Juicio abreviado inicial - Les impusieron un año en suspenso y recuperaron la libertad
Juzgados y condenados a solo 54 días de haber cometido un robo
Se trata de los hermanos Fabián y Dylan Flores, quienes confesaron el hecho ocurrido el pasado 11 de abril en un comercio de Villa María
Los hermanos Fabián Agustín (21) y Dylan Flores (19) fueron condenados ayer a un año de prisión de ejecución condicional por un robo perpetrado hace poco más de un mes y medio en un comercio villamariense, en el marco de un juicio abreviado inicial realizado en la Cámara del Crimen local.
La audiencia de debate se realizó por videoconferencia y fue presidida por la jueza de Control, María Soledad Dottori, y contó con la participación de la fiscal que instruyó la causa, Juliana Companys, y el abogado defensor, Martín Mattea.
Los hermanos Flores, quienes participaron de las deliberaciones desde la cárcel de barrio Belgrano, se declararon culpables del hecho cometido alrededor de las 2 de la madrugada del sábado 11 de abril en el centro de distribución de la firma Cánadez (venta de productos y accesorios para peluquerías), ubicado en bulevar Alvear 1260, en barrio Rivadavia.
Luego de forzar una puerta que da al patio del negocio, los ladrones se llevaron tres televisores led (dos de 42 pulgadas y uno de 32), varias máquinas de cortar el pelo, secadores de pelo, planchas para el pelo, además de productos cosméticos tales como shampoo y cremas de enjuague, y varias botellas de vino. Para escapar, abrieron el portón levadizo del frente del negocio.
La rápida intervención de la Policía posibilitó que fueran detenidos a las pocas cuadras, además de recuperarse todos los elementos robados.
Además del atraco, los hermanos Flores violaron el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto por el Gobierno nacional por la pandemia de coronavirus, infringiendo así el artículo 205 del Código Penal, que reprime con prisión de seis meses a dos años a quien no acate “las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
Como la pena impuesta fue de ejecución condicional, a lo que se sumó la ausencia de antecedentes penales, los dos pudieron recuperar la libertad una vez concluido el juicio, por lo que abandonaron la cárcel poco después del mediodía.
De todos modos, la jueza Dottori les impuso una serie de reglas de conducta que deberán cumplir a rajatabla (no cometer nuevos delitos y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes) si no quieren volver a prisión.
