Imputaron a nueve jóvenes por hacer dos reuniones sociales en Villa Nueva

domingo, 4 de octubre de 2020 · 08:00

Cuatro mujeres y cinco varones fueron imputados ayer por la Justicia villamariense, acusados de violar el artículo 205 del Código Penal de la Nación, al participar de dos reuniones sociales realizadas en sendos domicilios de Villa Nueva.

Lo curioso del caso es que algunos de los infractores fueron sorprendidos dos veces por la Policía, ya que intervinieron en ambos eventos, el primero desarrollado en una vivienda de barrio San Antonio y el segundo en un domicilio ubicado en barrio Costa de Oro.

La Unidad Departamental General San Martín informó que, en horas del mediodía y a raíz de un llamado telefónico, efectivos de la Patrulla Preventiva se hicieron presentes en calle Marcos Juárez al 1500 (que desemboca en el puente Presidente Perón), donde se estaba llevando cabo un encuentro del que participaban varias personas.

Una vez en el lugar y siguiendo directivas de la Fiscalía de Instrucción del Tercer Turno, los uniformados imputaron a la organizadora de la reunión, una mujer de 20 años, por supuesta infracción a la citada norma legal, además de identificar al resto de los presentes, quienes se retiraron del lugar una vez concluidos los trámites administrativos. 

Momentos más tarde y como consecuencia de otro llamado que alertaba sobre la violación de las disposiciones legales vigentes, la Policía villanovense se llegó hasta una casa ubicada en la intersección de Mar del Plata y Villa Gesell, en la zona de la costanera de la vecina ciudad (a 1.200 metros del domicilio anterior), donde se estaba realizando otro evento social.

Para sorpresa de los efectivos, algunos de los asistentes eran las mismas personas que habían intervenido en la reunión anterior. Y luego de consultar a la autoridad judicial interviniente, se resolvió imputar el mismo delito a tres mujeres de 19, 21 y 23 años, y cinco varones, uno de 18, otro de 20 y los tres restantes de 21 años.

Cabe señalar que el referido artículo 205 del Código Penal establece que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

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