Cámara del Crimen - Hubo condenas en dos juicios y una “probation”
Tres años de cárcel por manosear a dos menores en campos de la zona
Se trata de Alejandro Pereyra, un tambero de La Playosa que admitió haber abusado reiteradamente de la hija de su expareja y de una amiguita. En otra audiencia fue condenada una pareja de Pozo del Molle por narcomenudeoUn trabajador rural fue condenado ayer a tres años de prisión de cumplimiento efectivo luego de que confesara haber cometido una seguidilla de delitos sexuales en perjuicio de dos menores en distintos campos de la zona de La Playosa y Arroyo Algodón.
La pena recayó en Alejandro René Pereyra (35), quien fue declarado autor penalmente responsable de “abuso sexual simple, reiterado y continuado, agravado por la relación de convivencia” y “abuso sexual simple, reiterado, agravado por su condición de encargado de la guarda provisoria”.
En una audiencia que se realizó a puertas cerraras por tratarse de hechos de instancia privada, Pereyra reconoció haber sometido a manoseos y tocamientos impúdicos a la hija de su expareja, mientras que la poco tiempo antes de ser detenido hizo lo propio con una amiguita de aquella, también menor de edad.
El Diario pudo saber que la primera de las víctimas fue abusada una cantidad indeterminada de veces, en fechas comprendidas entre 2010 y 2017, cuando tenía de 9 a 15 años y mientras compartía la misma vivienda rural.
Pereyra fue arrestado el 30 de agosto de 2017, luego que la madre de la segunda menor radicara la denuncia penal por hechos similares, cuando su hija (de 15 años) visitaba a su amiga en la casa de campo que habitada el tambero con su exconcubina.
El juicio fue presidido por el camarista Félix Martínez y contó con la participación del fiscal Francisco Márquez y del abogado defensor Daniel Volpe, quienes previo a las deliberaciones habían acordado la condena finalmente aplicada por el magistrado.
Pereyra lleva poco más de un año y 10 meses entre rejas, motivo por el cual podrá pedir la “libertad condicional”, sobre todo porque se trata de un convicto primario y porque la sanción impuesta no supera los tres años de prisión.
De todos modos, para que se le conceda ese beneficio, deberá sortear con éxito una pericia psicológica que acredite que está apto para reinsertarse en la sociedad.
Narcomenudistas
En otra de las audiencias realizadas ayer en la Cámara del Crimen local, la jueza Eve Flores de Aiuto condenó a una pareja de Pozo del Molle por narcomenudeo, ya que explotaban un “quiosco” de venta de drogas en aquella localidad.
Juan Domingo Heredia (33), alias “Juani”, recibió una pena de tres años de prisión efectiva (y multa de 10 mil pesos) por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, mientras que su concubina, Yanina Soledad Soria (27), fue declarada “partícipe secundario” del mismo delito y se le impuso una sanción de dos años de cárcel en suspenso (además de una multa de seis mil pesos), por lo que pudo recuperar la libertad cuando concluyó al audiencia.
Ambos habían sido detenidos el 19 de octubre de 2018 en un galpón propiedad del padre de Heredia, donde la Policía incautó poco más de 700 gramos de picadura de marihuana.
En los alegatos, el fiscal Márquez solicitó cuatro años para el hombre y tres para la mujer, mientras que el abogado defensor, Sebastián Elía, pidió penas de tres y dos años de prisión en suspenso, respectivamente.
Pudo evitar la cárcel
Un joven de 23 años propuso resarcir económicamente a las víctimas de una serie de delitos contra la propiedad que cometió el año pasado y pudo evitar una condena penal.
Se trata de Nicolás Brian Bustos, quien accedió a una “probation” (suspensión del juicio a prueba) durante una audiencia a la que llegó acusado de “robo”, “hurto” y “daño”.
Bustos, nacido el 25 de septiembre de 1995 y con último domicilio en Intendente Reyno 1085, deberá pagar 600 pesos a cada uno de los damnificados a modo de compensación.
Qué dice la ley
El artículo 76 bis del Código Penal de la Nación establece que “el imputado de un delito de acción pública, reprimido con pena de prisión cuyo máximo no exceda de tres años, podrá solicitar la suspensión del juicio a prueba”.
“Al presentar la solicitud, deberá ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la responsabilidad civil correspondiente”.
“El juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento y la parte damnificada podrá aceptar o no la reparación ofrecida”.
“Si las circunstancias del caso permitieran dejar en suspenso el cumplimiento de la condena aplicable, y hubiese consentimiento del fiscal, el tribunal podrá suspender la realización del juicio”.
