Los graves hechos que se le atribuyen habrían sido cometidos durante 2019

Juzgarán al inspector de Tránsito acusado de abusar de una menor

Se trata de Néstor Ferreyra, un excabo de la Policía de la Provincia que fue detenido el 19 de febrero, luego de que el padre de la víctima formulara la denuncia en los Tribunales locales. Si es declarado culpable, recibirá una pena de entre 10 y 12 años de prisión
miércoles, 28 de abril de 2021 · 07:00

El fiscal René Bosio elevó ayer a juicio la causa penal que se le sigue a Néstor Antonio Ferreyra (39), un inspector de Tránsito de la Municipalidad de Villa María que está acusado de haber abusado sexualmente de una nena de 8 años que, al momento de los hechos, integraba su entorno familiar, aunque de manera indirecta.

El presunto agresor sexual, quien fue cabo de la Policía de la Provincia de Córdoba y cumplió tareas en esa fuerza de seguridad desde 2009 hasta 2014 (fue dado de baja en noviembre de 2015 por “faltas gravísimas” cometidas mientras se desempeñaba en la Policía Caminera), también está sospechado de haber fotografiado desnuda a la menor.

Nacido en Villa María el 14 de marzo de 1982 y domiciliado en Tucumán al 2800, en barrio San Martín de esta ciudad, Ferreyra está imputado como supuesto autor de “abuso sexual con acceso carnal, doblemente agravado por la situación de convivencia preexistente y por la guarda de hecho”; “producción de representación de partes genitales de menores de 18 años con fines predominantemente sexuales, agravada”, y “coacción”.

Al momento de ser detenido, el pasado 19 de febrero, estaba trabajando en el área de Seguridad Ciudadana, dependencia municipal a la que había llegado cuatro años y medio antes, después de ser echado de la Policía provincial.

La Justicia local tomó cartas en el asunto a principios de febrero, cuando el padre de la menor se presentó en la Fiscalía de Instrucción del Tercer Turno para denunciar los hechos que le había contado su hija, que actualmente tiene 10 años.

A partir de allí, Bosio inició una rápida y minuciosa investigación que incluyó la realización de una sesión de Cámara Gesell a la víctima. Y como consecuencia del resultado de dicha pericia, ordenó la detención de Ferreyra, a quien le dictó la prisión preventiva el 9 de marzo.

 

La filmó y le sacó fotos

Al allanar el domicilio del sospechoso, la Policía secuestró distintos elementos relacionados con la causa, entre ellos un teléfono celular con el que le tomó fotos y videos de las partes pudendas de la niña.

En relación a la acción delictiva desarrollada con el dispositivo, el fiscal lo acusó como presunto autor de “producción de imágenes pornográficas de menores de 18 años, agravada”, pero también le atribuyó el delito de “coacción” ya que, según contó la víctima, Ferreyra la intimidó diciéndole que no debía contar “nada de eso”, o de lo contrario tendría “problemas” con él.

 

Después abusó de ella

En tanto, a partir del testimonio prestado por la menor en la Cámara Gesell, surgió que el acusado la sometió sexualmente algún tiempo después de haberla fotografiado y filmado desnuda en fechas no precisadas con exactitud, pero durante el transcurso de 2019.

Luego de ser detenido y de pasar unos días en la Alcaidía policial de barrio San Justo, Ferreyra fue trasladado al Establecimiento Penitenciario Nº 5 y designó como defensora a la abogada Silvia Medina, quien lo asistió legalmente durante la indagatoria realizada en la Fiscalía una semana después del arresto.

 

Un delito muy grave

El más grave de los delitos por los que está acusado tiene una escala penal que va de los ocho a los 20 años de prisión. Nos referimos al “abuso sexual con acceso carnal, doblemente agravado” por ser cometido en perjuicio de una menor de edad.

Pero si se tiene en cuenta que al inspector de Tránsito también se le atribuyen otros graves hechos en perjuicio de la misma víctima, es muy probable que, al momento del juicio oral, la Fiscalía de la Cámara del Crimen solicite una condena de entre 10 y 12 años de cárcel.

Si bien para esa instancia procesal todavía falta mucho, es oportuno proyectar cuál puede ser la suerte del expolicía.

 

Qué dice la ley

El “abuso sexual con acceso carnal” es legislado por el artículo 119 del Código Penal de la Nación.

Dicha norma legal establece que “será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

Sin embargo, el cuarto párrafo del mismo artículo precisa que “la pena será de ocho a 20 años de prisión si... b) el hecho fuere cometido por (...) encargado de la educación o de la guarda, y f) contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.

 

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