Cámara del Crimen - Fue excarcelado luego de pasar 619 días “a la sombra”

Condena y libertad para vecino de Pozo del Molle por narcomenudeo

Se trata de Angel David Sánchez, un joven santafesino que recibió una pena de tres años de prisión en suspenso y multa de 10 mil pesos por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”. Lo habían detenido el 29 de septiembre de 2017
miércoles, 19 de junio de 2019 · 10:29

Un narcomenudista domiciliado en Pozo del Molle fue condenado ayer a tres años de prisión de ejecución condicional y pudo recuperar la libertad después de pasar poco más de 20 meses entre rejas.

En el marco de un juicio breve, Angel David Sánchez (28) fue declarado autor penalmente responsable del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” y la pena aplicada fue en suspenso por tratarse de un convicto primario, quien confesó el hecho por el que lo habían arrestado el viernes 29 de septiembre de 2017.

Sánchez, un albañil y trabajador rural apodado “Gringo”, fue detenido durante un operativo realizado por personal de la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) en una vivienda ubicada en calle Rivadavia sin número de aquella localidad del Departamento Río Segundo.

“Cae importante referente narcomenudista en Pozo del Molle”, fue el título de la información difundida por el Ministerio Público Fiscal (MPF) de Córdoba horas después del procedimiento, en la que se precisó que se había cerrado un punto de expendio de drogas.

“En el lugar, investigadores de la FPA, con la colaboración de canes detectores de narcóticos, hallaron varias dosis de cocaína, dinero ($1.110), un teléfono celular y diferentes elementos relacionados a la venta ilegal de sustancias”, añadió entonces el MPF, destacando que el sujeto aprehendido “era un importante referente en la comercialización de estupefacientes de la localidad mencionada”.

 

Confesó todo

Durante la audiencia de la víspera, que fue presidida por la jueza Eve Flores de Aiuto y que contó con la participación del fiscal Francisco Márquez y de la asesora letrada Silvina Muñoz, Sánchez admitió haberse dedicado a la comercialización de drogas desde fines de enero de 2017 hasta que fue arrestado.

La confesión lisa y llana del hecho por parte del imputado, nacido el 15 de agosto de 1990 en la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, posibilitó que el juicio se abreviara en su desarrollo, pero en términos reales eso no sucedió ya que el acusador público y la defensora oficial difirieron en cuanto al monto de la pena a imponer.

 

Los alegatos

Al expresar sus conclusiones, Márquez solicitó el mínimo legal previsto por el artículo 5º, inciso “c”, de la Ley de Estupefacientes Nº 23.737, que castiga con prisión de cuatro a 15 años a quien, “sin autorización o con destino ilegítimo (...) comercie con estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación, o las tenga con fines de comercialización, o las distribuya, o dé en pago, almacene o transporte”.

A su turno, Muñoz planteó la inconstitucionalidad de la escala penal por entender que no se puede aplicar a un narcomenudista (venta de drogas en pequeñas cantidades) la misma sanción que a un narcotraficante, y pidió una pena de tres años de prisión en suspenso por la condición de convicto primario de su defendido.

Para sostener su posición, la asesora letrada invocó un fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Provincia de Córdoba, dictado en octubre de 2016, que declaró inconstitucional la sanción prevista “para el último eslabón del comercio de estupefacientes” y sostuvo que el mínimo legal “viola el principio de proporcionalidad de las penas y de igualdad ante la ley”.

 

Jurisprudencia

En ocasión de resolver un recurso de casación en la causa “Loyola, Sergio Alejandro, por supuesto autor de comercialización de estupefacientes”, el TSJ cordobés sentó jurisprudencia en la materia y cada vez que una persona es juzgada por ese delito, la Defensa invoca dicho fallo y solicita que la condena sea de tres años.

Al dictar sentencia, la jueza Flores hizo lugar al planteo formulado por Muñoz y condenó a Sánchez a tres años de cárcel en suspenso, ordenando su inmediata libertad, aunque previamente fijó una serie de reglas de conducta que deberá cumplir, entre las que sobresale la obligación de terminar la escuela secundaria.

 

Otro hecho delictivo

Cabe añadir que Sánchez también fue juzgado y condenado por hechos de “amenazas”, “daño” y “desobediencia a la autoridad”, delitos que también admitió haber cometido.

El 6 de agosto de 2017, en la intersección de la ruta provincial 2 y calle Barberis, en Villa Nueva, embistió con el Renault 12 en que se conducía a un motociclista que aguardaba que el semáforo se pusiera en verde para avanzar.

El “Gringo” le ocasionó daños materiales en la moto, lo insultó y se dio a la fuga, hasta que fue interceptado en el cruce de las rutas 2 y 4, luego de hacer caso omiso a la orden de detención de la Policía.

 

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