Segunda condena - Esta vez le aplicaron una sanción de tres años de prisión efectiva
Un santafesino de armas tomar
Casi 12 años después de recibir su primera sanción, tras haber efectuado varios disparos con una escopeta, Cristian Zalazar volvió a sentarse en el banquillo de los acusados, en esta ocasión por tener un arma similar bajo la almohada y por golpear a una mujer. Podría salir a fines de enero
El juez Félix Martínez le impuso ayer una condena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo a un vecino de barrio Felipe Botta al que le secuestraron una escopeta con caño recortado que tenía debajo de la almohada, además de haber agredido físicamente a una amiga y amenazado a su marido.
Se trata de Cristian Manuel Zalazar (38), quien fue declarado culpable de “tenencia de arma de fuego de uso civil condicional -de guerra- sin la debida autorización”, “lesiones leves”, “amenazas calificadas reiteradas” (dos hechos) y “violación de las medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia” al cabo de un juicio realizado por videoconferencia.
Zalazar, alias “Santafesino”, zafó de una condena más alta ya que el fiscal Francisco Márquez había solicitado cinco años de cárcel al momento de pronunciar su alegato, en la sala de audiencias de la Cámara del Crimen local, donde se llevó a cabo el debate oral.
Nacido en la capital de la provincia de Santa Fe el 15 de diciembre de 1981, pero radicado en Villa María desde mediados de 2006, este albañil y maestro mayor de obra domiciliado en Rawson 2680 fue detenido hace poco más de seis meses (fines de mayo), luego de protagonizar en su casa un incidente con una pareja amiga, con la cual mantuvo una violenta discusión que derivó en un golpe a la mujer y amenazas de muerte a su marido.
Cuando intervino la Policía a raíz de la trifulca, debajo de la almohada de la cama de Zalazar se encontró una escopeta del 12 con caño recortado, arma considerada de guerra por su poder de fuego.
Además del juez Martínez y del fiscal Márquez intervino en las deliberaciones el asesor letrado del Primer Turno, Diego Julián, quien al emitir sus conclusiones pidió la absolución de su defendido por el “beneficio de la duda” y, subsidiariamente, que se le impusiera un año de cárcel por los delitos ya mencionados.
Al dictar sentencia, el magistrado tomó una decisión salomónica: tres años de prisión y las costas del proceso.
La causa anterior
La breve historia judicial del “Santafesino” incluye una primera condena dictada por la Justicia villamariense el 12 de marzo de 2009, cuando el exjuez René Gandarillas (ya jubilado) le impuso tres años y medio de prisión por “portación ilegal de arma de guerra”, “abuso de arma de fuego”, “coacción agravada por el uso de arma de fuego”, “violación de domicilio”, “privación ilegítima de la libertad calificada reiterada” y “daño reiterado”.
El por entonces joven convicto (tenía 27 años) estaba acusado de haber efectuado varios disparos con una escopeta con caño recortado en barrio Botta, donde además tomó como rehén a una familiar.
Todos los ilícitos descriptos habían sido cometidos en un solo episodio, ocurrido al caer la tarde del 19 de diciembre de 2007 en las inmediaciones de Rawson e Intendente Reyno, donde junto a su hermano y un amigo y luego de beber copiosamente, no tuvieron mejor idea que salir a “divertirse” con una escopeta calibre 16 de dos caños yuxtapuestos que, para peor, estaban recortados.
Disparos y “algo más”
Luego de efectuar varios disparos al aire y contra algunas viviendas del sector (de ahí los daños producidos), la Policía llegó raudamente al lugar, ante lo cual Zalazar y sus compañeros de andanzas ingresaron por la fuerza al domicilio de un joven matrimonio que se encontraba junto a su bebé.
Bajo amenazas de muerte, mantuvieron cautiva a la pareja y a su pequeño hijo, hasta que, finalmente, se entregaron luego de unos 20 minutos de tensa espera.
Cabe señalar que tanto el hermano y como el amigo de Zalazar solicitaron una “probation” y lograron evitar el juicio. Cristian no pudo requerir dicho instituto legal ya que la “portación ilegal de arma de guerra” es un delito no excarcelable.
El trabajador de la construcción cumplió íntegramente aquella primera condena el 19 de junio de 2011, motivo por el cual no se unificaron sentencias en la víspera. Además, por el tiempo transcurrido (más de 10 años entre una y otra pena), no fue declarado reincidente. Dicho esto, con buena conducta y una pericia psicológica favorable, Zalazar podrá solicitar el beneficio de la “libertad condicional” cuando complete ocho meses entre rejas, es decir a fines de enero próximo.
