Menor abusada en Pampayasta Sud - Condenaron a dos de los tres vecinos de Oliva
Pena de siete años para Broiero y de tres años y medio para Oberti
Los dos fueron hallados culpables y el juez Martínez ordenó la detención del segundo. En tanto, el tercer implicado, S.S., fue declarado coautor responsable de “abuso sexual agravado”, pero no se le aplicó sanción porque tenía menos de 18 años al momento del hechoEl camarista Félix Martínez condenó ayer a dos de los tres vecinos de la ciudad de Oliva que llegaron a juicio por un hecho de abuso sexual en común, ocurrido a la salida de un boliche de Pampayasta Sud, el 7 de octubre de 2017, y declaró la responsabilidad penal del tercero, pero no le aplicó sanción porque era menor de edad.
Se trata de Fabricio José Broiero (32) y de Mariano Emanuel Oberti (19), quienes recibieron penas de siete años y de tres años y seis meses, respectivamente, al cabo de la tercera y última audiencia del proceso oral y privado realizado en la Cámara del Crimen de Villa María.
Asimismo, el magistrado ordenó la inmediata detención de “Nano” Oberti, quien al recibir una sanción de prisión efectiva, deberá cumplirla en la cárcel, a pesar de que durante las dos jornadas anteriores del juicio (el martes de la semana pasada y este lunes) compareció en libertad.
Con respecto a S.S., el otro implicado que tuvo el grave delito que se les atribuía a los tres, Martínez lo declaró penalmente responsable como coautor de “abuso sexual simple, agravado por la cantidad de participantes”, pero no le impuso sanción porque al momento del hecho era menor de 18, y por ende no es punible.
De todos modos, se dispuso remitir copia de la sentencia al Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y Penal Juvenil de Oliva a los efectos de que, el magistrado interviniente, adopte las medidas que se crea convenientes con respecto a la situación de S.S., apodado “Tino”, lo que incluso podría llegar a derivar en una eventual detención.
Las acusaciones
Cabe recordar que Broiero, Oberti y S.S. estaban acusados de haber intervenido en un mismo hecho delictivo (el abuso sexual de la menor de Pampayasta), aunque al primero también se le atribuía una violación cometida en el año 2010 y un episodio de violencia de género en perjuicio de una expareja.
Con respecto a las dos causas anteriores, Broiero confesó y se declaró culpable el mismo día que comenzó el juicio, pero negó haber participado en el ataque sexual a la salida del boliche bailable, hecho que atribuyó pura y exclusivamente a Oberti y a S.S.
Los dos jóvenes llegaron a este juicio en libertad, acusados como presuntos coautores de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por la participación de dos o más personas”, mientras que a Broiero se le atribuía el mismo delito, pero en calidad de “partícipe necesario”.
La sentencia
En la víspera, luego de escuchar los alegatos del fiscal de Cámara y de los tres abogados defensores, el juez Martínez dictó la siguiente resolución:
- “Declarar a Fabricio Broiero (...) autor responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y amenazas, y partícipe necesario de abuso sexual agravado por la cantidad de participantes (...) e imponerle para su tratamiento penitenciario, la pena de siete años de prisión en forma efectiva”.
- “Declarar a Mariano Oberti (...) coautor responsable de abuso sexual agravado por la cantidad de participantes (...) e imponerle la pena de tres años y seis meses de prisión en forma efectiva”.
- “Ordenar la detención y prisión preventiva del condenado Mariano Oberti, la que se efectivizará de esta sala de audiencias, debiendo ser trasladado por personal policial de la Comisaría local, con las correspondientes medidas de seguridad, al Establecimiento Penitenciario Nº 5 de esta ciudad, donde quedará alojado a exclusiva disposición de este tribunal”.
- “Declarar la responsabilidad penal de S.S. (...) como coautor de abuso sexual agravado por la cantidad de participantes (...), no imponiéndole pena en razón de la minoridad de edad con que contaba al momento de comisión del hecho, debiendo remitirse copia del presente pronunciamiento al Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y Penal Juvenil de la ciudad de Oliva, a sus efectos”.
Los alegatos
Previo al dictado de la sentencia, el fiscal Francisco Márquez había solicitado una pena de siete años de prisión para Broiero por considerarlo culpable de la violación cometida en 2010 y las amenazas proferidas en contra de su expareja, pero con respecto al hecho en común con los otros dos jóvenes, solicitó que se lo declarara “partícipe secundario de abuso sexual agravado” por entender que no había intervenido directamente en el hecho que tuvo como víctima a la chica de 15 años a la salida del local nocturno denominado “La Moza Club”.
En cambio, Márquez pidió una dura condena de 11 años de cárcel para Oberti por entender que su participación en el ataque sexual fue más compleja y le atribuyó dos agravantes: porque la víctima era menor de edad y porque utilizó a S.S. para facilitar el abuso.
En tanto, los defensores de los tres acusados plantearon distintas circunstancias…
- Iván Rivarola (de Hernando) pidió la absolución de Broiero por el hecho de Pampayasta Sud y adhirió a la pena requerida por el fiscal en virtud de la confesión de su cliente con respecto a los hechos anteriores.
- Gabriel Razuk (de Oliva) solicitó la absolución de Oberti “por el beneficio de la duda” y, subsidiariamente, que se le impusiera le condena mínima prevista por el Código Penal de la Nación para el “abuso sexual agravado”, que es de tres años de prisión.
- María Cristina Valles (de James Craik) reclamó la nulidad de la Cámara Gesell realizada a la menor y luego pidió la absolución de su defendido S.S.
Otros detalles
El hecho en común por el que fueron juzgados los tres olivenses se produjo en horas de la madrugada del 7 de octubre de 2017, luego que salieran del boliche bailable junto a la menor, quien se encontraba muy alcoholizada.
De acuerdo con la acusación, los cuatro subieron al auto de Broiero y, en un trayecto de no más de 700 metros, Oberti y S.S. abusaron de la chica en el asiento trasero del coche, sometiéndola a tocamientos manuales en la región genital.
Broiero está detenido desde el 17 de octubre de 2017 y hasta ese momento trabajaba como chofer de la conocida empresa de transportes olivense Expreso Lancioni, mientras que los otros dos jóvenes permanecieron en libertad durante todo el proceso.
Ahora, tanto Broiero como Oberti deberán completar las dos terceras partes de las condenas impuestas en la víspera para poder solicitar la “libertad condicional”, beneficio al que pueden acceder los convictos primarios.
En el caso del primero, tendrá que cumplir -como mínimo- cuatro años y ocho meses “a la sombra” y, con buena conducta y una pericia psicológica favorable, podría llegar a salir de la cárcel a mediados de junio de 2022.
Con respecto a Oberti, tendrá que purgar al menos dos años y cuatro meses entre rejas y, del mismo modo que en el caso anterior, podrá solicitar la “condicional” a fines de septiembre de 2021.
