Crimen en Las Playas - Continuará alojado en la cárcel de barrio Belgrano
Prisión preventiva para presunto femicida local
La medida restrictiva alcanza a José Pérez, acusado de haber asesinado a Elena Luna a mediados de febrero. Se le atribuyen los delitos de “homicidio doblemente calificado, por el vínculo y por mediar violencia de género”, y “proxenetismo agravado”El fiscal René Bosio dictó ayer la prisión preventiva de José Domingo Pérez (55), el remisero que está acusado de haber matado a golpes a Elena Mercedes Luna (47) en una vivienda de barrio Las Playas, a mediados de febrero.
La medida procesal fue dictada sobre el cierre de la actividad tribunalicia (reducida por la emergencia sanitaria), por lo que el único sospechoso que tiene el caso continuará detenido mientras se tramita la investigación penal preparatoria y posiblemente hasta el día del juicio oral.
Pérez está imputado como presunto autor de “homicidio doblemente calificado, por el vínculo y por mediar violencia de género”, un gravísimo delito que tiene como única pena la prisión perpetua, aunque el instructor de la causa también le atribuye la figura del “proxenetismo agravado”, que es reprimido con hasta 10 años de cárcel.
Luna fue hallada sin vida en los primeros minutos del pasado lunes 17 de febrero en el interior de su casa, ubicada en Panamá 998, esquina Ecuador, en barrio Las Playas, aunque la data de la muerte fue ubicada entre las 20 y la medianoche del sábado 15, es decir poco más de 24 horas antes.
Diez días después y en base a una serie de elementos probatorios, Bosio ordenó la detención del trabajador del volante, que se concretó poco después de la medianoche del jueves 27 de febrero en Villa Nueva, mientras estaba trabajando.
Nueva imputación
Desde entonces, Pérez se encuentra privado de la libertad. En un primer momento fue imputado como supuesto autor del femicidio de la mujer, con quien había mantenido una relación sentimental. Pero el 6 de marzo, al momento de convocarlo para que prestara declaración indagatoria, el fiscal amplió la acusación y le atribuyó el delito de “proxenetismo agravado”.
Al respecto, el artículo 127 del Código Penal de la Nación establece que “será reprimido con prisión de cuatro a seis años el que explotare económicamente el ejercicio de la prostitución de una persona, aunque mediare el consentimiento de la víctima”.
Sin embargo, el segundo párrafo de la misma norma legal precisa que “la pena será de cinco a 10 años si (...) mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima”.
En el caso de Pérez, la segunda imputación alude a la “situación de vulnerabilidad” en que se encontraba Luna, quien de acuerdo a numerosos testimonios -que fueron colectados en la causa- era explotada económicamente por su expareja en el ejercicio de la prostitución desde hacía mucho tiempo.
Fiscalías en acción
A pesar de la cuarentena dispuesta por el Gobierno nacional por la pandemia de coronavirus, la Justicia villamariense continúa trabajando, aunque de manera muy acotada y cumpliendo estrictamente las normas preventivas para evitar contagios.
En efecto, tanto el fiscal Bosio como sus pares Silvia Maldonado y Juliana Companys, durante sus respectivos turnos, están concurriendo a Tribunales de lunes a viernes, cada uno de ellos acompañados por un secretario y un par de asistentes, para avanzar en las causas más urgentes.
Incluso, desde que el Tribunal Superior de Justicia se dispuso el receso extraordinario por la crisis sanitaria, las indagatorias y otras medidas procesales que incluyen a personas privadas de la libertad y a sus respectivos abogados defensores, se realizan mediante teleconferencia, del mismo modo que los juicios que empezaron a realizarse esta semana en Villa María.
