor

Se trata de Omar Ingolotti y Emanuel Miranda, a quienes se les atribuye haber abusado sexualmente de una chica de 14 años. Ambos revistaban en la Unidad de Investigación de Delitos Complejos y Procedimientos Judiciales de Gendarmería, en Villa María
miércoles, 30 de junio de 2021 · 07:00

El fiscal de Instrucción del Tercer Turno, René Bosio, dictó ayer la prisión preventiva de los gendarmes Omar Ramón Ingolotti (37) y Emanuel Gastón Miranda (28), acusados de haber violado a una menor de 14 años, para luego abandonarla en la zona de la costanera villamariense, el pasado 7 de febrero.

Ingolotti está imputado como presunto autor de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser miembro de una fuerza de seguridad”, un delito que es castigado con hasta 20 años de prisión, mientras que a Miranda se le atribuye la supuesta autoría del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser miembro de una fuerza de seguridad” (ver “Qué dice la ley”).

 

El lugar de trabajo...

Al momento de ser arrestados, a media mañana del viernes 11 de junio, ambos uniformados prestaban servicios en la Unidad de Investigación de Delitos Complejos y Procedimientos Judiciales de Gendarmería Nacional, que en Villa María tiene sede en calle Jujuy 1454, un inmueble en el que también estaba viviendo Ingolotti. Miranda, en tanto, registra domicilio particular en un complejo habitacional ubicado en Rucci 653.

Inicialmente, ambos funcionarios fueron alojados en la Alcaidía policial de barrio San Justo, pero luego de ser indagados (el lunes 14, oportunidad en la que se abstuvieron de declarar), fueron trasladados al penal de Bouwer, próximo a la capital provincial, más precisamente a un pabellón reservado para integrantes de fuerzas de seguridad que se encuentran en proceso judicial.

Por lo pronto, la medida de coerción dictada por el fiscal Bosio dejará a Ingolotti y Miranda entre rejas mientras continúa la investigación del grave delito que se les atribuye que habría ocurrido horas antes de que la víctima fuera auxiliada por personal de Seguridad Ciudadana, el domingo 7 de febrero del corriente año.

 

Sola y “confundida”

Según la instrucción de la causa, la menor fue hallada abandonada por los agentes municipales alrededor de las 5 de la madrugada en las inmediaciones de las avenidas Elpidio González y Salomón Gornitz, cerca de la costa del río Ctalamochita, en barrio Palermo.

En la ocasión, la adolescente (quien está afincada en un pueblo de la región) les contó a los inspectores que se encontraba “confundida” ya que había sido abandonada “por dos tipos” que habían abusado sexualmente de ella horas antes.

A partir de allí y como consecuencia de la investigación del caso, la Justicia dispuso la detención de Ingolotti y Miranda, que se concretó cuatro meses más tarde. Asimismo, la Policía secuestró un automóvil Chevrolet Onix, propiedad de Miranda, y los teléfonos celulares de los gendarmes.

De acuerdo con la instrucción judicial, uno de ellos se contactó con la menor a través de las redes sociales durante las últimas horas del sábado 6 de febrero y luego ambos la fueron a buscar en el Chevrolet a la localidad de donde es oriunda.

Bajo circunstancias que son materia de investigación, los acusados se encontraron con la jovencita en la plaza del pueblo y la trajeron a Villa María apenas pasada la medianoche del sábado 6 y se dirigieron a una zona de la costanera cercana al puente Presidente Perón, donde tomaron bebidas alcohólicas.

 

... el lugar del abuso

En un determinado momento la adolescente empezó a sentirse mal, por lo que la llevaron hasta la vivienda de calle Jujuy al 1400, donde vive Ingolotti y ambos gendarmes trabajaban.

Todo indica que la menor fue abusada sexualmente en dicho inmueble durante algunas horas, para luego llevarla hasta la zona de la costanera de barrio Palermo, donde la abandonaron a su suerte, hasta que fue rescatada por los efectivos de Seguridad Ciudadana.

Ese mismo domingo 7, tras la intervención del fiscal Bosio, la víctima fue llevada al Hospital Regional Pasteur, donde se obtuvieron muestras genéticas que luego fueron enviadas a la Sección Química Legal de la Policía Judicial de Córdoba, que se encargó de conservarlas.

Ahora, la Justicia deberá cotejar ese material genético obtenido con los análisis de ADN que, oportunamente, se realizarán a ambos gendarmes a los efectos de confirmar o descartar si abusaron de la menor que los denunció.

Pudo saberse también que los celulares secuestrados están siendo peritados por especialistas de la Sección Informática Forense de la Policía Judicial para determinar si Ingolotti y Miranda mantuvieron algún tipo de contacto telefónico con la chica aquella noche.

El instructor de la causa dijo a El Diario que todavía falta realizar pericias interdisciplinarias a la víctima y sus presuntos victimarios (psiquiátrica y psicológica), además de otras medidas procesales.

Finalmente, cabe señalar que Ingolotti nació en la localidad formoseña de Clorinda, el 14 de marzo de 1984, mientras que Miranda es oriundo de Coronel Juan Sola (también conocida como Estación Morillo), en la provincia de Salta, el 10 de mayo de 1993.

 

Qué dice la ley

El artículo 119 del Código Penal de la Nación establece que “será reprimido (…) el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

En tanto, el tercer párrafo de dicha norma legal precisa que “la pena será de seis a 15 años de reclusión o prisión cuando, mediando las circunstancias del primer párrafo, hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías”.

Sin embargo, la situación de los gendarmes es más complicada aún, ya que el cuarto párrafo del mismo artículo especifica que “la pena será de ocho a 20 años de reclusión o prisión si... e) el hecho fuere cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales o de seguridad, en ocasión de sus funciones”.

 

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