Juicio abreviado - Un mes en suspenso para ella, tres años efectivos para él
Víctima y victimario, en el banquillo de los acusados
Se trata de Gisela Beyrne y Sandro Rocha, quienes llegaron juntos a juicio porque una de las causas los tenía a los dos como coimputados. Sin embargo, el más grave de los delitos cometidos por el irascible sujeto fue en perjuicio de la mujer, quien fue su parejaLa sala de audiencias de la Cámara del Crimen de Villa María fue escenario ayer de un juicio muy particular, ya que un hombre y una mujer, que tienen un pequeño hijo en común, tuvieron que sentarse a la par en el banquillo de los acusados, a pesar de que uno de los hechos -de violencia de género- fue cometido por él en perjuicio de su expareja.
En efecto, Sandro Rodolfo Rocha (29) y Gisela Pamela Beyrne (29) llegaron juntos a juicio porque una de las causas que se ventilaron tuvo a los dos como coimputados, aunque el más grave de los delitos cometidos por él fue en perjuicio de quien había sido su concubina, quien además es madre de sus dos hijos.
El singular procesal penal fue presidido por el camarista Félix Martínez y contó con la participación del fiscal Francisco Márquez y de las abogadas Florencia Vottero (defendió a Rocha) y Rocío Belén Tosolini (Beyrne), quienes previo a las deliberaciones habían acordado las penas finalmente impuestas si los dos acusados confesaban los hechos que se les atribuían.
Numerosos delitos
Rocha fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia, luego de declararse autor de “desobediencia a la autoridad”, “lesiones leves calificadas reiteradas” (dos hechos), “amenazas calificadas reiteradas” (tres hechos)”, “lesiones leves”, “amenazas reiteradas” (dos hechos), “daño reiterado” (dos hechos) y “coacción calificada por uso de arma blanca, reiterada” (dos hechos).
En tanto, Beyrne recibió una sanción de un mes de prisión en suspenso (lo que le permitió mantener la libertad), por dos hechos de “desobediencia a la autoridad” cometidos el 3 de mayo de 2017 junto a quien por entonces era su pareja durante un control vehicular, cuando Rocha agredió físicamente a un policía.
Esa causa penal en común fue la que determinó que ambos tuvieran que sentarse en el banquillo de los acusados, aunque “separados” por sus respectivas abogadas.
Sucede que algunos de los delitos por los que él fue condenado los cometió en perjuicio de la mujer, cuando ya no era su pareja. Fue el 15 diciembre de 2017 cuando, luego de una discusión, Rocha le rompió el teléfono celular y momentos más tarde, empuñando un cuchillo, le destrozó prendas de vestir y otros elementos, además de amenazarla de muerte.
Datos y antecedentes
Sandro Rocha, quien al momento de ser detenido trabajaba como ayudante de albañil, nació en Villa María el 1 de noviembre de 1989 y registra último domicilio en calle Independencia al 300, en barrio Florida de Villa Nueva.
En materia de antecedentes penales, el 9 de agosto de 2011 fue condenado a seis años de prisión efectiva por hechos de “amenazas”, “amenazas calificadas”, “coacción”, “daño”, “lesiones leves reiteradas”, “encubrimiento reiterado”, “hurto simple”, “tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil” y “robo calificado”.
Por su parte, Gisela Beyrne también nació en noviembre del 89, pero en la ciudad de Oliva. Al momento de ser procesada, vivía con su expareja en Villa Nueva, pero desde hace algún tiempo está radicada en la localidad de Ausonia. Trabaja como empleada de un geriátrico y no registra antecedentes penales.
Cinco años de cárcel por asaltar una estación de servicio
Un hombre que a mediados de 2018 asaltó una estación de servicio de Villa María empuñando un cuchillo, fue condenado ayer a cinco años de prisión efectiva en la Cámara del Crimen local.
La pena recayó en Lucas Federico Cena (36), quien fue declarado autor responsable de “robo calificado por el uso de arma blanca”, a raíz de un atraco perpetrado alrededor de las 3 de la madrugada del 23 de junio del año pasado en la estación “Trinigas”, ubicada en la esquina de avenida Larrabure y calle Arenales, en barrio Belgrano.
A poco de comenzada la audiencia de debate, Cena admitió haber cometido el hecho, pero negó que haya utilizado un cuchillo, por lo que el presidente del tribunal, Félix Martínez, decidió receptar el testimonio de uno de los efectivos policiales que aquella noche detuvo al asaltante en la intersección de bulevar Argentino y calle Maipú, en barrio Ameghino.
Fue así que compareció en la sala el cabo Pablo Mercaú, quien ratificó que al momento de practicar el arresto, Cena tenía una cuchilla entre sus ropas, además de los elementos sustraídos al playero de la estación: el teléfono celular de la víctima, marca Huawei, y la billetera, que contenía 700 pesos en efectivo.
La declaración del uniformado derivó en un careo entre él y el acusado, aunque en esa instancia procesal ambos se mantuvieron en sus dichos.
Cuando la Policía llegó al lugar del hecho, el empleado del establecimiento manifestó que el ladrón lo había despojado de los elementos mencionados bajo amenazas y que, en esas circunstancias y luego de aplicarle un golpe de puño y una patada en una pierna, le ocasionó una herida cortante en el cuello, para luego escapar corriendo.
Además del juez Martínez, intervinieron en las deliberaciones el fiscal Francisco Márquez (quien pidió la pena impuesta) y el abogado defensor Jorge Bustos.
