Juicio abreviado - Uno recuperó la libertad y el otro saldrá la semana que viene

Condenados por cometer asaltos en la Villa con armas de juguete

Se trata de Jonathan Velázquez y Pablo Díaz, quienes recibieron penas de tres años de prisión, el primero de cumplimiento efectivo y su cómplice en suspenso. Los hechos fueron cometidos en agosto de 2018 en un maxiquiosco y una heladería
sábado, 25 de julio de 2020 · 09:00

Un albañil y un pintor villamarienses fueron condenados ayer en la Cámara del Crimen local por haber intervenido en atracos en los que utilizaron armas de utilería, en un juicio abreviado en el que confesaron los hechos delictivos que se les atribuían.

Jonathan Manuel Velázquez (23) y Pablo Ezequiel Díaz (36) fueron detenidos y procesados por un par de causas en común, ya que participaron en un asalto perpetrado el 28 de agosto de 2018 en una heladería ubicada en el ingreso al barrio Bello Horizonte, además de protagonizar un incidente con la Policía al oponerse a un arresto.

En tanto, Velázquez también estaba acusado por otro robo de similares características al mencionado, cometido el día anterior en un maxiquiosco de Mendoza y avenida Porfirio Seppey, además de habérsele secuestrado -en otro procedimiento- un arma de fuego que sí era operativa.

Un tercer implicado en el hecho de “resistencia a la autoridad”, que está en libertad, no compareció en la audiencia ya que se encuentra cumpliendo una estricta cuarentena, en el marco de la pandemia de coronavirus. Se trata del también albañil Kevin César Chávez (20), quien permanece alojado en su casa de la vecina localidad de Tío Pujio.

 

Videoconferencia

Como es práctica habitual a raíz de la emergencia sanitaria, la audiencia se realizó a través del sistema de videoconferencia desde tres puntos diferentes: la jueza Eve Flores de Aiuto presidió las deliberaciones desde su domicilio particular, ubicado en la ciudad Córdoba; los dos convictos lo hicieron desde la cárcel de barrio Belgrano, mientras que el fiscal Francisco Márquez, el abogado Antonio Alarcos (Velázquez) y el asesor letrado Diego Julián (Díaz) se reunieron en el recinto del quinto piso de Tribunales.

Como ambos presidiarios admitieron su culpabilidad en los ilícitos que se les endilgaban, el debate se llevó a cabo bajo la modalidad de “trámite abreviado”, lo que permitió que pudiera concretarse un acuerdo al que habían llegado el acusador público y los defensores.

En efecto Márquez solicitó una pena de tres años de prisión efectiva para Velázquez, e idéntica sanción para Díaz, pero de ejecución condicional, postura a la que luego adhirieron Alarcos y Julián, respectivamente.

Díaz pudo recuperar la libertad momentos más tarde, mientras que Velázquez será excarcelado la semana venidera, ya que por el tiempo que lleva entre rejas está en situación de obtener la “libertad condicional”.

 

Los dos asaltos

El 27 de agosto de 2018, alrededor de las 23.20, Velázquez y otro sujeto que nunca fue identificado, quienes se conducían en una motocicleta tipo 110, de color negro, irrumpieron en el maxiquiosco ubicado en calle Mendoza al 2100, en barrio Lamadrid, frente al Centro Cívico.

Al local ingresó el primero de los sujetos y, empuñando una pistola negra, apuntó a la cabeza del empleado y lo amenazó de muerte para que le diera el dinero que había en la caja registradora. De ese modo, se apoderó de unos 1.000 pesos en efectivo y una campera, para luego darse a la fuga.

Al día siguiente, nuevamente Velázquez, pero en este caso acompañado por Díaz, llegó en la misma moto a una heladería ubicada en la primera cuadra de avenida Universidad, donde intimidó a la empleada con un revólver de color gris opaco, y le sustrajo 800 pesos y un teléfono celular LG antes de escapar.

Las investigaciones desarrolladas poco después permitieron establecer que las armas utilizadas eran réplicas o de juguete, y por ende no operativas, por lo que los dos asaltantes fueron procesados como coautores del delito de “robo calificado” legislado por el artículo 166 del Código Penal de la Nación

Al respecto, el último párrafo de dicha norma legal establece que “si se cometiere el robo con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudiera tenerse de ningún modo por acreditada, o con un arma de utilería, la pena será de tres a 10 años de prisión”.

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