Otros dos juicios por videoconferencia en la Cámara del Crimen de Villa María

Penas de tres años: una efectiva y otra de ejecución condicional

Edgar Nicolás Ñáñez, de James Craik, fue condenado por narcomenudeo. En otra audiencia, el villamariense José María Cabrera recibió una sanción en suspenso por manosear a una menor de su entorno familiar y pudo recuperar la libertad
miércoles, 27 de mayo de 2020 · 09:00

Un soldador craikense y un limpiavidrios de Villa María fueron condenados ayer a tres años de prisión en dos juicios realizados a través del sistema de videoconferencia, uno por narcomenudeo y otro por delitos sexuales.

Se trata de Edgar Nicolás Ñáñez (hoy cumple 25 años) y José María Cabrera (20), quienes comparecieron desde el Establecimiento Penitenciario Nº 5 con distinta suerte. El primero recibió una pena de cumplimiento efectivo, aunque por el tiempo que lleva entre rejas podría obtener la “libertad condicional” en los próximos días, mientras que a Cabrera (también primario) se le aplicó una sanción en suspenso y fue excarcelado ni bien concluyó el debate.

Para la concreción de ambos juicios no presenciales se utilizó una aplicación denominada Jabber, de la empresa de telecomunicaciones Cisco, una herramienta de teleconferencia adquirida por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba que fue configurada, implementada y desplegada en prácticamente todos los tribunales de la provincia a raíz de la emergencia sanitaria por la pandemia por coronavirus.

 

La sacó barata

Edgar Ñáñez llegó a juicio imputado como presunto autor de “comercialización agravada de estupefacientes”, un delito que tiene una pena mínima de seis años de prisión.

A fines de enero de 2019, este operario craikense fue detenido transportando una mochila en la que llevaba 700 gramos de marihuana compactada tipo ladrillo y aproximadamente 600 gramos de cocaína.

Luego de que el acusado se declarara culpable del hecho que se le atribuía, el fiscal Francisco Márquez solicitó una pena de cuatro años de cárcel por entender que el ilícito cometido encuadraba en la figura simple de la “comercialización de estupefacientes”.

A su turno, el abogado defensor Sebastián Elía planteó la inconstitucionalidad de la escala penal para ese delito (de cuatro a 15 años) y pidió que su cliente recibiera una sanción de tres años de prisión en suspenso por tratarse de un convicto primario.

Finalmente, al momento de dictar sentencia, la jueza Eve Flores de Aiuto aplicó la pena requerida por la Defensa, pero de cumplimiento efectivo, por lo que Ñáñez continuará privado de la libertad.

De todos modos, como lleva un año y cuatro meses entre rejas, con buena conducta y una pericia psicológica favorable podría obtener la “condicional” en los primeros días de junio.

Cabe señalar que la jueza Flores presidió la audiencia desde su domicilio particular; Ñáñez siguió las alternativas del debate desde la cárcel, mientras que el fiscal y el defensor lo hicieron desde la sala de audiencias de la Cámara del Crimen local, todos comunicados por videoconferencia.

 

Manoseos sexuales

En el otro juicio de la jornada, José Cabrera recibió una pena de ejecución condicional y pudo recuperar la libertad, luego de confesar que había sometido a manoseos y tocamientos impúdicos -por sobre las prendas de vestir- a una menor de su entorno familiar, a quien además intimidó para que no contara lo sucedido.

Este joven convicto primario, quien vivía con su madre y también solía ganarse la vida como peón de albañil, fue declarado autor responsable de los delitos de “abuso sexual simple, agravado reiterado”, y “coacción”. Estuvo entre rejas durante un año y medio (fue arrestado a fines de noviembre de 2018) y ahora, para mantener la libertad, deberá cumplir a rajatabla una serie de reglas de conducta dispuestas por el camarista Félix Martínez, quien presidió la audiencia.

 

A puertas cerradas

Como los hechos eran de instancia privada, las deliberaciones se llevaron a cabo a puertas cerradas en el recinto ubicado en el quinto piso de Tribunales. Allí se dieron cita el juez Martínez, el fiscal Márquez y la asesora letrada Silvina Muñoz, mientras que Cabrera siguió las alternativas del debate desde la cárcel de barrio Belgrano por teleconferencia.

Tras la confesión del acusado, la Fiscalía y la Defensa formularon sus alegatos y coincidieron en solicitar la pena finalmente impuesta por el magistrado, producto de un acuerdo previo entre las partes si el acusado se declaraba culpable, tal como ocurrió.

Para conservar la libertad, entre otras reglas de conducta, Cabrera deberá abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes, someterse a tratamiento psicológico acorde a su problemática y, sobre todo, abstenerse de mantener contacto personal, telefónico o por cualquier otro medio con la víctima y su progenitora hasta que el Juzgado con competencia en Violencia Familiar disponga otra medida.

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