Por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”
Condena en suspenso y libertad luego de 355 días “a la sombra”
La sanción recayó en José “Cucú” Arce, un changarín del Mercado de Abasto al que le secuestraron marihuana y otros elementos relacionados con la actividad de narcomenudeo que desarrollaba en su casa de barrio Las PlayasEl juez Félix Martínez le impuso ayer una condena de tres años de prisión de ejecución condicional a un narcomenudista que tenía marihuana en su domicilio y ordenó su libertad, luego de declarar la inconstitucionalidad de la escala penal establecida por la legislación vigente para el delito que se le atribuía.
Se trata de José Hernán Arce (33), un convicto primario que fue declarado autor responsable de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” por un hecho delictivo desbaratado por la Policía de Villa María el 29 de marzo de 2020 en la vivienda ubicada en Marcelo T. de Alvear 2729, frente a las vías del ferrocarril, en barrio Las Playas.
La detención
Durante el procedimiento, al que luego se sumaron efectivos de la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA), se secuestraron 14 gramos de picadura de marihuana lista para ser comercializada, seis paquetes de papel para armar cigarrillos (“porros”) y otros elementos de corte, además de dos teléfonos celulares y 26.000 pesos en efectivo, producto de la venta ilegal de dicha sustancia.
Luego de que Arce admitiera su culpabilidad en el hecho que se le atribuía y se incorporara la prueba “por lectura”, el presidente del tribunal escuchó los alegatos de las partes.
El pedido del fiscal
En primera instancia, el fiscal Francisco Márquez dio por acreditado el hecho en base a la confesión del acusado y a las pruebas colectadas en el expediente, y luego solicitó una pena de cuatro años de prisión efectiva, el mínimo de la escala penal prevista en el artículo 5º, inciso “c”, de la Ley de Estupefacientes Nº 23.737.
Dicha norma establece que “será reprimido con prisión de cuatro a 15 años y multa (…) el que, sin autorización o con destino ilegítimo… c) comercie con estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte”.
Planteo del defensor
A su turno, el abogado defensor Maximiliano Ortega (foto) planteó la inconstitucionalidad de la escala penal y reclamó una sanción de tres años en suspenso y el mínimo de multa. Para ello, invocó un conocido fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Provincia, de octubre de 2016, que declaró inconstitucional la sanción prevista “para el último eslabón del comercio de estupefacientes” y sostuvo que el mínimo legal “viola el principio de proporcionalidad de las penas y de igualdad ante la ley”.
En ocasión de resolver un recurso de casación en la causa “Loyola, Sergio Alejandro, por supuesto autor de comercialización de estupefacientes”, el TSJ cordobés sentó jurisprudencia en la materia y cada vez que una persona es juzgada por ese delito, la Defensa invoca dicho fallo y solicita que la condena sea de tres años.
El fallo del juez
Finalmente, al dictar sentencia, el juez Martínez hizo lugar a todo el planteo de Ortega, ya que condenó a Arce a tres años de cárcel en suspenso, le impuso una multa de 20.000 pesos (el mínimo que fija la ley) y ordenó su libertad, la que se efectivizó a las 4 de la tarde.
Asimismo, el magistrado dispuso que el condenado cumpla con una serie de reglas de conducta, como fijar domicilio, no ausentarse ni mudarse sin previa autorización judicial y, sobre todo, abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y bebidas alcohólicas.
Arce, alias “Cucú”, nació en Villa María el 19 de mayo de 1987 y al momento de ser detenido trabajaba como changarín en el Mercado de Abasto. La de ayer fue su primera condena.
