Juicio abreviado - Confesión y condena en otro debate por videoconferencia

Diez años y ocho meses de cárcel para un homicida de Villa Nueva

La pena recayó en José Luis Cornejo, quien en horas de la madrugada del 31 de mayo de 2019 le disparó cuatro veces a Mario Alberto Gómez en la vía pública. Uno de los proyectiles ingresó por un ojo y quedó alojado en el cráneo. Falleció 36 horas después en el Hospital Pasteur
jueves, 11 de junio de 2020 · 08:00

Al cabo de un juicio de trámite abreviado, en el que el acusado se declaró culpable del grave hecho que se le atribuía, la camarista Edith Lezama de Pereyra le impuso ayer una condena de 10 años y ocho meses de prisión efectiva a José Luis Cornejo (36) por el asesinato de Mario Alberto Gómez (34), ambos domiciliados en Villa Nueva.

Cornejo siguió las alternativas de la audiencia de debate desde la cárcel de barrio Belgrano, a través del sistema de videoconferencia, mientras que en el quinto piso de Tribunales se dieron cita la magistrada, el fiscal Francisco Márquez, la asesora letrada Silvina Muñoz y la secretaria Gabriela Sanz.

La confesión lisa y llana del crimen por parte del acusado posibilitó que el proceso se abreviara, omitiéndose de ese modo la recepción de pruebas testimoniales en el recinto de la Cámara del Crimen local.

Previo a las deliberaciones, el acusador público y la defensora oficial habían pactado solicitar en sus alegatos el mínimo de la sanción prevista para el “homicidio simple, agravado por uso de arma de fuego”, un delito que tiene una escala penal que va de los 10 años y ocho meses a los 33 años y cuatro meses de prisión, a tenor de lo que establecen los artículos 79 y 41 bis del Código Penal de la Nación (ver “Qué dice la ley”).

 

Confesó el crimen y luego pidió perdón

Tras la lectura de la pieza acusatoria y luego de admitir la autoría del crimen, Cornejo dijo brevemente que no sabía por qué había hecho “esa barbaridad”, al tiempo que se mostró arrepentido, ya que pidió perdón a sus familiares y a los de la víctima de su violento proceder.

Luego llegó el momento de los alegatos y finalmente la lectura del veredicto, que dejará al homicida tras las rejas durante al menos siete años, un mes y 10 días, es decir, las dos terceras partes de la condena.

Como se trata de un convicto primario, con buena conducta y una pericia psicológica favorable, Cornejo podrá obtener la “libertad condicional” cuando complete los dos tercios de la sanción impuesta. Y como está detenido desde pocas horas después de herir mortalmente a Gómez, estará en situación legal de ser excarcelado a mediados de julio de 2026.

 

A quemarropa

El ataque a balazos se produjo durante la madrugada de aquel último domingo de mayo del año pasado en la intersección de bulevar Argentino y calle Independencia, en el límite de los barrios Florida y Los Olmos de la vecina ciudad.

Por motivos que nunca se lograron establecer con exactitud, aunque todo indica que se trató de un “ajuste de cuentas” por una deuda relacionada con la venta de drogas, Cornejo salió de su casa (ubicada a una cuadra y media del lugar del crimen) portando un revólver, circunstancia que fue advertida por al menos dos testigos que lo vieron pasar por la vereda empuñando el arma.

El agresor fue al encuentro de Gómez, que estaba parado en la referida esquina villanovense y, sin mediar palabras, le descerrajó cuatro disparos a quemarropa, aunque solo uno impactó en la cabeza de la víctima.

El proyectil ingresó por un ojo y quedó alojado en el interior del cráneo.

 

Agonizó 36 horas

Gómez fue trasladado de urgencia al Hospital Pasteur, donde quedó internado en Terapia Intensiva en gravísimo estado y falleció después de agonizar durante 36 horas.

Tras el sangriento episodio, Cornejo se alejó corriendo y en un terreno baldío ubicado a pocos metros de su casa, se quitó las prendas de vestir que llevaba, que estaban manchadas con sangre, y les prendió fuego. Sin embargo, la rápida intervención de la Policía posibilitó su detención momentos más tarde, cuando el agresor se encontraba en su domicilio. Y al requisar el campito donde había quemado la ropa, los uniformados hallaron el arma de fuego utilizada, un revólver calibre 22, con dos balas en el tambor.

 

Qué dice la ley

El artículo 79 del Código Penal establece que “se aplicará prisión de ocho a 25 años al que matare a otro, siempre que (...) no se establezca otra pena”.

En tanto, el artículo 41 bis del mismo cuerpo legal precisa que “cuando alguno de los delitos previstos en este Código se cometiera con violencia o intimidación contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego, la escala penal prevista para el delito de que se trate se elevará en un tercio en su mínimo y en su máximo, sin que ésta pueda exceder el máximo legal de la especie de pena que corresponda”.

En definitiva, la escala prevista para el “homicidio simple” (de ocho a 25 años), cuando se trata de uno “agravado por uso de arma de fuego”, se eleva a 10 años y ocho meses el mínimo, mientras que el máximo alcanza los 33 años y cuatro meses de prisión.

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