Seis años y ocho meses para uno y penas más leves para los otros
miércoles, 10 de abril de 2019 · 00:00
Cinco en el banquillo - Causas conexas se ventilaron en la Cámara del Crimen local
La condena más elevada recayó en Elián “Curly” Sánchez, quien fue hallado culpable de un “robo calificado”. También sentenciaron a Jean Carlos Destéfanis (fue excarcelado), Mariano Pino, Federico Alassia y su padre Adelqui, el único que compareció en libertad
El camarista Félix Martínez condenó ayer a cinco villamarienses que llegaron a juicio por un asalto cometido en esta ciudad y por encubrir un robo perpetrado en Hernando, que tuvieron como factor común la presunta participación de uno de ellos en ambas causas.
La pena más alta le fue impuesta a Elián Raúl Sánchez (23), quien recibió una sanción de seis años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo luego de ser declarado coautor responsable de “robo calificado por uso de arma de fuego”.
Sánchez, alias “Curly”, participó en un asalto perpetrado el 31 de octubre de 2017 en barrio Nicolás Avellaneda de esta ciudad. El otro sospechoso era Mariano Jesús Pino (35), quien resultó absuelto por el “beneficio de la duda”, aunque terminó condenado por el hecho de “encubrimiento”.
El tercer sujeto involucrado en el más grave de los ilícitos es Jean Carlos Destéfanis (21), a quien le aplicaron una sanción de tres años en suspenso y pudo recuperar la libertad ni bien concluyó el debate oral.
Entregó al amigo
Destéfanis, más conocido como “el Mellizo”, estaba acusado de haber “entregado” a su amigo José Damián Zabala para que lo asaltaran Sánchez y su cómplice, ya que lo había invitado a tomar una gaseosa en la plazoleta ubicada en Jujuy e Intendente Correa.
El hecho ocurrió alrededor de las 22 de aquel último día de octubre de 2017. Zabala llegó al lugar en su automóvil y cuando se disponía a compartir la gaseosa con Destéfanis, aparecieron dos encapuchados en una moto.
Uno de los delincuentes (Sánchez) lo golpeó con la culata del arma de puño que llevaba, mientras que el otro (presuntamente Pino) apuntó a ambos con una escopeta.
La acción fue advertida por el vecino Diego Alejandro Cittadini (37), quien intervino de inmediato para ayudar a Zabala e incluso llegó a forcejear con los asaltantes, pero durante la refriega recibió un disparo en el glúteo izquierdo.
De inmediato, los malvivientes se dieron a la fuga y Destéfanis hizo lo propio, mientras que las dos víctimas debieron ser asistidas en el Hospital Pasteur por las lesiones recibidas en el violento episodio.
Poco después, la Policía logró determinar que el “Mellizo” había tenido una participación secundaria en el hecho al haber engañado a Zabala para que concurriera a la plazoleta y, de ese modo, ser asaltado.
Durante la audiencia de la víspera no se pudo probar con la certeza suficiente la participación de Mariano Pino en el atraco, por lo que el juez Martínez lo absolvió por el “beneficio de la duda”, aunque previamente, al formular su alegato, el fiscal Francisco Márquez había solicitado una pena de ocho años de prisión por considerarlo coautor del hecho.
Durante la audiencia comparecieron tres testigos: los mencionados Zabala y Cittadini, víctimas del asalto, y el policía Alberto Lozano, quien tuvo una participación funcional durante la investigación del hecho.
Tres meses después...
El otro hecho delictivo que se ventiló en el juicio de ayer fue cometido a mediados de febrero de 2018 en proximidades de Hernando, cuando la Policía interceptó el paso de un automóvil en el que circulaban el ya mencionado Pino, Adelqui Javier Alassia (48) y su hijo Federico Adrián Alassia (23).
Al requisar el rodado, los uniformados encontraron objetos que le habían sido sustraídos a un vecino de aquella ciudad. Y como no se pudo probar que los sospechosos hubieran participado del robo, fueron imputados como presuntos coautores de “encubrimiento”.
Por ese hecho, Adelqui Alassia recibió una condena de un año de prisión de ejecución condicional (es decir, en suspenso) y mantuvo el estado de libertad con el que había llegado a la Cámara del Crimen de Villa María.
En tanto, Mariano Pino fue sentenciado a dos años de cárcel por ese hecho, pero por el tiempo que lleva entre rejas, podría obtener la “libertad condicional” a mediados de junio próximo.
Finalmente, a Federico Alassia le impusieron una sanción de un año de cárcel. Pero como estaba debiendo parte de una condena anterior, le aplicaron una pena unificada de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y se lo declaró reincidente, por lo que no podrá acceder a la “libertad condicional” y deberá cumplir íntegramente la sentencia.
Sobre el particular, cabe señalar que el 12 de mayo de 2015, Alassia (h) había sido condenado a seis años y ocho meses de cárcel luego de ser declarado coautor de “robo calificado por uso de arma de fuego reiterado” por dos asaltos perpetrados en mayo de 2013 en una vivienda de Etruria y en un comercio de Ballesteros junto a un cómplice, que recibió idéntica sanción.
Los defensores
Además del juez Martínez y del fiscal Márquez, intervinieron en las deliberaciones el asesor letrado Francisco Argañarás (defensor oficial de Sánchez) y los abogados particulares Analía Nicolli (Destéfanis), Iván Rivarola (oriundo de Hernando, quien asistió a los Alassia) y?Jorge Bustos (Pino).
Tres meses después...
El otro hecho delictivo que se ventiló en el juicio de ayer fue cometido a mediados de febrero de 2018 en proximidades de Hernando, cuando la Policía interceptó el paso de un automóvil en el que circulaban el ya mencionado Pino, Adelqui Javier Alassia (48) y su hijo Federico Adrián Alassia (23).
Al requisar el rodado, los uniformados encontraron objetos que le habían sido sustraídos a un vecino de aquella ciudad. Y como no se pudo probar que los sospechosos hubieran participado del robo, fueron imputados como presuntos coautores de “encubrimiento”.
Por ese hecho, Adelqui Alassia recibió una condena de un año de prisión de ejecución condicional (es decir, en suspenso) y mantuvo el estado de libertad con el que había llegado a la Cámara del Crimen de Villa María.
En tanto, Mariano Pino fue sentenciado a dos años de cárcel por ese hecho, pero por el tiempo que lleva entre rejas, podría obtener la “libertad condicional” a mediados de junio próximo.
Finalmente, a Federico Alassia le impusieron una sanción de un año de cárcel. Pero como estaba debiendo parte de una condena anterior, le aplicaron una pena unificada de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y se lo declaró reincidente, por lo que no podrá acceder a la “libertad condicional” y deberá cumplir íntegramente la sentencia.
Sobre el particular, cabe señalar que el 12 de mayo de 2015, Alassia (h) había sido condenado a seis años y ocho meses de cárcel luego de ser declarado coautor de “robo calificado por uso de arma de fuego reiterado” por dos asaltos perpetrados en mayo de 2013 en una vivienda de Etruria y en un comercio de Ballesteros junto a un cómplice, que recibió idéntica sanción.
Los defensores
Además del juez Martínez y del fiscal Márquez, intervinieron en las deliberaciones el asesor letrado Francisco Argañarás (defensor oficial de Sánchez) y los abogados particulares Analía Nicolli (Destéfanis), Iván Rivarola (oriundo de Hernando, quien asistió a los Alassia) y?Jorge Bustos (Pino).