Juicios por videoconferencia en la Cámara del Crimen de Villa María
Uno fue condenado por violación y otro, por asaltar con un cuchillo
Maximiliano Román recibió una pena de ocho años de prisión por abusar sexualmente de una menor en 2014 y por otros hechos delictivos cometidos a comienzos de 2019. En tanto, a Mayco Galíndez le impusieron cinco años de cárcel por un “robo calificado”Dos villamarienses fueron condenados ayer en los Tribunales locales, en sendos juicios presididos por los magistrados Eve Flores de Aiuto y Félix Martínez. Se trata de Maximiliano Roberto Román (31) y Mayco Marcelo Galíndez (23), quienes recibieron penas de ocho y cinco años de prisión efectiva, respectivamente.
Román fue declarado autor responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal”, “robo”, “violación de domicilio”, “amenazas”, “lesiones leves” y “desobediencia a la autoridad”, mientras que Galíndez reconoció su culpabilidad en un hecho de “robo calificado por uso de arma” con cuchillo y recibió su tercera sanción penal en poco más de cuatro años, por lo que fue declarado reincidente.
Si bien las dos audiencias de debate se realizaron por videoconferencia a raíz de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus, el juicio al primero de los condenados fue a puertas cerradas porque el más grave de los ilícitos que se le atribuían era de instancia privada.
Ambos convictos (cada uno a su turno) comparecieron desde la cárcel de barrio Belgrano a través del sistema de videoconferencia, mientras que la jueza Flores lo hizo desde su domicilio, en la ciudad de Córdoba. El resto de los actores judiciales se dieron cita en la sala de audiencias de la Cámara del Crimen local.
El primer juicio
Maximiliano Román llegó a juicio procesado en tres causas diferentes y está detenido desde hace un año y medio (marzo de 2019) por un robo, al que luego se le anexaron otros dos procesos penales: uno por hechos de violencia de género, en perjuicio de su expareja, y otro por la presunta violación de una adolescente de 14 años, en 2014.
A poco de comenzada la audiencia, el acusado admitió su responsabilidad en casi todos los hechos, pero negó terminantemente haber abusado de la menor.
Al declarar sobre condiciones personales dijo haber nacido en Villa María en 1989, que al momento de ser detenido se ganaba la vida como albañil y que no tiene apodo, aunque sus amigos lo llaman Gordo Maxi.
Posteriormente, el fiscal Francisco Márquez y los abogados defensores, Joaquín Raúl González y Teodora Perassi Silva, acordaron incorporar por lectura toda la prueba colectada en el expediente y luego emitieron sus conclusiones, sobre todo en lo relacionado con el hecho que Román dijo no haber cometido.
En las conclusiones, el titular del Ministerio Público mantuvo la acusación y solicitó una condena de ocho años de cárcel, al tiempo que González solicitó la absolución de su cliente por entender que no hubo delito, fundamentando su posición en algunos testimonios y sobre todo en las pericias médica y ginecológica que se le practicaron a la víctima, quien actualmente tiene 19 años.
El Diario pudo saber que el abuso se produjo a mediados de julio de 2014 en la casa de un amigo de Román, quien por entonces tenía 25 años. Según la acusación, la hermana del dueño de casa era amiga de la menor.
Aquella causa de vieja data quedó virtualmente paralizada, pero se “reflotó” a comienzos de 2019, cuando el ahora condenado sujeto fue detenido por robar materiales de construcción en una obra. Previo a eso, se le había iniciado un proceso penal por hechos de violencia de género denunciados por su expareja.
Poco después de conocer el veredicto condenatorio de la jueza Flores, el joven abogado González adelantó a este medio que aguardará conocer los fundamentos de la sentencia, pero que igualmente recurrirá el fallo en casación ante el Tribunal Superior de Justicia.
Mientras tanto, Román continuará alojado en el Establecimiento Penitenciario Nº 5. Y si la condena queda firme o es ratificada en una nueva instancia procesal, deberá cumplir íntegramente la sanción impuesta ya que no podrá acceder a la “libertad condicional” pese a ser un convicto primario.
Al respecto, cabe señalar que el artículo 14 del Código Penal de la Nación establece que “la libertad condicional (...) no se concederá cuando la condena fuera por... 2º) delitos contra la integridad sexual”.
En definitiva, Román recién podría salir de la cárcel en marzo de 2027, cuando complete los ocho años de prisión aplicados en la víspera.
Tercera condena
El segundo juicio realizado ayer en la Cámara del Crimen fue mucho más breve. En efecto, Mayco Galíndez confesó lisa y llanamente el único hecho que se le atribuía y posibilitó que la audiencia se realizara bajo la modalidad de “trámite abreviado”.
Luego de que las partes decidieran incorporar por lectura toda la prueba, el fiscal Márquez y la defensora oficial Silvina Muñoz coincidieron en sus alegatos al solicitar una pena de cinco años de prisión, con declaración de reincidencia, pactada previamente si el acusado se declaraba culpable.
González admitió haber perpetrado un asalto utilizando un cuchillo, pero atribuyó su conducta delictiva al serio problema de adicción a las drogas (cocaína y marihuana) y el alcohol que padece.
Nacido en esta ciudad el 16 de enero de 1997, este convicto reincidente estaba desempleado al momento de ser detenido y registra último domicilio en Intendente Reyno y Catamarca, en barrio Nicolás Avellaneda.
En la sentencia, el juez Martínez dispuso que el condenado deberá someterse a tratamiento médico para tratar su problema de adicción, que deberá ser coordinado por el Servicio Penitenciario de Córdoba.
En materia de antecedentes penales, González fue sancionado otras dos veces: en mayo de 2016 (tres años en suspenso) y en abril de 2018 (seis meses efectivos), en ambos casos por delitos contra la propiedad.
Caso Solange: Ochoa se declaró incompetente
El juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, se declaró incompetente para entender en la denuncia penal presentada por el padre de Solange Musse. Se trata de la mujer de 35 años que solicitó ver a su padre mientras cursaba una enfermedad. Musse solicitó a la Justicia que investigue las responsabilidades de las autoridades provinciales al negarle el ingreso a la provincia. En primer lugar, el juez Ricardo Bustos Fierro, a cargo del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Córdoba, decidió remitir la causa a su par de Río Cuarto por cuestión territorial.
