Cámara del Crimen de Villa María - Tres años de prisión de ejecución condicional

Condenas en suspenso y libertad para narcomenudistas de Ticino

Se trata de Walter Esquivel y Luis Moreno, quienes fueron declarados culpables de “comercialización de estupefacientes”, el primero como autor de ese delito y el otro como partícipe necesario. Los dos recuperaron la libertad al concluir la audiencia de debate
sábado, 21 de diciembre de 2019 · 09:02

Dos hombres nacidos y criados en Ticino fueron condenados ayer por narcomenudeo, pero como la pena impuesta fue de ejecución condicional (es decir, en suspenso), pudieron recuperar la libertad apenas finalizó el juicio.

Walter Adrián Esquivel (34) y Luis Esteban Moreno (57) comparecieron en la Cámara del Crimen de Villa María acusados de “comercialización de estupefacientes” (el primero en calidad de autor y su cómplice como partícipe necesario), por un hecho ocurrido hace exactamente un año y tres meses en aquella localidad.

Ambos vecinos fueron detenidos el 21 de septiembre de 2018 durante un procedimiento realizado por la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA), en el que se incautó un envoltorio con casi 160 gramos de picadura marihuana.

Sin embargo, el operativo no fue casual. La FPA estaba investigando a los sospechosos desde hacía algún tiempo, justamente por estar sospechados de dedicarse al narcomenudeo en aquella población.

De acuerdo con las averiguaciones practicadas, que incluyó la intervención de los teléfonos de ambos sujetos y, de ese modo, escuchas telefónicas que confirmaron las “transas” que se realizaban, se pudo establecer que Esquivel (albañil y changarín) era quien comercializaba los estupefacientes y Moreno (manejaba un remís) se encargaba de llevar al vendedor e incluso de realizar tareas como “delivery” en la entrega de la droga.

 

 

Alegatos de las partes

Al emitir sus conclusiones, el fiscal de Cámara y los abogados defensores disintieron en cuanto al monto de la pena a solicitar. Francisco Márquez se basó en el artículo 5, inciso “c”, de la Ley 23.737 y solicitó condenas de cuatro años de prisión efectiva para los dos ticinenses.

A su turno, el defensor de Esquivel, Luis Caronni, planteó la inconstitucionalidad de la escala penal prevista por dicha norma legal (establece una pena de cuatro a 15 años de cárcel) y luego de citar un fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que sentó jurisprudencia al respecto, pidió una sanción de tres años de prisión para su cliente, pero en suspenso porque no registraba antecedentes de ningún tipo.

En tanto, la asesora letrada Silvina Muñoz reclamó la absolución de Moreno, invocando para ello el principio jurídico del “beneficio de la duda” y, subsidiariamente, solicitó una pena de tres años de ejecución condicional, también haciendo referencia a aquel fallo del TSJ.

Finalmente, al dictar sentencia, el camarista Félix Martínez hizo lugar a los planteos de inconstitucionalidad de ambos defensores y condenó tanto a Esquivel como a Moreno a tres años de cárcel en suspenso, por lo que los dos recuperaron la libertad ni bien concluyó el debate oral y público.

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